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jueves, 25 de abril de 2024 03:33h.

Bicicletas, vehículos de movilidad personal (VMP) y las normas de circulación - por Drago M. Rodríguez Klisanic y Víctor Suárez Naranjo

 

FRASE POLICÍA LOCAL

Bicicletas, vehículos de movilidad personal (VMP) y las normas de circulación - por Drago M. Rodríguez Klisanic y Víctor Suárez Naranjo, policías locales de Las Palmas de Gran Canaria (LPGC)

 

Resulta notorio que una parte importante de ciudadanos no aplica el mismo grado de precaución, responsabilidad y adecuación a la norma cuando actúa como peatón y/o como conductor de bicicleta u otros ingenios mecánicos que cuando lo hace como conductor de vehículos a motor, posiblemente porque subestiman la alta potencialidad de sufrir o causar daños y en ocasiones porque desconocen las normas de tráfico que les afectan como elementos obligatorios básicos, circulación y límites de velocidad. Por este motivo queremos facilitar la información necesaria para la correcta utilización de las vías, especialmente con bicicletas y VMP.

En los últimos años se ha incrementado el uso de bicicletas y, recientemente, las nuevas tecnologías han favorecido la aparición de soluciones de movilidad urbana que facilitan los desplazamientos personales mediante nuevos modelos de vehículos (los llamados VMP) de los que se pueden diferenciar dos tipos: los mecánicos no eléctricos (patines, monopatines y similares) y los mecánicos eléctricos (segway, patines, monopatines, patinetes y análogos).

 

Debemos llevar obligatoriamente

En bicicleta:

Llevará obligatoriamente las luces (blanca delantera y roja trasera) y catadióptricos reglamentarios, así como timbre.

El uso del casco en bicicleta es obligatorio siempre para los menores de 16 años. Para los adultos únicamente en vías interurbanas. Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado los ciclistas llevarán, además, una prenda o elemento reflectante si circulan por vías interurbanas.

 

En VMP:

Deberán ajustarse en su diseño, fabricación, y comercialización a los requisitos técnicos de industria. Aunque está pendiente a desarrollar debemos saber que, según la Dirección General de Tráfico (DGT), los grupos B, C0, C1 y C2, los cuales tienen una velocidad máxima igual o superior a 30Km/h, deben de disponer como mínimo de frenos y timbre.

Circulación en bicicleta y VMP

Todos los usuarios de la vía (peatones, ciclistas, VMP y resto de conductores) deberán respetar las normas, señalizaciones de tráfico y al resto de usuarios.

Según el tipo de vehículo y vía podemos circular como se muestra a continuación (regulado por la Ordenanza Municipal de Tráfico -OMT- de LPGC):

circulación

  1. Cuando no exista carril bici.
  2. Salvo que se trate de zonas, vías o partes de la misma que estén especialmente destinadas.
  3. Excepto menores de 12 años bajo la responsabilidad de la persona que ostente su guarda, o aquellos vehículos que cuenten con una autorización municipal expresa y circularán a paso de persona por aceras, paseos y andenes.
  4. Circularán siempre a paso de persona y no tienen prioridad de paso respecto a los peatones.
  5. Carril bici y zonas o itinerarios concretos autorizados por la autoridad municipal.
  6. Si no existe vía para ciclistas, circulará por el arcén de la derecha y si no fuera transitable o es insuficiente, utilizará la parte imprescindible de la calzada.
  7. Los mayores de 14 años podrán circular por los arcenes salvo que una señal lo prohíba.

 

Los conductores de bicicletas o VMP y resto de vehículos deben guardar entre ellos una separación lateral de 1.5 metros como mínimo y una distancia de seguridad frontal que permita detenerse en caso de frenada brusca sin colisionar con el vehículo que le precede (regulado por la OMT de LPGC en tres metros como mínimo cuando circule un vehículo a motor detrás de una bicicleta).

Si se va en grupo se podrá circular en columna de a dos. Si hay poca visibilidad o el tráfico se complica se circulará en hilera, de uno en uno.

En los adelantamientos a ciclistas incluso se podrá rebasar línea continua e invadir parte o todo el carril contrario siempre que no exista riesgo para la circulación, guardando las distancias mínimas de seguridad.

Prioridad de paso

Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando se circule por un carril bici, un paso para ciclistas y por arcén debidamente señalizado. También la tendrán cuando un vehículo a motor vaya a girar a la derecha o izquierda para entrar en otra vía y el ciclista esté próximo o cuando -circulando en grupo- el primero haya iniciado el cruce o entrado en una glorieta.

