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martes, 19 de marzo de 2024 05:47h.

Apuntes para un cambio forzoso (IV) El consulado inglés - por Francisco Javier González

 

FRASE FCO JAVIER

Apuntes para un cambio forzoso (IV) El consulado inglés - por Francisco Javier González *

Creo de interés el estudio pormenorizado de lo que fue el ciclo económico del vino para Canarias. Pone de relieve la fragilidad política y económica que supone depositar en un producto determinado toda la estructura productiva de nuestras islas a pesar de lo que  ya había sucedido con el azúcar. Nos muestra a una colonia española que entra en la Edad Moderna con unas élites que, por su codicia, se entregan totalmente en manos foráneas hasta el punto de que son los británicos los que realmente ejercen el dominio económico del Archipiélago. En se aspecto no difiere demasiado de la última aventura basada en la explotación primordial de un producto cuyo control se sale fuera de las manos de unas élites político-económicas criollas sumisas y vendidas por 30 monedas: el TURISMO.

Las ciudades-nación que bordean al Mediterráneo se relacionaban en el Medioevo mediante una extensa red de instituciones consulares, de gran importancia entonces, importancia que a la entrada de la Edad Moderna va decayendo. En el Siglo XVI, con la expansión americana de los estados europeos el centro de gravedad económico-político se desplaza hacia el Atlántico con España como punto importante en esas relaciones económicas que va a dar origen al renacimiento de los consulados. La rivalidad hispano-británica en Europa (guerras en los Países Bajos españoles, Flandes y Holanda) acrecentada por motivos religiosos hace que las relaciones comerciales entre ambos estados pasen por períodos muy críticos hasta que la reina inglesa, Isabel I, nombra embajador extraordinario en Madrid a Lord Cobham que logra, en 1576, con el duque de Alba, llegar a unos acuerdos que van a permitir que no se proceda contra los herejes protestantes ingleses si no cometen delito injurioso contra la religión católica, y que se nombren embajadores en ambas capitales que puedan mantener sus propias confesiones religiosas. La nueva guerra hispano-británica, que rebrota en 1585 con enfrentamientos directos, deja sin efectos los acuerdos Cobham-Alba aunque encontramos en esos años a ingleses en Canarias que comerciaban haciéndose pasar por católicos escoceses. Esta situación, con muchos episodios de contrabando, dura hasta que, después de 20 años de lucha, encuentra su final con el Tratado de Londres de 1604, tras la muerte tanto del español Felipe II como de la monarca inglesa Isabel I.

En cada nuevo enfrentamiento hispano-británico se suspendía el Tratado Así, en la guerra de 1655-1660 entre la España de Felipe IV y la Commonwealth de Cromwell, con su “Western Design” de apoderarse de las colonias españolas para expandir el protestantismo, el rey español en una pragmática ordenaba condena a muerte a todos los que introduzcan en los dominios españoles géneros de las islas británicas, confiscando los que estuvieran en poder de ingleses, prohibiendo además su uso y obligando a declarar los que pudieran haber en existencia. De los bienes confiscados a los ingleses por la Junta de Represalias, las llamadas “Represalias de Cromwell”, casi la tercera parte lo fueron en Canarias y casi todo en moneda de plata (ducados y maravedíes).

