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miércoles, 24 de abril de 2024 00:29h.

Proyecto de ley 2020 elaborado por FIBRO PROTESTA YA 

FIBROPROTESTA

Asociación nacional Fibro Protesta Ya 

[email protected]  

A los miembros de la Comisión de Sanidad, Comisión Derechos Sociales  y Políticas Integrales de la Discapacidad.  

Alicante a 25 de julio de 2021. 

Estimadas Señorías, 

Me dirijo de nuevo a sus Señorías para recordarles que sobreviven o infra  viven más de 3 millones de enfermos autoinmunes y neuroinmunes en  España totalmente marginados por la sanidad, la sociedad y la justicia. 

El lamento de estas personas perturba mi mente y mis oídos desde hace  una eternidad perene que toma ya la senda de ser infinita si Ustedes, que  están en estos puestos, para solucionar los problemas de nuestro país no  toman las riendas de esta situación catastrófica. Este gesto podría ser un  gran paso para ellos permitiéndoles poco a poco acceder a una vida más  digna y no estar permaneciendo en la antesala de la congoja, de la muerte  sin medicación de cura, sin pensión.

Asociación nacional Fibro Protesta Ya 

Imagínense, porque les podría tocar a ustedes también, no poder hacer  ningún esfuerzo físico o mental, o reaccionar de forma brutal, hasta perder  el conocimiento, por un olor a producto de limpieza o tener una  descomunal renuencia a su colonia favorita, la gasolina de su coche o la  crema hidratante que le ponen Ustedes a su bebe. 

Y poco a poco, Ustedes se dan cuentan que no pueden conducir, subir  escaleras, andar más de diez minutos, entender un dossier, escribir con su  ordenador, salir a la calle porque la luz les ciega, hablar en público porque  se le traban la lengua y las ideas. 

Y a partir de cierto tiempo ustedes se entienden que nunca van a recuperar  su vida, sus actividades y su empleo. 

Y sin sueldo como van a vivir si el INSS rechaza dar pensiones porque tanto  este servicio como muchos médicos desconocen dichas enfermedades y su  código. 

Pónganse un instante en el lugar de esas personas. ¿Qué pensarían  Ustedes? Lo mismo que ellos, no lo dudo. ESPAÑA les abandonó. Los  miembros del gobierno no tienen empatía ni consideración. 

Si sus hijos tuvieran una de las enfermedades nombradas en este proyecto  de ley dirían textualmente las mismas palabras, denunciarían que sus  padres fueron unos crueles egoístas, que no quisieron ayudarles. Y era tan  fácil echarles una mano. 

Dejemos un mundo mejor a los nuestros, a las generaciones futuras, que no  digan que fuimos unos crueles egoístas. 

Atentamente. 

Harmonie Botella 

Presidenta de Fibro Protesta Ya.

 

Proyecto de ley 2020 elaborado por FIBRO PROTESTA YA 

PROYECTO DE LEY. 

SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS  ENFERM@S DE FIBROMIEALGIA, ENCEFALOMIELITIS MIÁLGICA/ SFC,  SENSIBILIDAD QUÍMICA MÚLTIPLE Y ELECTROHIPERSENSIBILIDAD 

Fibromialgia, Encefalomielitis Miálgica/SFC, Sensibilidad Química Múltiple e  Electrohipersensibildad, son enfermedades que, aunque ya reconocidas por la  Organización Mundial de la Salud son grandes desconocidas para la sociedad.A nivel  nacional, representan más de 3 millones de personas (con mayor prevalencia en  mujeres) Limitan de forma progresiva las actividades de la vida diaria de quienes las  padecen, disminuyendo enormemente su funcionalidad y calidad de vida. Se hace  indispensable avanzar en el ámbito de la investigación insistiendo en la formación de  los profesionales sanitarios desde la facultad y desde su realidad clínica. A través  de protocolos unificados en todas las CC.AA, se pide que los tratamientos vinculen la  intervención multidisciplinar y los abordajes integrales que centren la atención en las  circunstancias de cada paciente; que solicitan, a la mayor brevedad, una revisión  actualizada y realista de los baremos específicos de discapacidad; y garantizar mejoras,  tanto en el acceso como en la adaptación a los puestos de trabajo o la realización de  cualquier trámite con las Administraciones 

Subrayamos que las personas afectadas de Fibromialgia, Encefalomielitis  Miálgica, Sensibilidad Química Múltiple y Electrohipersensibildad, están en completa  indefensión, no solo por el carácter crónico, incapacitante e incurable de estas  patologías, que les imposibilita llevar una vida laboral, familiar y personal digna, sino  también por las grandes injusticias y discriminación que vienen sufriendo a nivel  sanitario y laboral. 

