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martes, 19 de marzo de 2024 00:00h.

Retirar la Reforma (del Estatuto) - por Santiago Pérez

 

santiago pérezEl sistema electoral al Parlamento de Canarias es la auténtica “Constitución” de la autonomía del Archipiélago.

Retirar la Reforma (del Estatuto) - por Santiago Pérez *

El sistema electoral al Parlamento de Canarias es la auténtica “Constitución” de la autonomía del Archipiélago.

Su mantenimiento  a ultranza es la cláusula de oro que Coalición Canaria ha venido imponiendo durante un cuarto de siglo a sus aliados de turno en los sucesivos “pactos de gobernabilidad”  ora con el PP, luego con el PSOE.

Este conjunto de reglas que condicionan la composición del Parlamento, pero sobre todo predeterminan la mayoría  parlamentaria y por lo tanto el Gobierno,   fueron fijadas por las Cortes Generales durante la tramitación de la Reforma del Estatuto de 1996.

Y son la Constitución Canaria real, porque sustenta un sistema de poder blindado frente a la alternancia: el sistema de poder institucional  --y no sólo institucional--  que representa Coalición Canaria. Ese sistema de poder cuyos auténticos dueños y beneficiarios califican la función  legislativa como “paseíllo parlamentario”. Un sistema de poder que no sólo tiene la C de los constructores, sino también la H  y la SR de la sanidad privada.
Ahora se han asustado. Es tan obscena la situación actual, está tan degradado   el sistema institucional que debería representarnos a todos los canarios, que ha servido por fin de fermento de una amplia mayoría decidida a cambiar el sistema electoral. Lo que la sociedad canaria necesita inaplazablemente no es más autogobierno, sino mejor y más democrático.

Ayer, en una especie de ópera bufa, Asier Antona se postró en hinojos ante el Régimen comprometiéndose a  la retirada de la Reforma del Estatuto  (sería la segunda vez, después de desaprovechar el favorable escenario político de 2006-2007)  si  las Cortes Generales llegan a hacer lo mismo que hicieron en 1996: cambiar el sistema electoral canario; pero esta vez para mejorarlo, no para deteriorar nuestra autonomía como hicieron entonces.

Flaco favor le ha hecho Asier a esta tierra en su flamante debut como presidente del PP canario. Porque la fotografía queda aunque “retrodezcan”: la de Antona y Clavijo con el puñalito en la mano, como diría Pedro González.

Cuando las Cortes Generales toman en consideración una proposición de Ley, sea orgánica u ordinaria, propuesta por los grupos parlamentarios, por los ciudadanos  (iniciativa legislativa popular) o   --como en este caso--  por un Parlamento autonómico,  la hacen suya. La votación de toma en consideración significa que el órgano legislativo comparte la oportunidad/necesidad de la proposición de ley y, con carácter general,   su enfoque o contenido legislativo. A partir de ese momento la disponibilidad de la propuesta legislativa está en manos de las Cortes.

Para que el Parlamento de Canarias acuerde la retirada de la Reforma, renunciando a ella, debe cumplirse una condición: que las Cortes modifiquen sustancialmente la propuesta de Reforma remitida por el Parlamento de Canarias.

Parece difícil cuestionar que son las Cortes quienes han de interpretar un concepto jurídico  indeterminado: modificación sustancial. ¿Es sustancial una modificación del sistema electoral, para democratizarlo, una vez que el propio Parlamento ha incluido en su propuesta de Reforma del Estatuto  algunos cambios del actual sistema electoral?

¿Cuándo hay que valorar si se ha modificado sustancialmente la reforma propuesta? ¿Cuándo el Congreso y el Senado la hayan tramitado y votado definitivamente? ¿Cuándo el Pleno del congreso vote la Reforma, antes de remitirla al Senado? ¿Cuándo la Comisión Constitucional del Congreso dictamine la Reforma para su debate y votación por el Pleno? ¿Cuando la ponencia constituida al efecto en la Comisión Constitucional apruebe su informe, que servirá de base al dictamen de la Comisión y éste al debate y votación por el Pleno del Congreso?

Ninguno de estos actos parlamentarios, ninguno, se había producido cuando Coalición Canaria   --por temor a una posible modificación de la “Constitución de su Régimen”: el actual sistema electoral--   pidió y obtuvo la retirada de la Reforma de 2006, desaprovechando una oportunidad única de mejorar y ampliar nuestro autogobierno. Fue por lo tanto, una retirada preventiva, contraria a lo dispuesto en el propio Estatuto de Autonomía. Entonces y ahora es evidente que  lo que les interesa a ellos y a quienes representan es  el poder: lo demás son vainas.

¿Qué ocurriría si las Cortes mejoran democráticamente el sistema electoral durante la tramitación de la Reforma del Estatuto y consideran que no se trata de una modificación sustancial de la propuesta de reforma acordada por la Cámara autonómica?

Que la Reforma del Estatuto irá al BOE y entrará en vigor.

Y si Coalición Canaria y algún  socio de turno, incluido un PP que puede quedar en minoría en las Cortes en este asunto, no están de acuerdo  que reclamen al maestro armero, que se llama Tribunal Constitucional. Que para eso está. Y, entretanto, la Reforma del Estatuto aprobada por Las Cortes se aplicará. Y, con un sistema electoral democratizado, en 2019   el Parlamento de Canarias representará al pueblo canario. Y la patronal de la construcción no podrá volver a llamar “paseíllo” al ejercicio de la función legislativa del Parlamento.

Ni su “medianero” de turno acusar a los Grupos parlamentarios  (incluido  el propio Ruano, que representa a Coalición Canaria en los trabajos de la ponencia legislativa) que intentan mejorar su Proyecto de Ley del Suelo, es decir el proyecto de los constructores y su medianero, de estar usando tácticas para retrasar la aprobación de la Ley.

- En La casa de mi tía por gentileza de Santiago Pérez

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