El St. George,ataque de RFobert Blake a S.C,Tfe. 1657Es en esa contienda cuando el almirante inglés Robert Blake destruyó la Flota de Indias española que mandaba el general Diego de Egües en la bahía de Santa Cruz de Tenerife el 30 de abril de 1657 causando 300 muertos isleños, aunque no logró apoderarse del tesoro saqueado en América que traía y que había sido desembarcado al conocerse por el Capitán General Alonso Dávila Guzmán el inminente ataque. El pueblo canario, que no soportaba la tiranía del Capitán General, llamo a aquella batalla “la guerrita de Caramuel” por canarización del nombre de Cromwell a Caramuel. Alonso Dávila, acusado de fraude y cohecho a favor de comerciantes ingleses, fue destituido de su puesto en 1659 tras 9 años de mandato despótico al que retrató Viera y Clavijo como “Jefe sin vigor en el entendimiento, ni sensibilidad en el corazón; avaro, despótico, mal aconsejado, y dado más bien para forjar prisiones que para hacer felices” dejó tras de sí numerosos muertos  y agraviados. Puede servirnos de ejemplo del trato colonial con Canarias que, tras haberse realizado 3 levas forzosas para la guerra con Holanda, en paz ya con este reino, subsistía el enfrentamiento con Francia y las rebeliones de Portugal y Cataluña, por lo que Felipe IV ordenó una nueva leva en Canarias. En la noche del 21 de febrero de 1655, Alonso Dávila ordena que cada Capitán aprese 8 personas aptas para la guerra y las conduzca a la cárcel de La Laguna a disposición del Maestre de Campo Francisco Calderón. Al respecto nos vuelve a relatar Viera que “atónitos los hombres a vista de tan nuevo golpe de autoridad, desamparan las casas, se huyen a los montes y bolviendo a ser “Guanches” se esconden en las quebradas y cuevas de las cumbres. Sin embargo allí se les acosa como à fieras con perros y armas de fuego”, tal eran las condiciones del país cuando se establece el primer consulado inglés en 1660.

En el Tratado de 1604 se reconocen, además de las embajadas, a los consulados que ambos países establecieran en el otro, especificando las condiciones y atribuciones de esas instituciones. Para los cónsules británicos en España, según el Art. 19 del Tratado, el monarca inglés otorgaba una Patente al individuo designado para desempeñar el cargo, especificando su destino y condiciones. La Patente se presentaba al monarca español por el embajador o por el propio cónsul, y el Consejo de Estado asesoraba al rey sobre la aceptación o el rechazo de la Patente y de sus condiciones. El cónsul, según el Art. 27 del Tratado, se encargaba “del auxilio y protección de los súbditos del Rey de Gran Bretaña”.

Para dirimir los asuntos que pudieran surgir y que no resolviera el cónsul se nombraba el Juez Conservador de la Nación Inglesa para “…conocer privativamente el dicho juez conservador y no otro juez ni tribunal alguno…” En Canarias, el Juez Conservador era, normalmente, el Capitán General, aunque en 1674, durante la regencia en España de Mariana de Austria, la regente nombró como Juez Conservador a Juan de Laredo y Perera, Capitán a Guerra de Tenerife y La Palma y los comerciantes ingleses con su cónsul, John Webber (castellanizado como Juan Guebar), a la cabeza dieron poder al procurador Pascual Sánchez para personarse en Madrid, ante la Real Audiencia para que Félix Nieto de Silva, Marqués de Torrejón y Capitán General “in pectore” fuera, según costumbre, el Juez Conservador de la Nación Inglesa. Las aguas volvieron a su cauce y los Capitanes Generales en su sede de La Laguna, siguieron siendo los Jueces Conservadores.

Los privilegios que el Tratado de Londres concedía a los “herejes” se suspendieron con motivo del nuevo conflicto hispano-ingles en 1626, confiscándose los bienes de los comerciantes ingleses “que hubieran delinquido contra la fe católica”, recuperándose el status con la paz de 1660, y renovados con los tratados de 1667 y con los sucesivos entre ambas coronas a lo largo del XVIII.

De esa forma, y al amparo de esos tratados, los comerciantes y residentes extranjeros en los estados europeos, para la defensa de sus intereses, formaban comunidades con el cónsul como encargado, si se necesitaba, de esa representación tanto colectiva como individual. Al mismo tiempo el cónsul tenía a su cargo la vigilancia del cumplimiento de las legalidades propias del estado que lo designaba.

En España, sobre todo en la vertiente mediterránea, por su propia historia, la institución consular tenía una tradición centenaria. Por eso, entre 1617 a 1620, los consulados ingleses, holandeses, franceses… estaban instalados en Barcelona, Valencia, Cádiz, Cartagena, Puerto de Santa María y varias plazas más. En Canarias, carentes de esa tradición y a pesar de la abundante presencia extranjera, los consulados tardan bastante más en implantarse en esta colonia africana. El primer consulado en instalarse en Canarias fue el holandés. El primer cónsul inglés en nuestras islas aparece en 1660 con residencia fija en La Laguna y ocasional en el Puerto de la Orotava. Nombrado por la corona inglesa y refrendado por la española, sus emolumentos se percibían como “derechos consulares” con un porcentaje aplicado a las operaciones mercantiles realizadas por los naturales ingleses residentes en las islas.