Por este motivo, consideramos, por justicia y por humanidad, que es  imperativo que sean atendidos de forma profesional y eficiente en la Sanidad  Pública, así como el reconocimiento de su incapacidad. 

El Parlamento español, a través de su Comisión de Sanidad, presidida por el Sr. D.  Gaspar Llamazares, ya desde 2009, afirmaba que dichas enfermedades eran  incapacitantes, lo cual fue admitido por sus señorías, y por tanto, como tales  deben tratarse en todos los ámbitos de la sociedad y la Administración. 

En 2010, El Gobierno a la pregunta escrita del presidente de la Comisión de Sanidad  del Congreso de los Diputados Exmo. Sr. D. Gaspar Llamazares Trigo dirigida a la mesa  de esta Cámara, que la versión actual era la versión CIE-10.  

No obstante, once años después, para la cumplimentación de los informes de Alta,  y como estándar de Codificación Cínica, la Clasificación utilizada sigue siendo la  CIE-9 y se sigue considerando que la FM es somatoforma a pesar de que miles de  investigadores demuestren lo contrario. 

Respecto al EM/SFC, desde el1 de enero del 2016, está ya reconocido como Síndrome  de Fatiga Postviral, Encefalomielitis Miálgica (que no la simple fatiga crónica). Está  incluido en el capítulo VI de Enfermedades del Sistema Nervioso, concretamente dentro  de “Otros trastornos del Encéfalo”, en el subepígrafe G93.3.

 

Proyecto de ley 2020 elaborado por FIBRO PROTESTA YA 

También hay que añadir que las últimas investigaciones ya han aportado evidencias  biológicas demostrativas de estas enfermedades. Si estas pruebas no se han podido  llevar al ámbito clínico es por sus amplios costes, no por su falta de fiabilidad. Por lo  tanto, queda ampliamente demostrado que estas enfermedades no son  consecuencia de trastornos mentales.  

En 2011, se puso en conocimiento de la Cámara que la SQM se conoce desde el año  1950. 

En 1989 en U.S.A se establecen criterios básicos para reconocer esta patología como  emergente. 

Varios sectores del Gobierno en 2011 confeccionaron un Documento de Consenso.  Sin embargo, sigue siendo un documento prácticamente desconocido por el sector  sanitario. 

Su proceso de reconocimiento como una patología se inició en España en abril de  2013, a través de una Proposición no de Ley (PNL) para “la inclusión” de la SQM en  la CIE-9 ES, propuesta presentada por la Diputada María del Carmen Quintanilla,  tras una petición realizada por Carlos de Prada (presidente del FODESAM, Fondo de  Salud Ambiental), con la colaboración del SISS. A raíz de esta proposición de España,  en 2013 autoriza al gobierno (como antes había autorizado a otros países, como  Alemania, Austria y Japón) a incluirla en la Clasificación Española de  Enfermedades. 

En cuanto a la EHS, tenemos referencias de ella, junto a la SQM, en la “Declaración  científica internacional de Bruselas sobre EHS y SQM” (2015), tras el 5º Llamamiento  del Congreso de París, el 18 de mayo de 2015, en la Real Academia de Medicina,  Bruselas (Bélgica): 

La EHS y la SQM deben estar representadas por los códigos particulares del CIE de la OMS con  el fin de aumentar la conciencia de la comunidad médica, los gobiernos, los políticos y el público  en general y así fomentar la investigación sobre la población que adquiere estos síndromes  patológicos y capacitar a los médicos sobre las medidas de prevención y los tratamientos  médicos eficaces. 

En 2020, a nivel Internacional y a nivel Nacional, nos encontramos aún las siguientes  circunstancias: 

• No hay conocimiento de qué ha ocurrido con la “migración” del CIE-9 al CIE-10, aunque el CIE-10 se publicó online en 2016 en la web del Ministerio de Sanidad, parece que aún no se disponen de los derechos de traducción. 

