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jueves, 18 de abril de 2024 10:09h.

(SEPCA informa) Nuevo varapalo jurídico al ayunbtamiento de LPGC (con las costas a cargo del contribuyente)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, desestimó el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento, que resultó condenado en costas, tras recurrir en Casación la sentencia de 10 de febrero de 2012 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Dictada en recurso número 138/2011)

SEPCA INFORMA
 

Adjuntamos enlace a la Sentencia del RECURSO DE CASACIÓN Número 1260/2012 por la que la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, desestimó el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento, que resultó condenado en costas, tras recurrir en Casación la sentencia de 10 de febrero de 2012 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Dictada en recurso número 138/2011)

Tras la escandalosa sentencia que obliga a sacar a concurso el puesto de Gerente del IMAS al haber sido nombrado ilegalmente, algo extensivo a todos los puestos de Personal Directivo del Ayuntamiento,  y de acuerdo con los principios de Igualdad, mérito, capacidad y pública concurrencia ahora viene un nuevo varapalo cuyas costas pagarán los contribuyentes.

La demanda original, interpuesta por  FSP-UGT, a quienes felicitamos, iba contra una modificación de la RPT que creaba en plan BARRA LIBRE (método importado del Cabildo) puestos de Libre Designación sin la motivación adecuada y por el sistema de la apisonadora, es decir, yo te convoco, paso de ti, y lo doy por negociado sin acuerdo.

Esto implica que para dar cumplimiento a la sentencia el Ayuntamiento tendrá que modificar en la RPT la forma de provisión de las Jefaturas de Servicio (Y otros puestos) que tendrán que se sacadas a concurso en lugar de cubrirse por la designación digital que tanto les gusta. Como quiera que antes de esa modificación tendrá que haber una negociación previa en la Mesa General de Negociación, es compromiso de SEPCA obligar a que en lugar de A4 sea A5 la Administración de Procedencia, toda vez que este modus operandi de la Administración impide gravemente la promoción interna. Esperamos contar con el apoyo sin fisuras de todas las fuerzas sindicales.

Al mismo tiempo entendemos que el concurso de los Técnicos debe ser paralizado hasta que se produzca la modificación de la RPT y dar un nuevo plazo para poder ofertar los puestos que ahora han de ser cubiertos mediante concurso en cumplimiento de la sentencia. La motivación es muy simple: si a un Técnico se le adjudica ahora un puesto por concurso de los que están ofertados, tendrán que esperar 2 años para poder volver a concursar a los puestos que hasta ahora eran de Libre Designación y que ahora deberán salir a concurso.

Enlace a la sentencia (en el área de descargas de nuestro servidor)