Ese primer cónsul fue Leonard Clarke, importante comerciante que figura en los documentos españoles como Leonardo Clerque que, curiosamente, había traído de Inglaterra un telescopio para observar la luna, probablemente uno de los primeros en Canarias. Para el sostén del consulado estableció un canon del 0,5 % de las mercancías negociadas, aparte de 100 reales de plata a los maestres (masters) de las naves transportadoras (el de maestre era un importante cargo, tras el de capitán, que se encargaba de la economía del navío, similar a lo que hoy sería el “sobrecargo”). Los comerciantes ingleses en la isla se negaban a lo que consideraban un costo desproporcionado y, en respuesta, el cónsul Clarke amenazó muy seriamente a los comerciantes que se oponían provocando, con esa actuación, fuertes tensiones en el seno de la comunidad inglesa. A tanto llegó la situación que en 1662 un grupo de 12 mercaderes importantes, encabezados por M. Peck y William Cowse se dirigieron por carta a Arthur Ingram -principal receptor en Londres de las exportaciones canarias- para que apoyara ante el rey inglés su petición de que el cónsul fuera llamado a Londres para rendir cuentas y eliminar esos costos.

Ante la falta de respuesta, otros 22 mercaderes londinenses destacados solicitaban al rey Carlos II, no solo que llamara a Londres a Clarke para rendir cuentas, sino que pretendían la supresión del consulado por los gastos que les causaban las tasas. Los firmantes estaban encabezados por el mismo alcalde de Londres, John Frederick, y figuraban los más importantes Canary Merchants ingleses, entre ellos John Webber (Juan Guebar para los españoles), que fue luego el 4º cónsul al que se debe la construcción en 1673 del Cementerio Inglés- la Cherche- cerca del Castillo de San Felipe, donde se le enterró a su muerte en el Puerto de la Cruz en 1676.

 El asunto llegó hasta el “Privy Council” (Consejo Privado de asesores de la corona inglesa que en 1688 fue sustituido por el “Cabinet” o Consejo de Ministros) pero no se adoptó decisión al respecto porque los cónsules cumplían, no solo esas funciones de vigilancia de los mercaderes para que no se saltaran las líneas de actuación legal de la corona inglesa, oficiando incluso de acusadores en procesos de contrabando, sino que tenían, además, la de servir como valiosa fuente de información de todo tipo de sucesos políticos o económicos que pudieran afectar a los intereses ingleses, incluyendo el espionaje. Clarke siguió de cónsul hasta 1664 en que fue sustituido por Thomas Cowling, un inglés católico al que le tocó lidiar con la creación y desaparición de la “Canary Company”, período que hay que estudiar aparte por sus repercusiones y enseñanzas. Cowling vivió en la ciudad de Aguere con su esposa e hijas hasta su muerte en 1671, en que John Webber (castellanizado como Juan Guebar) le sucede en el cargo de cónsul.

 En 1665, tras la formación de la Compañía de Canarias y las duras reacciones populares que se produjeron, el cónsul, junto a los factores nombrados por la Compañía, tuvieron que refugiarse en el Convento de Santo Domingo, protegidos por el Capitán General para salvar sus vidas, aunque los factores ingleses terminaron por ser expulsados de la isla.

