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martes, 23 de abril de 2024 10:22h.

Política 3.0: Ya es necesario e imprescindible que los ciudadanos “gobernemos” aprovechando las virtudes de las nuevas tecnologías existentes (parte II) - por Carlos Gallo Garavano

Con el objetivo de llevar a la práctica lo expresado en el título de este artículo de opinión y con el fin de obtener acciones inmediatas por parte de los Ayuntamientos, es de gran importancia lo indicado en un artículo de la Ley 7/1985 y sus modificaciones posteriores, donde expresa:

Política 3.0: Ya es necesario e imprescindible que los ciudadanos “gobernemos” aprovechando las virtudes de las nuevas tecnologías existentes (parte II) - por Carlos Gallo Garavano (*)                                                

Con el objetivo de llevar a la práctica lo expresado en el título de este artículo de opinión y con el fin de obtener acciones inmediatas por parte de los Ayuntamientos, es de gran importancia lo indicado en un artículo de la Ley 7/1985 y sus modificaciones posteriores, donde expresa:

Artículo 70 bis. 3. Asimismo, las entidades locales y, especialmente, los municipios, deberán impulsar la utilización interactiva de las tecnologías de la información y la comunicación para facilitar la participación y la comunicación con los vecinos, para la presentación de documentos y para la realización de trámites administrativos, de encuestas y, en su caso, de consultas ciudadanas.

Ley y artículos actualizados: “http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l7-1985.html”

El Gobierno de España actualmente está preparando una nueva reglamentación para regular el funcionamiento de las Administraciones Locales, que es fundamental que estén abiertas a la participación masiva y directa de los ciudadanos en las decisiones municipales y por lo tanto es el momento propicio para realizar propuestas de cambio para que los Alcaldes tomen debida nota y eleven las iniciativas para que sean tenidas en cuenta en la aprobación definitiva de la nueva legislación.

Algunas propuestas pueden ser las siguientes:

Propuestas

a) implementar un sistema basado en las TIC tecnología de la información y comunicación para permitir la participación de los ciudadanos residentes en las decisiones municipales, ya sea con carácter vinculante o solamente en forma consultiva o informativa.

b) una referencia de la “Política 3.0” que está acorde con los tiempos actuales y que aspiran tener los ciudadanos, es la establecida y utilizada en el municipio de Jun mediante el “Portal de Teledemocracia”, donde sus 3450 habitantes tienen la libertad de:

“http://www.ayuntamientojun.org/pleno2/participa.html”

    b1) conocer anticipadamente el Preorden del Pleno,

    b2) descargar toda la documentación del Pleno,

    b3) enviar preguntas y/o sugerencias relacionadas con los puntos expuestos en el preorden, que serán incluidos en el Orden del Pleno,

    b4) tener una participación especial para aprobar el presupuesto municipal,

    b5) intervenir mediante videoconferencia para realizar las preguntas directamente durante el pleno, aunque este derecho no es en todos los plenos,

    b6) de enviar email que serán respondidos durante el desarrollo del Pleno, salvo que por su cantidad se tengan que responder posteriormente por email,

    b7) participar y opinar sobre los puntos del orden del día durante la sesión plenaria, enviando tweets que se visualizan en la pantalla ubicada en el salón de plenos  

c) analizar la posible copia adaptada del sistema utilizado en los cantones suizos, donde tienen la libertad y responsabilidad de decidir sobre infinidad de cuestiones relacionadas con la vida cotidiana de los ciudadanos.

d) implementar un sistema que establezca sanciones progresivas en concordancia con los errores cometidos por los Concejales durante el ejercicio de sus funciones (entre ellos mentir, insultar, etc) y que en base a la magnitud o reiteración de las mismas puedan perder su condición de Concejal en favor del siguiente de la lista electoral presentada para las elecciones municipales. Una referencia es el carnet de conducir por puntos o desde este año en el novedoso carnet por puntos para establecer las sanciones en el mundial de motociclismo, que puede llegar por acumulación de puntos a la sanción de no disputar una carrera.

e) solventar la actual y aparente discriminación que tenemos la mayoría de los ciudadanos con derecho a voto en España, al no tener las libertades de los residentes del municipio de Jun.

f) generar y establecer un nuevo modelo de relación física y directa entre las autoridades y funcionarios del ayuntamiento con sus vecinos, evitando que desaparezca la cercanía y el calor humano actual, contrarrestando de esa forma el aparente alejamiento que puede surgir con  implementación de un sistema totalmente virtual.

g) teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de los Plenos Municipales y lo indicado en el punto d) anterior, el Secretario del mismo debería reflejar en la acta correspondiente, cualquier incidencia de las indicadas en el punto 10) publicado en la primera parte o cuando las necesidades del desarrollo del acto requieran la comunicación telefónica con terceras personas.  

 

Sin generar agravios comparativos, hay que felicitar a los Alcaldes que no consideran relevante la tradicional “respetar la disciplina de partido” y gobiernan en beneficio de sus vecinos y no de las decisiones de su jefe de partido del organismo público superior.

 

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(*) [email protected] - Carlos Gallo Garavano, reside en el Sureste de Gran Canaria