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jueves, 28 de marzo de 2024 09:30h.

Nueva Canarias reivindica al Gobierno medidas para facilitar el cambio de nombre a los menores transexuales

 

NUEVA CANARIAS

maría josé lópezNueva Canarias reivindica al Gobierno medidas para facilitar el cambio de nombre a los menores transexuales "sin exigencia de nombres neutros, edad mínima y diagnóstico patologizador". La senadora López Santana: "Las leyes que no reconocen con normalidad la transexualidad son leyes transfóbicas y el caldo de cultivo ideológico y social de la discriminación, el sectarismo y la transfobia".

Nueva Canarias reivindica al Gobierno medidas para facilitar el cambio de nombre a los menores transexuales "sin exigencia de nombres neutros, edad mínima y diagnóstico patologizador" 

La senadora López Santana: "Las leyes que no reconocen con normalidad la transexualidad son leyes transfóbicas y el caldo de cultivo ideológico y social de la discriminación, el sectarismo y la transfobia".

La senadora de Nueva Canarias (NC), Mª José López Santana, ha preguntado hoy en el Senado al ministro de Justicia, Rafael Catalá “si piensa permitir que el cambio de nombre de los menores sea un trámite sencillo sin condicionamientos”, respondiendo así a las recomendaciones hechas por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, y a “criterios de respeto por la dignidad, la intimidad y el libre desarrollo de la personalidad de los menores transexuales”. 

Según explicó la parlamentaria canaria en su intervención, la Dirección General de los Registros y el Notariado “viene exigiendo para el cambio de nombre de los menores transexuales acreditación de un diagnóstico de trastorno de identidad sexual, edad del interesado igual o superior a 14 años y que el nombre solicitado sea un nombre neutro que no induzca a error en la identificación por estar en clara discordancia con el sexo inscrito”. 

A su juicio, “estos requisitos son anacrónicos, patologizan, estigmatizan, discriminan y vulneran derechos constitucionales” de los menores. La senadora de NC demandó al titular de Justicia cambios en la legislación que “impliquen una protección del derecho del menor al libre desarrollo de su personalidad, y que no conviertan el cambio de nombre registral en una pesadilla para los menores trans y para sus familias”, reprochó López Santana.

En su contestación, el ministro de Justicia, a pesar de defender el sistema actual con la restricción de los 14 años y la necesidad de la existencia de un informe médico, reconoció “no ser dogmático” y estar “encantado de recibir propuestas de mejora de la ley del Registro Civil”. Al respecto, se mostró de acuerdo con la senadora grancanaria en que “las normas tienen que respetar el libre desarrollo de la personalidad y la libre elección”, sobre todo en aquellas materias en las que “no existe ningún perjuicio para terceros”.

Para López Santana “una ley, como la actual, que no reconoce la transexualidad es una ley transfóbica y un caldo cultivo ideológico y social de la discriminación, el sectarismo y la transfobia”. “La RAE define al nombre propio –explicó- como nombre sin rasgos semánticos inherentes que designa un único ser. Señor ministro, se llama usted Rafael y su nombre le identifica. Póngase en la piel de un menor transexual”, zanjó.


 

Se incluye a continuación la intervención íntegra de la senadora de NC por Gran Canaria, Mª José López Santana, en su pregunta oral al Gobierno en la sesión de control celebrada hoy en la Cámara Alta.

La Dirección General de los Registros y el Notariado viene exigiendo para el cambio de nombre de los menores transexuales acreditación de un diagnóstico de trastorno de identidad sexual, edad del interesado igual o superior a 14 años y que el nombre solicitado sea un nombre neutro que no induzca a error en la identificación por estar en clara discordancia con el sexo inscrito. 

Son requisitos anacrónicos que patologizan, estigmatizan, discriminan y vulneran derechos constitucionalmente reconocidos como el libre desarrollo de la personalidad y la intimidad.

La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa insta a los Estados a que establezcan “procedimientos rápidos, transparentes y accesibles, basados en la autodeterminación, que permitan a las personas transexuales cambiar el nombre y el sexo” en cualquier documento, con independencia de su edad y sin diagnósticos de salud mental previos. Y añadimos nosotros, con libertad para la elección del nombre que la persona decida. 

Sr. Ministro, ¿va a permitir que el cambio de nombre de los menores sea un trámite sencillo, sin condicionamientos?

La transexualidad es una condición, no es una elección. Se es transexual, no se decide. 

Alrededor de los dos años el ser humano comienza a ser consciente de su identidad sexual. Las personas transexuales afirman que desde que tienen conciencia se han reconocido a sí mismas su verdadera identidad sexual más allá de un sexo físico con el que no se identificaban. 

Esta identificación va acompañada de la voluntad y el derecho de vivir de acuerdo con ella y de la necesidad de ser reconocida como verdaderamente es por el resto del mundo.

Sin embargo, este derecho se ve limitado cuando las personas no pueden elegir libremente el nombre con el que quieren ser identificadas, cuando se posterga el libre desarrollo de su personalidad a los 14 años, o cuando se les trata como enfermos que deben justificar un presunto trastorno para poder acceder a él.  

Esta visión obtusa y obcecada de la legislación española ha provocado y sigue provocando sufrimiento en personas y en particular en menores, que se supone que son un bien supremo a proteger. Las limitaciones legales al cambio de nombre están generando agravios comparativos (a algunos se les reconoce y a otros no), situaciones de sufrimiento, angustia o depresión en menores que en algunos casos extremos ha comportado el suicidio. 

Una sociedad avanzada es una sociedad que respeta la diversidad, y no le pone trabas al libre desarrollo de la personalidad, cuando además la causa es justa y no hay daños a terceros. 

Las familias, los compañeros de clase, los centros médicos, los responsables de actividades deportivas y de ocio, están normalizando por fin esta realidad. Es nuestra obligación evitar que algo tan esencial como la rectificación del nombre registral se convierta en una pesadilla para los menores trans y sus familias.

La RAE define al nombre propio como nombre sin rasgos semánticos inherentes que designa un único ser. Sr. Ministro, se llama usted Rafael y su nombre le identifica. Póngase en la piel de un menor transexual. 

Las leyes que no reconocen con normalidad la transexualidad son leyes transfóbicas y de caldo cultivo ideológico y social de la discriminación, el sectarismo y la transfobia".

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