En general los mercaderes ingleses en Tenerife mantuvieron estrecho contacto con las elites coloniales canarias. Algunos tuvieron gran influencia en esos sectores acomodados, incluyendo al clero y la milicia. Un ejemplo paradigmático de ello fue Marmaduke Rawdon de York, sobrino del Canary Merchant londinense Sir Marmaduke Rawdon y factor del mismo en Tenerife entre 1631 y 1655 que, tras años en su casona lagunera, compró y arregló la Hacienda de Los Príncipes, que había sido propiedad de los Leyva, príncipes de Ascoli, espurios descendientes de Felipe II, en el Realejo Bajo donde instaló, además de una extensa biblioteca una bolera y un billar. A la Hacienda, donde se podía beber cerveza traída de Inglaterra, iba como invitado desde el Obispo –al que concedió varios préstamos- al Gobernador y a la máxima autoridad española, el Capitán General. Marmaduke trajo a la isla, a un pastor protestante –lo que estaba fuera de los puntos del Tratado-  el Dr. Burch, para la colonia inglesa y, además, al médico inglés Evans Pieugh que, con permiso eclesiástico, asistía incluso a las monjas de clausura laguneras precedido de una monja tocando la campanilla por los corredores para que el resto de la comunidad se encerrara en sus cubículos. Vivía opíparamente con vajillas de plata en su comedor con los invitados tanto ingleses como de la nobleza española y, en la etapa republicana de Cromwell, la Hacienda sirvió de refugio a muchos royalists perseguidos. En un viaje que hizo a su Inglaterra natal a dar cuentas a su tío de la marcha de los negocios en Canarias, salió de La Laguna acompañado de 40 caballeros para el Puerto de la Orotava donde embarcó en navío comandado por el capitán Gaspar de Osorio en medio de salvas y fuegos artificiales. Recaló en Gomera donde se aprovisionó, para el viaje cargando, como nos cuenta en su biografía ,entre otras viandas, “dos pipas de vino canario, tocino, diferentes clases de pescado, 14 ovejas vivas, 30 pavos, 120 gallinas, dos cerdos vivos, 40 botes de aceitunas, seis pequeños barriles de sopas o guisados, cuatro pequeños barriles llenos de cajas de mermelada de diferentes clases y diferentes tipos de dulce secos”. Parece ser que llegaron a Portsmouth casi sin provisiones.

Entre los caballeros acompañantes de Marmaduke desde La Laguna al Puerto de la Orotava estaba el capitán Henry Ishan (Enrique Ysan) que nos ilustra de cómo eran las relaciones entre ingleses y autoridades españolas. El comisario del Santo Oficio de La Laguna había comunicado al Tribunal en marzo de 1626 que Ysan “había comulgado públicamente causando en unos mucho escándalo aunque en otros devoción por pensar y atribuirlo a conversión y reducción”. Enrique Ysan, el influyente comerciante que había traído de Inglaterra el primer coche de caballos estilo inglés (“Coach”), llamado a declarar, adujo ante el Tribunal que no se había mostrado públicamente como católico “por no perder el comercio y trato que tiene en Inglaterra y Francia”. Ysan había sido apresado por el Capitán General y sus bienes confiscados el mes anterior por hereje, al estallar la guerra hispano-británica de 1626 y, de esa forma, recuperaba sus bienes y su status.

Aunque algunos vicecónsules no fueron ingleses sino canarios de nacimiento, como el alférez Lucas Pérez Talavera, nombrado por Leonardo Clerque para el puerto de Garachico, todos los cónsules sí que fueron ingleses, con un interregno en 1688 en que el vicecónsul, el irlandés Gregory Lynch –Jorge Lynch- casado con la canaria Clara de León, ejerció de cónsul hasta el nombramiento de Edmund Smith como titular. Ya a mediados del XVIII se suprimió la condición de que los Cónsules en Canarias, además de ser ingleses, tenían que estar avecindados en Tenerife y ser mercaderes o factores.

Hubieron algunos roces con la Inquisición a causa de la prerrogativa de los cónsules de juzgar, apresar y remitir a Inglaterra a marinos o residentes que incumplieran las leyes inglesas, sobre todo en los casos en que el infractor, a veces para librarse de la pena, se “redujera” abjurando de la herejía anglicana y convirtiéndose al catolicismo, pero los más serios sucedieron con Edmund Smith, 7º cónsul en Tenerife, protestante residente en el Puerto de la Cruz de la Orotava en la última década del XVII (1690-1700).