• El personal sanitario no está al tanto de los cambios producidos en el CIE-10 (por  no disponer de copia) 

• Coexisten dos versiones del CIE, el CIE-10, que entraron en vigor oficialmente el 1  de enero de 2016, y el CIE-9, para todos los efectos. Se continúa codificando bajo  el CIE-9 para todos los efectos sanitarios y administrativos, al menos en la mayoría  de las Comunidades Autónomas. 

• Por lo tanto, siguen tratando estas patologías desde la perspectiva del CIE-9. • No se están observando los avances en el plano clínico de estas enfermedades  emergentes, y se sigue tratando a los enfermos como si sus síntomas fueran  psicosomáticos, con el subsiguiente perjuicio para la salud y la correcta atención de  los pacientes.

 

Proyecto de ley 2020 elaborado por FIBRO PROTESTA YA 

• No hay respuesta efectiva para el 25% de los afectados y afectadas que viven  confinados en casa o postrados en la cama. 

• Falta de adaptación o puesta al día de los baremos de calificación de la  Discapacidad, Invalidez. 

Desde el 1 de enero de 2016, en que se publica en España el CIE-10, está oficialmente  reconocida. Por tanto, no se puede consentir que los profesionales de la salud digan que es una enfermedad imaginaria. Lo mismo ocurre con EM/SFC y SQM  (lamentablemente, el EHS aún no se ha incluido en el CIE). 

Por todo ello, se insta al Gobierno que, del mismo modo en que: 

- en el caso de la SQM, que se desmarcó de los criterios de la OMS, se reconozca como  patología,  

- reconsidere el otorgar al servicio de neurología el diagnóstico de la FM y que se  ofrezca a las personas afectadas, alternativas a este servicio para el diagnóstico, bien  mediante la creación de unidades de Fibromialgia, con equipos multidisciplinares, bien  con interconsultas de neurología, inmunología, alergología, etc. Coordinados por un  médico de atención primaria. 

El hecho de que, todavía en el CIE-10, aparece la FM como enfermedad reumatológica,  no hace más que complicar su seguimiento y tratamiento. Ponemos como ejemplo a  seguir la Unidad de Fibromialgia de la Clínica Quirón, que sigue la línea de investigación  y tratamiento desde el punto de vista neurológico e inmunológico. 

-EM/SFC, está ya reconocido como Síndrome de Fatiga Postviral, Encefalomielitis  Miálgica (que no la simple fatiga crónica). Está incluido en el capítulo VI de  Enfermedades del Sistema Nervioso, concretamente dentro de “Otros trastornos del  Encéfalo”, en el subepígrafe G93.3, por lo que deberían ser atendidos por  neurólogos. 

- a que reconozca también el EHS como patología, a la luz de tantas investigaciones  que demuestran, de forma científica, cómo la contaminación electromagnética afecta  tan gravemente a muchas personas. 

- a que se implante el CIE-11 en España, se sigan codificando la SQM y se incluya,  además, la EHS, y que atiendan al problema técnico que pueda ocasionar, a nivel de  sistemas de gestión, si la OMS mantiene su ausencia de codificación para estas  patologías. 

- Se designe una comisión que investigue las evidencias de la aparición de la  Electrohipersensibilidad como una patología emergente y sea incluía, como las  anteriores, en el Catálogo Internacional de Enfermedades en España, solicitando a la  OMS, desde el Parlamento Europeo, a que también sea incluida en su catálogo. 

- Considere estas cuatro patologías como enfermedades para todos los efectos y  ámbitos sanitarios, administrativos y laborales. 

-Revise los protocolos ya existentes y elabore protocolos de atención a las personas  afectadas, y se actualicen los baremos a todos los niveles Administrativos y médicos EM/SFC, desde el1 de enero del 2016, está ya reconocido como Síndrome de Fatiga  Postviral, Encefalomielitis Miálgica (que no la simple fatiga crónica). Está incluido en el  capítulo VI de Enfermedades del Sistema Nervioso, concretamente dentro de “Otros  trastornos del Encéfalo”, en el subepígrafe G93.3. 

-De visibilidad de estas patologías no como trastornos psicológicos ni con síntomas  psicosomáticos sino como reales y orgánicas e inicie cuantas acciones por parte del  Instituto Nacional de la Seguridad Social para clasificar dichas enfermedades como  incapacitantes de carácter temporal o permanente en sus distintos grados.

 

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