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jueves, 28 de marzo de 2024 09:56h.

exigencia de mejora de los servicios de inscripción y tramitación de procedimientos a través de la Sede Electrónica

A instancias del STEC-IC, la Diputación del Común advierte a Educación sobre sus deficientes servicios telemáticos

 

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A instancias del STEC-IC, la Diputación del Común advierte a Educación sobre sus deficientes servicios telemáticos

Desde el pasado mes de julio de 2020 el STEC-IC presentó una queja formal ante el Diputado del Común, demando su intervención, en relación al deficiente funcionamiento de los servicios telemáticos de tramitación e inscripción para los diferentes procedimientos convocados por la Administración educativa en relación al profesorado en Canarias.

La queja formulada por esta organización fue admitida a trámite por la Diputación del Común  que, en consecuencia, inicio una indagación al respecto de las cuestiones planteadas por el STEC-IC. A instancias de dicha institución, la Administración educativa emitió el informe pertinente (tras ser requerido por segunda vez por la Diputación del Común). Las explicaciones dadas por la Consejería de Educación a través de dicho informe fueron consideradas totalmente insuficientes por el STEC-IC lo que generó la presentación de fundamentadas alegaciones al respecto por esta organización.

Ante dichas alegaciones, la Diputación del Común ha resuelto remitir a la Administración una Recomendación sobre el funcionamiento de la Sede Electrónica de la Consejería de Educación, en concreto sobre las siguientes cuestiones planteadas por el STEC-IC:

 “- Se proceda a realizar un diagnóstico efectivo que permita conocer el alcance real de los problemas técnicos reconocidos en el informe, así como de los perjuicios que pueden causar los mismos a los ciudadanos/as que pretendan acceder a la sede electrónica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, determinando las medidas más efectivas que deban adoptarse.

- Se incrementen los esfuerzos de coordinación entre los distintos servicios, a fin de que los usuarios puedan conocer con antelación las incidencias en los distintos procedimientos y su duración, así como las medidas adoptadas para garantizar a los ciudadanos/as los plazos de presentación y la efectividad de sus solicitudes.

- Se remuevan los obstáculos que impidan la plena eficacia del artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 13.2 de la ORDEN de 10 de febrero de 2020, por la que se crea y regula la sede electrónica y registro electrónico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, asegurándose de que las decisiones adoptadas por los responsables administrativos sobre la oportunidad o no de ampliar los plazos de presentación en los supuestos de existencia de interrupciones del servicio o problemas en el funcionamiento de la sede electrónica, no impliquen un criterio subjetivo de elección, garantizándose la notificación fehaciente de la resolución adoptada".

Desde el STEC-IC y ante la próxima apertura de procedimientos telemáticos masivos que afectarán a miles de docentes de Canarias, no cejaremos respecto a nuestra exigencia de mejora de los servicios de inscripción y tramitación de procedimientos a través de la Sede Electrónica de la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias al entender que no es de recibo el "calvario" que el profesorado canario tiene que atravesar cada vez que se enfrenta a una situación de este tipo.

En Canarias, a 24 de marzo de 2021

SECRETARIADO NACIONAL DEL STEC-IC

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