En esos años la colonia británica en Canarias se vio sacudida por los enfrentamientos en el Reino Unido (Inglaterra, Escocia e Irlanda) entre los jacobitas que apoyaban al católico Jacobo III y los orangistas, partidarios del protestante Guillermo de Orange (Guillermo III) que finalmente se impuso en la contienda por el trono inglés. Aquí, en Tenerife, se unieron en contra del cónsul  Smith los irlandeses católicos, cada vez más influyentes, como los Walsh –que se transformaron en Valois en Francia y en Canarias- con Bernardo Valois al frente- los Power, los Mead, como Richard Mead uno de los más importantes wine’s merchants que en los años 90 solicitaba escolta armada para sus barcos, los White, españolizados a Blanco,…junto a algunos ingleses “convertidos” o católicos y algunos, más escasos, ingleses jacobitas. Los rebeldes llegaron a fijar pasquines antiorangistas contra Guillermo III y sus ministros por las esquinas del Puerto de la Cruz, por lo que el Capitán General, Antonio Eril Vicentelo, conde de Eril, a petición del cónsul, hizo prender a algunos de ellos que fueron multados. Ya en 1692, el carpintero de ribera inglés Antonio Clavío Blanco se había alzado, junto a otros marineros, con un navío, por lo que el cónsul Smith, basado en el Tratado, pretendió apresarlo para enviarlo a Inglaterra para su juicio. El acusado se refugió en el convento de Santo Domingo en el Puerto solicitando su reducción por lo que el cónsul recurrió al Capitán General, como Juez Conservador, para que se le entregara al marinero porque “el ser católico no quita de ser vasallo del Rey de Inglaterra”, pero el Tribunal de la Inquisición ordenó al comisario de la Orotava que, bajo pena de fuerte multa, advirtiera al cónsul para que dejara en paz al convertido.

Edmund Smith, como cónsul, erra bastante activo. Si un inglés enfermaba, perdía la capacidad de gestionar sus asuntos o moría, el cónsul se encargaba de inventariar sus bienes y, si lo creía oportuno, los subastaba para remitir el dinero obtenido a sus parientes en Inglaterra. Uno de esos casos fue el de Richard Lawson (Ricardo Lauson) que, al parecer, había perdido el juicio. El Capitán General ordenó el inventario de sus bienes pero Smith, alegando el Tratado, reclamó que, como cónsul de la nación inglesa, le correspondía a él esa tarea y su liquidación antes de embarcarlo para Inglaterra. Igual sucedió con otro mercader, Carlos Dier, al que, para evitar su reducción, declaró como loco para embarcarlo forzado para Inglaterra.

En 1699 el Tribunal recibe quejas por los excesos que Edmund Smith cometía con los “reducidos”, supuestamente conversos al cristianismo. Dos memoriales se presentan en marzo contra Smith, sin firmar, pero respaldados por mercaderes británicos (irlandeses e ingleses), acusándolo ante la inquisición de amenazar e injuriar a los que se reducían. Citaban como ejemplos los casos de Dier y Lawson. Apuntaban además que, en la casa del cónsul, se celebraban funciones religiosas con presbíteros protestantes. En la investigación que ordena el Tribunal, el comisario de La Orotava añade nuevos cargos, como amenazas a los reducidos con publicar el listado de sus nombres en las gacetas inglesas como renegados, privándolos del apoyo inglés. Otros comerciantes, en mayor número, apoyan al cónsul, desmintiendo las acusaciones y bastantes se niegan a declarar ante el comisario que solicita en junio su detención al Capitán General para que presten su declaración pero, ante la exposición del cónsul de que, según el Tratado, no podía someterlos a otro tribunal que no fuera el Juez Conservador –el propio Capitán General-fueron puestos en libertad.

El Tribunal de la Inquisición decide procesar al cónsul a pesar de la posición del Capitán General, el conde de Eril –conocido austracista frente a los borbónicos ante la sucesión española que, al año siguiente se desataría en una nueva guerra- que pidió al Tribunal que se suspendiera el proceso  ante “el estado de la Monarquía y lo vidrioso que está esta nación y su Rey”. El Consejo de la Inquisición apoyó la propuesta de procesamiento del Tribunal que alegaba “la mucha mano que van tomando los ingleses en dicha isla”, introduciendo libros heréticos y predicadores protestantes, por lo que, a pesar de los capítulos sobre los procesamientos y el Juez Conservador, contemplados en los Tratados de paz, declaró el caso fuera de la jurisdicción del Capitán General y la prisión del cónsul para ser enviado a Las Palmas, sede del tribunal inquisidor desde su creación en Canarias en 1505.

