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jueves, 25 de abril de 2024 00:27h.

La pena de prisión se sustituyó por la pena de multa

Comunicado de Alberto Rodríguez, 24 de octubre 2021

 

FRASE ALBERTO

COMUNICADO

Ante la reciente secuencia de hechos que concluyen con la decisión unilateral de la Presidenta del Congreso de los Diputados, la Excelentísima Señora Dª Meritxell Batet, por la cual, y atribuyéndose competencias que no tiene, procedió a modificar la sentencia y acordar que se me retira el acta de diputado por la circunscripción de Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias, quiero trasladar una serie de consideraciones e información al respecto sobre lo sucedido.

Como es de conocimiento público, la Sala Segunda del Tribunal Supremo emitió el pasado 6 de octubre la Sentencia 750/2021, así como auto de ejecución, de 8 de octubre del presente, dictadas ambas resoluciones en la causa especial 3/21029/2019. En ella, a pesar de dos votos particulares demoledores, se me condenó a la pena de 1 mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. La pena de prisión se sustituyó por la pena de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros.

Con posterioridad, el 14 de octubre de 2021 del presente, tuvo entrada en el Registro del Congreso de los Diputados un escrito del Presidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo, el Excelentísimo Señor D. Manuel Marchena Gómez, dirigido a la Presidenta del Congreso de los Diputados por el que se daba traslado de la comunicación del presidente de la sala segunda remitiendo copia digital de la referida sentencia, así como del auto de ejecución.

En atención a la documentación remitida por el Tribunal Supremo y de aquella que tuvo entrada en el Registro de la Cámara, los servicios jurídicos del Congreso de los Diputados emitieron informe el 18 de octubre del presente, en el que se incorporó un análisis extenso, documentado y concluyente relativo a la forma en la que procedía ejecutar la sentencia del tribunal supremo 750/2021, en la causa especial 3/21019/2019. En el que su conclusión definitiva se expone en su literal a continuación:

“En definitiva, de un análisis de la normativa aplicable, interpretada a la luz de los principios constitucionales en la forma en que los mismos han sido configurados por el Tribunal Constitucional en jurisprudencia reiterada, llevan a concluir que de la Sentencia 750/2021, de 6 de octubre, dictada en la causa especial 3/21029/2019, no cabe derivar consecuencia extra penal alguna que afecte a la condición de diputado del Sr. Rodríguez, no concurriendo ni la causa de incompatibilidad sobrevenida contemplada en el apartado 2 en relación con el apartado 4 del artículo 6 de la LOREG, ni ninguno de los supuestos que, en aplicación de los artículos 21 y 22 del Reglamento del Congreso, comportarían bien la suspensión de los derechos, prerrogativas y deberes del diputado, bien la pérdida de la condición

El día 21 de octubre, reunida la Mesa del Congreso de los Diputados, decidió solicitar aclaraciones al Tribunal Supremo al respecto de los efectos de su sentencia sobre mi condición de diputado, ya que en la sentencia no existe mención alguna a este particular y tampoco a la inhabilitación para ejercicio de cargo público, y que ni tan siquiera la inelegibilidad sobrevenida pretendida por algunas fuerzas reaccionarias del poder judicial y político encuentran amparo en el literal del artículo 6.2.b de la LOREG en aquellas sentencias en las que se prevea la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.

En inmediata respuesta, con la celeridad que solo algunos trámites judiciales requieren en la justicia española, en menos de 24 horas el Presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo procedió a dar respuesta a la Presidenta del Congreso de los Diputados. Hago un inciso en la relación de hechos para que se observe que el proceso judicial al que me han sometido duró ocho años, mientras las aclaraciones para retirarme el acta de diputado que me concedieron democráticamente 64.163 personas con derecho a voto en la circunscripción de Santa Cruz de Tenerife, ocurrieron en horas. A mi juicio la retirada de forma abusiva y atentatoria contra mis derechos civiles de dicha acta y la celeridad con la que se actuado, evidencian el carácter político de la decisión.

Tras la respuesta a esta solicitud de aclaración por parte del Tribunal Supremo el pasado 21 de octubre, con igual celeridad la Presidenta del Congreso de los Diputados y sin convocar a la Mesa del Congreso, procedió a comunicarme el mismo 22 de octubre, paradójicamente el día de la bandera nacional canaria, mi sustitución como diputado, así como a la Junta Electoral Central a los efectos de sustitución antes mencionados y a la Secretaría General del Congreso, que de forma veloz procedió en su propia página web a dar por concluida mi ficha parlamentaria a 22/10/2021 de esta legislatura en curso.

Ante lo que considero una sentencia injusta, por cuanto nunca existió la comisión de los hechos que se me adjudican en la sentencia, y que ha traído como colación una cadena de decisiones sin arreglo a la ley por parte de la Presidenta del Congreso de los Diputados, anuncio mi intención de presentar cualesquiera acciones fueran necesarias para recurrir e impugnar ambas decisiones, sus efectos y sus consecuencias.

En atención a lo precedente y agradeciendo enormemente la asesoría jurídica prestada hasta ahora, con exquisita profesionalidad, por parte Doña Marta Flor Núñez, ambos expedientes jurídicos, tanto el relativo al recurso de la sentencia del TS 750/2021, de 6 de octubre, como a las eventuales acciones judiciales necesitadas de amparo que se deben adoptar ante la decisión de la Excelentísima Señora Dª Meritxell Batet para que sea juzgada tal decisión por atentar contra los principios más básicos de la soberanía popular y de la democracia en el Estado español, y dada la necesidad de contar con un equipo independiente y experto en el ámbito europeo he dado indicación y conformidad para que sean gestionados por las abogadas Isabel Elbal Sánchez y Gonzalo Boye Tuset.

A ellos le agradezco enormemente el interés y solidaridad mostrados que contrastan con la secuencia de hechos ocurridos a nivel estatal que desembocaron en la pérdida del escaño de más de 64.000 canarios y canarias. Por ello reitero las declaraciones realizadas a mi llegada a las islas el día 23 de octubre. Tras el aprendizaje y el camino recorrido hoy hice efectiva mi baja en Podemos y mi renuncia a la participación en estructuras de partidos estatales en el ámbito canario, una vez comprobado en múltiples ocasiones los límites de las mismas desde una perspectiva archipielágica autocentrada.

Para la inmensa mayoría de la militancia de base del espacio político en el que he participado hasta el día de hoy, solo puedo tener palabras de admiración y de agradecimiento por tantas luchas conjuntas, por las victorias y también por las derrotas. En las calles nos encontraremos, aquí siempre tendrán un compañero de lucha.

Y por último y no menos importante, agradecer profundamente a los colectivos sociales y activistas, a los medios de comunicación y a todas las personas y organizaciones políticas de la izquierda canaria que estuvieron ayer arropándome y cuidándome en un día difícil, pero a la vez histórico para nuestra tierra.

El cierre de un ciclo no implica que la batalla haya terminado. Esto no ha hecho más que empezar. Canarias es tierra de brega, aquí no se rinde nadie.

Por si fuera de interés, en Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias, a 24 de octubre de 2021.

Firmado por RODRIGUEZ RODRIGUEZ ALBERTO -

Alberto Rodríguez Rodríguez

alberto rodríguez

 

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