 

Ceder el paso

Los ciclistas deberán ceder el paso:

1.-Ante un paso para peatones debidamente señalizado y deberán cruzar éstos a pie excepto cuando estén autorizados con señalización específica.

2.-Cuando se vaya a girar para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, aunque no haya un paso habilitado para estos.

Cuando el carril bici se encuentre situado en acera, los ciclistas respetarán siempre la preferencia de paso de los peatones que los crucen.

 

Cambios de dirección o carril

Existen diversas señales manuales para indicarlos. Por ello recomendamos que la señal más sencilla será la más reconocida por el resto de usuarios de la vía; es decir, brazo derecho extendido para girar a la derecha, brazo izquierdo extendido para girar a la izquierda y brazo extendido con movimientos de arriba abajo, cortos y rápidos, para reducir la velocidad o parar.

 

Velocidad máxima de circulación

velocidad máxima de circulación

(*) Velocidad máxima (salvo limitaciones inferiores específicas que hemos de respetar).

(**) Podrán superar la velocidad máxima en aquellos tramos en los cuales las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior. En ningún caso podrán superar la velocidad máxima establecida para la vía.

(***) La velocidad máxima permitida será al paso de persona, no deberían superar la velocidad orientativa de 10km/h (OMT de LPGC).

 

Transporte de personas

Está prohibido transportar pasajeros en bicicletas de una persona. No obstante, cuando el conductor sea mayor de edad podrá transportar a un menor de hasta siete años en asiento adicional, remolques, semirremolques y resto de dispositivos sujetos a sus homologaciones.

 

Transporte de carga

Está prohibido cargar la bicicleta con objetos que dificulten su utilización o reduzcan la visión, salvo que tengan dispositivos adecuados para el transporte de carga y sujetos a sus homologaciones.

                                           

            Transporte de animales

Está prohibido llevarlos con la correa sujetándolos con la mano, amarrados a la bicicleta, etc. Pueden llevarlos en los dispositivos adecuados para su transporte y sujetos a sus homologaciones.

En VMP está prohibido transportar personas, carga o animales, a excepción de los construidos y homologados para tal fin.

 

Estacionamientos

Las bicicletas estacionarán en los espacios acondicionados para tal fin, debidamente aseguradas. En los supuestos de no existir aparcamientos próximos (75 metros), podrán ser amarradas a árboles, bancos, barandillas, etc. (sin crear obstáculo para los peatones y daños al mobiliario urbano), pero nunca en señales de regulación y protección del tráfico y por un plazo máximo de 24 horas, respetando un espacio mínimo de un metro como zona de tránsito.

Infracciones más habituales (las cuantías de las sanciones van desde 80 a 500€).

-Conducir mientras se usan auriculares o telefonía móvil.

-Circular sin estar provisto de alumbrado reglamentario.

-Circular sin hacer uso del casco.

-No parar en un semáforo en rojo, stop o ceda el paso.

-Conducir de forma negligente o temeraria (soltar el manillar, zigzagueando, circular en una sola rueda, etc.…).

-Conducir sin mantener la atención permanente.

-Circular con una bicicleta por la acera y demás zonas peatonales.

-Circular en bicicleta sin disponer de timbre.

-Estacionar la bicicleta fuera de los espacios acondicionados a tal fin.

-Circular con (VMP-eléctrico) por la calzada, las aceras y demás zonas peatonales.

 

Es necesario recordar que los ciclistas y resto de conductores tienen prohibido circular con tasas de alcohol superiores a las establecidas, así como bajo los efectos de sustancias psicotrópicas, drogas y análogas (las sanciones pueden llegar hasta 1000 €).

Nosotros hemos realizado diversas sugerencias a la DGT, específicas para ciclistas y VMP para su mayor protección y seguridad con relación al uso del casco para todos los conductores, el alumbrado en funcionamiento a todas horas y la señalización con banderín en los remolques, transporte de menores y en bicicletas conducidas por menores de 12 años.

Para el uso del teléfono móvil, consumo de alcohol y drogas se han propuesto diversas sugerencias para corregir estas conductas peligrosas que afectan a los conductores y al resto de usuarios de la vía, especialmente a los más vulnerables (ciclistas).

Independientemente de las obligaciones por norma, recomendamos circular a cualquier hora del día con ropa de color llamativo o reflectante, luz diurna, catadióptricos laterales, señalización con banderín en la circulación con menores y remolques, utilizar el casco de protección para todos los conductores en todas las vías, espejo retrovisor, seguro de responsabilidad civil y mantener la bicicleta en buen estado, principalmente luces y frenos.

 

* La casa de mi tía agradece la gentileza de Drago M. Rodríguez Klisanic y Víctor Suárez Naranjo

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