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martes, 16 de abril de 2024 07:46h.

España tiene que oponerse a la solicitud marroquí de ampliación de la Plataforma Continental Saharaui - Iniciativa Popular Canaria-IPC

 

F IPC

España tiene que oponerse a la solicitud marroquí de ampliación de la Plataforma Continental Saharaui - Iniciativa Popular Canaria-IPC

    Para Iniciativa Popular Canaria-IPC, ante el reciente reconocimiento por parte del Gobierno español de la marroquinidad del Sáhara Occidental, travestida bajo el velo de una autonomía “más seria, realista y creíble” (sic) que el referéndum de autodeterminación contemplado por la ONU, lo primero que cabe preguntarse es a cambio de qué contrapartidas, garantizadas por Marruecos, se ha producido tal giro copernicano en la posición oficial mantenida hasta la fecha por España respecto de la Descolonización del Sáhara. IPC entiende que a falta de conocer tales contrapartidas reales, las que sí empiezan a aflorar son las sospechas sobre las compensaciones que se otorgarían  a Rabat a costa de los intereses de Canarias, sobre todo relativas a la delimitación de nuestros espacios marítimos con Marruecos y el Sáhara Occidental.

Recordamos que el lecho marino y subsuelo de la zona económica exclusiva (ZEE) se denomina jurídicamente plataforma continental (PC) aunque no fuere plataforma geofísica, ni continental, por tratarse de una institución jurídica perteneciente a cualquier país ribereño, sea insular, continental o mixto, no vinculada a las características geomorfológicas de tales fondos marinos. La PC se prolonga hasta el límite exterior de la ZEE aunque el borde exterior del margen continental, constituido por el lecho y el subsuelo de la plataforma, el talud y la emersión continental, no llegase a esa distancia.

Otra cosa distinta es la ampliación de la PC, prevista en el artículo 76 de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), que permite extender su límite exterior hasta donde llegue dicho borde exterior del margen continental geofísico más allá de la PC, sin sobrepasar las 350 millas naúticas (mn) desde la costa. Ampliación que sí debe reunir, por tanto,  determinadas características geomorfológicas, para ser aprobada por la Comisión de Límites de la PC (CLCS por sus siglas inglesas) de la  ONU. La ampliación de la PC otorga derechos de jurisdicción sólo sobre los recursos del lecho y subsuelo marinos y, presumiblemente, desde las 200 a 350 mn podría haber PC ampliada pero no ZEE, al ser de Ata Mar sus aguas suprayacentes.

La CLCS publicó en 1999 las directrices técnicas que debería cumplimentar cualquier Estado ribereño para solicitar la ampliación de su PC, en un plazo máximo de 10 años a partir de su  publicación o de su ratificación de la CONVEMAR posteriormente a 1999. En el caso de España, con fecha 11.05.2009,  registró en la Secretaría General  de la ONU (SG-ONU) la Presentación Parcial de la ampliación de la PC de Galicia y la del Cantábrico -esta de forma mancomunada con Francia, Reino Unido e Irlanda- que fue presentada ante la CLCS en su XXV periodo de sesiones, en  2010, y se encuentra aún a la espera de asignársele una Subcomisión de examen y emisión de recomendaciones, según turno de registro de entrada. 

En esa misma fecha, España registró la solicitud de ampliación de la PC al Oeste de Canarias, no mediante la preceptiva Presentación Parcial como hiciera con la de  Galicia y Cantábrico, sino mediante la vía habilitada por la Reunión de Estados Partes de junio 2008 (SPLOS/183) para  países en desarrollo, atrasados y coloniales, a quienes por falta de recursos y capacidad se les permitió cumplir con el plazo de 10 años aportando sólo una Información Preliminar, que no se examinaría por la CLCS hasta cumplir las condiciones dispuestas por su Reglamento y el citado artículo 76 de la CONVEMAR. En dicha fecha, España se comprometió a depositar la Presentación Parcial de Canarias en 5 años, lo que hizo el 17.12.2014.  

MARRUECOS NO TIENE POR DONDE AMPLIAR SU PLATAFORMA CONTINENTAL. El pasado 06.07.2019 anunciaba el Gobierno de Rabat su intención de actualizar la delimitación de su mar territorial (MT) y de solicitar la ampliación de su PC. Su Portavoz, Mustafa Jalfi, afirmó que Marruecos “no necesitaba para ello consultar con ningún otro país”. Pero respecto a la solicitud de ampliación de su PC más allá de las 200 mn resulta falso, porque en el único sector donde tal pretensión de ampliación sería factible, a saber, una estrecha franja situada al Oeste del Estrecho de Gibraltar, a la altura del Paralelo 35, debe compartir su solicitud con Portugal ante la CLCS, al solaparse totalmente las posibles  ampliaciones de la PC de ambos. El resto de la PC marroquí no alcanza -en ningún otro sector hasta su frontera sur en el Paralelo 27.40- las 200 mn de anchura necesarias para plantear su ampliación, al impedírselo las PC de Madeira y Canarias.   

