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martes, 16 de abril de 2024 10:08h.

SALVAR CHIRA-SORIA ha recurrido la autorización del Gobierno de Canarias al proyecto Chira Soria

 

FRASE CHIRA SORIA

 

SALVAR CHIRA-SORIA ha recurrido la autorización del Gobierno de Canarias al proyecto Chira Soria

HA RECURRIDO EL DECRETO 114/2021 DEL GOBIERNO DE CANARIAS DE AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO CHIRA-SORIA.

En el Recurso se solicita la anulación del Decreto y la desautorización del Proyecto al asumirse competencias que no corresponden al Gobierno de Canarias, contradiciendo a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico europeo y estatal.

Según Salvar Chira-Soria, la aprobación de la ejecución de la obra se hecho prescindiendo total y absolutamente del procedimiento administrativo legalmente establecido para ello, pudiendo además los responsables haber incurrido en responsabilidades patrimoniales, de acuerdo al principio de responsabilidad del estado por incumplimiento del Derecho comunitario y a la responsabilidad patrimonial de la administración pública.

En primer lugar, se ha cometido una infracción de la directiva 2019/44 UE, así como las anteriores (2009/72/CE, 2003/54/CE y 96/92/CE), por la que impide que los operadores y gestores de la red eléctrica puedan ser también generadores y suministradores de energía. La razón es simple, evitar un conflicto de intereses.

En noviembre de 2020, el Ministerio de Transición Ecológica, se ve forzado a presentar la solicitud de excepción a la menciona directiva 2019/944, ante las denuncias de La Plataforma en Europa y ante las autoridades españolas; solicitud todavía sin resolución europea. Sin embargo, ajenos a las gestiones del Ministerio ante la CE, el Gobierno Canario y el Cabildo de Gran Canaria, han seguido adelante con el expediente administrativo, aprobando la Declaración de Impacto Ambiental, la Declaración de utilidad Pública y autorizando el inicio de las obras, cuando la propia Ley de Procedimiento Administrativo prevé la suspensión de los plazos legales cuando deba obtenerse un pronunciamiento previo y preceptivo de la UE, y por tanto, todos los actos son nulos de pleno derecho.

En el Recurso se enumeran los informes de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) contrarios a que el operador REE genere energía y al Proyecto Chira-Soria por su enorme coste, y apuesta por actualizar las centrales térmicas para que sean más flexibles y por invertir en instalaciones de energía renovable.

Salvar Chira-Soria argumenta que el Proyecto afecta a cuatro espacios de la Red Natura: ZEPA Ayagaures y Pilancones, ZEC Franja Marina de Mogán, ZEC El Nublo II y ZEC Macizo de Tauro II; por lo que otorgar autorización debe ajustarse a la protección exigida por el Ministerio para la Transición Ecológica, que excluye de forma estricta y literal la implantación de sistemas de almacenamiento con tecnología de bombeo hidráulico en Red Natura 2000-

Entendemos que no se ha producido una evaluación adecuada de las repercusiones del proyecto en los distintos espacios de la Red Natura 2000 que resultan afectados, ni las medidas compensatorias propuestas son por tanto suficientes, lo que supone una vulneración del artículo 6.3 de la Directiva sobre los Hábitats y del artículo 46.4 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

El Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Histórico realizado no se ajusta a Ley 11/2019 de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias; tampoco con la normativa de la Unión Europea ni con otros tratados y convenios internacionales suscritos por España y que tratan sobre la conservación del patrimonio histórico y cultural. Dicha ley explicita que el patrimonio arqueológico y etnográfico debe ser protegido y conservado. El proyecto Chira-Soria invade, destruye y altera el paisaje y el patrimonio de la cuenca de Arguineguín.

En el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto ni en estudio posterior sometido a información pública, se ha abordado los posibles riesgos para la seguridad pública que supone el uso para los fines que se pretende de las presas de Chira y Soria, cuya seguridad está más que cuestionada por los estudios técnicos realizados.

En lo sanitario, un Informe de la Dirección General de Salud Pública de noviembre de 2020 reconoce unas afecciones inadmisibles para la población del Barranco de Arguineguín, tanto durante la fase de construcción como de funcionamiento de la Central Hidroeléctrica, que no han sido tenidas en cuenta al autorizar el proyecto.

Salvar Chira-Soria anuncia que llegará hasta “donde sea necesario” en la batalla judicial, ya que no le caben dudas de que el proyecto que se pretende realizar en el barranco de Arguineguín vulnera la legislación la legislación europea y estatal de manera burda.

 

Enlace con el texto integro del Recurso: https://salvarchira.blogspot.com/2022/01/recurso-potestativo-de-reposicion.html 

chira soria

 

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