En febrero  de 1697 el Alguacil Mayor del Santo Oficio de Tenerife, cargo ejecutivo del Tribunal al que competían las detenciones y encarcelamientos, detuvo al cónsul, pero  comunicó al Tribunal las exigencias de varios ingleses que solicitaban al Capitán General, como Juez Conservador, la liberación de Edmund Smith, petición a la que se sumaban la de los capitanes de los dos navíos de guerra ingleses anclados frente al Puerto de Santa Cruz a los que los mercaderes ingleses planteaban que liberaran al cónsul cuando lo trasladaran a Las Palmas e incluso que cañonearan a la ciudad, lo que no se llevó a efecto porque otros ingleses estaban en contra de la medida. En esa tesitura el Tribunal ordenó al Alguacil Mayor que esperara al traslado cuando no estuvieran en estas aguas los barcos de guerra ingleses.

Al mes siguiente el cónsul ingresó en prisión en Las Palmas para su proceso, prisión y proceso que duró más de medio año, con los interrogatorios  a casi 70 personas, más de la mitad británicos, de los cuales la mayoría, encabezados por el irlandés Bernardo Valois atacaban a Edmundo Smith, al tiempo que dirigían escritos al gobierno británico para su destitución como cónsul. Entre los que prestaron declaración estaba el recién nombrado como nuevo Capitán General, el garachiquense Pedro de Ponte Llerena, primer Conde del Palmar, aquel que durante la regencia de Mariana de Austria llevó a cabo en las islas una leva forzosa de 1.000 hombres para formar el “Tercio de Canarias” y combatir en la guerra contra Portugal.

El embajador británico en Madrid terció también en el proceso pidiendo la libertad del cónsul y el propio rey orangista inglés, Guillermo III, dirigió a Pedro de Ponte una carta en latín que se conserva en el Museo Británico solicitando esa liberación, al tiempo que se enviaba a las islas nuevos navíos británicos de guerra. Finalmente el Tribunal de la Inquisición condenó a Smith a una multa de 200 ducados y a ser desterrado de Canarias.

Ambrose Roper fue nombrado nuevo cónsul. Cuando estalla la Guerra de Sucesión española desde 1701 a 1713 en que se firma en Tratado de Utrecht reconociendo al Borbón Felipe V como Rey de España y sus colonias (aunque la guerra continua en Catalunya hasta la batalla de Barcelona el 11 de Septiembre de 1714 con la muerte del Conseller en Cap del Consejo de Ciento catalán, Rafael Casanova, que se sigue conmemorando con la Diada) son bastantes los ingleses que abandonan Canarias. El cónsul Rope  elabora la lista nominal de los que querían volver a Inglaterra. Dos docenas de ingleses, todos protestantes menos un católico, que abandonaban Tenerife en 1704 como bastantes otros ya habían hecho. Con el cierre del comercio durante la guerra fue sucediendo un retroceso de los malvasías canarios ante los oportos portugueses. El declive había comenzado.

En 1717, en la elección del nuevo cónsul tras la muerte de  William Pouldon, solo se contabilizan 46 votos, de los cuales 32, la mayoría de católicos irlandeses o jacobitas ingleses apoyan a John Crosse Sr. frente a 14 que lo hacen a John Cross Jr. que, pese a ello, es el elegido por Londres por tener el mayor apoyo de los protestantes ingleses y responder, por lo mismo, mejor a las intenciones del Foreing Office inglés. Ya en 1744, ante la posible nueva guerra con Inglaterra por el apoyo prestado por los españoles a la independencia de las Trece Colonias inglesas para debilitar la presencia inglesa en América, la Inquisición española ordenó realizar el censo de herejes protestantes.

Solo se registró una familia escocesa en el Puerto de la Cruz establecida comercialmente. El declive era ahora imparable.

Francisco Javier González

Gomera a 6 de julio de 2020

 

* La casa de mi tía agradece la gentileza de Francisco Javier González

Parte I: Apuntes para un cambio de ciclo forzoso (I) en los ciclos económicos y el monocultivo

Parte 2: Apuntes para un cambio de ciclo forzoso (II) El azúcar

Parte 3: Apuntes para un cambio de ciclo forzoso (III) El vino y el mercado inglés. Las NAVIGATION ACTS

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