    Pero Marruecos cuando habla de sus 'aguas territoriales', no se refiere sólo a su MT que tenía delimitado desde 1973 hasta el límite fronterizo con el Sáhara Occidental, en Punta Stafford.  Ya que en julio de 2015 había presentado ante la CLCS, a modo de aperitivo,  un “Reporte de informaciones sobre la PC atlántica del Reino de Marruecos más allá de las 200 millas marinas”, pero incluyendo en ella la PC del Sáhara Occidental, pese a que la soberanía del territorio está pendiente de establecerse mediante un referéndum de autodeterminación auspiciado por la ONU, tal como ratifica el Fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 21.12.2016,  sentenciando que “El Sahara Occidental no forma parte de Marruecos” y declarando ilegal la aplicación en aquél territorio y sus aguas del Tratado de Asociación UE-Marruecos. 

    Tal como hemos indicado, los estados que pretendan ampliar su PC deben solicitarlo antes de cumplirse diez años desde su ratificación de la CONVEMAR, lo que Marruecos hizo en 2007, debiendo presentar su solicitud formal en 2017 o aportar un Informe Preliminar -que ya adelantó en julio de 2015- y acogerse a la citada prórroga excepcional de 5 años prevista para los países en desarrollo, depositando su Presentación Parcial, como fecha tope, en mayo de 2022. Es decir, dentro de pocas semanas. Este cronograma imperativo explica por qué Rabat tuvo que aprobar a toda prisa sendas leyes en 2020 promulgando , por una parte, la Ley 37-17, por la que se modifica y completa la Ley 1-73, de 02.03.1973, que fijaba los límites de su mar territorial (MT) y, por otra,  la Ley 38-17, por la que se modifica y completa la Ley 1-81, por la que se establece una ZEE de 200 mn a lo largo de las costas marroquíes. 

EL EXPANSIONISMO MARROQUÍ  AFECTA TAMBIEN A CANARIAS. Pero las citadas nuevas leyes marroquíes 37-17 y 38-17 no afectan sólo al Sáhara Occidental, sino también y de forma importante a las aguas canarias. El título de la nueva Ley 1-81 ya no se refiere sólo a la ZEE sino también a la PC: “Loi n°1-81 relative à la zone économique exclusive et au plateau continental du Royaume du Maroc”, tanto para su pretendida ampliación hacia el Oeste de la mediana equidistante con Canarias, como para su solicitud de ampliación de la PC del Sáhara Occidental, que genera un rombo de solapamiento con la ampliación de la PC de Canarias.

    Su artículo 11 modifica de forma significativa su redacción original, donde se especificaba que: “Sin perjuicio de que la delimitación debe ser efectuada según los principios equitativos bajo el derecho internacional, a través de acuerdos entre Estados,el límite exterior de la ZEE no se extenderá más allá de la línea mediana cada punto de los cuales será equidistante desde los puntos más cercanos sobre las líneas de base de las costas marroquíes y las costas de países extranjeros opuestas a las de Marruecos o fronterizas con ellas”. Sin embargo, la nueva redacción de la  Ley elimina cualquier referencia explícita a la mediana equidistante, contemplada en el texto original,  forzando la negociación de una mediana equitativa, que amplíe hacia el Oeste su ZEE y PC, reduciendo en igual proporción los mismos espacios marítimos generados por las costas orientales de  Lanzarote y Fuerteventura.      

    Por otra parte, la nueva Ley 1-73 sobre el mar territorial establece las líneas de base recta (lbr) desde las que poder medir el MT, la ZEE y PC del Sáhara Occidental, para anexionarse ilegalmente  dichos espacios marítimos, a partir de los cuales intentar ampliar su PC,  ya que su PC propiamente dicha, hasta el paralelo 27.40,  no tienen apenas espacio por donde ampliarla, tal como hemos señalado. Y es precisamente en el citado rombo de solapamiento generado por las ampliaciones de la PC de Canarias y el Sáhara dónde se ubica el Monte Tropic -aunque más cerca del Continente-,  considerado el mayor depósito submarino de Telurio del planeta, sin olvidar los ingentes volúmenes de tierras raras y minerales estratégicos que abundan en los fondos marinos de esta vasta región submarina,  cuyas fronteras marítimas están aún pendientes de delimitación. 

MARRUECOS HA RECHAZADO DOS VECES EN LA ONU LA AMPLIACIÓN DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL DE CANARIAS. El Reglamento de la CLCS dispone en su anexo I, punto 5, letra a, respecto a posibles controversias entre estados ribereños con costas adyacentes o situadas frente a frente, que: “En caso de que haya una controversia territorial o marítima, la Comisión no considerará, ni calificará la presentación hecha por cualquiera de los Estados Partes en esa controversia”. 

    Con base en dicho Reglamento,  ante el registro de la citada Información Preliminar sobre la ampliación de la PC al Oeste de Canarias, Marruecos depositó también ante la SG-ONU una Nota Verbal, el 19.05.2009, rechazando tal solicitud para Canarias y reclamando acuerdos entre Estados mediante una solución equitativa; y ante la Presentación Parcial definitiva de fecha 17.12.2014, Marruecos volvió a depositar nueva Nota Verbal de rechazo de la  ampliación de la PC de Canarias, el 10.03.2015. Debe tomarse nota, por tanto,  de que Marruecos se ha opuesto en la ONU en 2 ocasiones (2009 y 2015) a la ampliación de la PC de Canarias.

EL GOBIERNO ESPAÑOL AL RESCATE DE MARRUECOS. Tal cúmulo de transgresiones flagrantes del Derecho internacional,   pretende Rabat imponerlas mediante una actitud desafiante y chantajista frente a los organismos multilaterales, como es su manejo perverso de los flujos migratorios irregulares, sin escrúpulos incluso para utilizar a miles de sus propios niños y menores de edad como arma arrojadiza migratoria. Pero tal actitud desafiante del Derecho internacional alcanza niveles grotescos, al pretender que un organismo de la ONU, como la CLCS, admita a trámite una solicitud de ampliación de la PC referida a un Territorio No Autónomo (TNA), como lo es el Sahara Occidental desde 1963, presentada por un país que no figura como Potencia administradora de dicho TNA y sin consultar a su población. 

    Evidentemente, tal solicitud -sin consentimiento español- no tiene ninguna posibilidad de ser atendida por la CLCS, que ha admitido a trámite solicitudes referidas a otros TNA, pero siguiendo siempre los procedimientos establecidos por el Comité de Descolonización y la Asamblea General de la ONU, incumplidos sistemáticamente por Marruecos como potencia ocupante del Sahara Occidental, que desprecia además el Principio consagrado de la “soberanía permanente sobre los recursos naturales” de los pueblos y las naciones coloniales, establecido por la Asamblea General en su Resolución 1803 (XVII). Saqueo acompañado de una colonización demográfica masiva y una feroz represión sobre la población saharaui, antes las mismas narices de la MINURSO. 

    Es en este contexto, de desamparo de Marruecos frente a la legalidad internacional, que el Gobierno español sale al rescate del Régimen alauita, con su giro copernicano en favor de una autonomía para el Sáhara  y protagonizando, 46 años después, su  segunda traición al Pueblo saharaui, mientras propicia -por acción u omisión- otras importantes compensaciones a Rabat a costa de Canarias. Cambio de la posición española que no tiene nada de casual ante la citada e inminente solicitud ante la ONU de la ampliación de la PC del Sáhara por parte de Marruecos. La coartada del Gobierno español para no oponerse a la solicitud marroquí es tan cínica como miserable.  Si según su opinión el Sáhara es marroquí, Rabat tendría derecho a ampliar su PC,  no existiendo motivo alguno para oponerse a tal pretensión, aunque implique la condena de los derechos nacionales del Pueblo saharaui y comprometa gravemente los intereses de Canarias.  

Por todo ello, Iniciativa Popular Canaria-IPC hace un llamamiento en favor de una amplia movilización en Canarias y el Estado español, desde todos los estamentos e instituciones públicas, y sectores políticos y sociales, para exigir al Gobierno español: 1) que asuma sus responsabilidades como Potencia administradora del Sáhara Occidental, promoviendo de forma inmediata el referéndum de autodeterminación del Pueblo saharaui y, en su virtud,  2) oponerse formalmente ante la CLCS a la pretensión del Reino de Marruecos de ampliar la PC del Sáhara Occidental, ya que el  Estado alauita no es quien para hacer tal solicitud, al ser una Potencia ocupante del territorio, que no figura como Potencia administradora del Sáhara Occidental. 

    En ningún caso, la CLCS admitiría a trámite –como se ha señalado- tal solicitud de ampliación de la PC del Sáhara Occidental  por parte de Marruecos, de contar con la oposición del Estado español, con base en el doble motivo de ser la Potencia administradora de iure del territorio, obligada a hacer cumplir la resoluciones de la ONU en favor de la Descolonización de su antigua colonia y afectar dicha solicitud -de forma decisiva- a la delimitación de los espacios marítimos de Canarias. Oposición que, por dignidad, resulta obligada en justa reciprocidad al citado doble rechazo de Marruecos en la ONU a la solicitud de ampliación de la PC de Canarias.

    Este nuevo episodio de rendición española ante el expansionismo  marroquí, por un supuesto gobierno progresista y “socialista”, no es más que la ratificación de la anterior rendición protagonizada por el régimen franquista -antecedente del actual conglomerado de las derechas españolas- hace 46 años. Lo que  evidencia una actitud sistémica del Estado español incompatible con los intereses de Canarias, gobierne quien gobierne en Madrid. No nos queda otra, por consiguiente, que soltar amarras con ese españolismo vendepatria y suicida, para explorar otros caminos hacia nuestra supervivencia como pueblo diferenciado y soberano.

    Comisión Promotora de  Iniciativa Popular Canaria-IPC En el Archipiélago de Canarias. Abril 2022.

PEDRO A. MEDINA CALERO
PEDRO A. MEDINA CALERO

    Fdo.: Pedro A. Medina Calero, Primer Promotor y Portavoz Nacional de IPK.

      

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MANCHETA FEBRERO22