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jueves, 25 de abril de 2024 00:27h.
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Firmas

Nula actuación contra los bolardos ilegales - por Manuel Zarrabeitia

La Real Academia Española no ha sido capaz de rectificar la definición de la palabra 'bolardo', todo una incongruencia y error garrafal de los señores Académicos, como si la definición no tuviera la mínima importancia, lo mismo que la Defensora del Pueblo señora Becerril y el Diputado del Común de Canarias, señor Saavedra con su nula actuación en contra de la invasión de los bolardos hasta en los semáforos de Las Palmas de Gran Canaria...

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Una reflexión fácil de los bolardos a los ciudadanos y concejales - por Manuel Zarrabeitia

¿Se podrían instalar bolardos en la separación de carril y arcén en una autovía o autopista para impedir el paso o aparcar los vehículos en al arcén? Rotundamente NO, en ningún caso, pues por una emergencia si fuera necesario, bastaría la raya continua, pero nunca los bolardos, obstáculos físicos prohibidos toda la vida en los espacios públicos. Es un caso idéntico, aplicable con los bolardos en las aceras, calles y zonas peatonales. Bolardos e hileras de bolardos, NO; señales, rayas continuas y sanciones a los infractores SÍ.

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Que los bolardos no sigan invadiendo las ciudades - por Manuel Zarrabeitia, discapacitado

Los bolardos, en modo alguno, están previstos en los textos legales de Tráfico R.G.C. y Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial, para no invadir y aparcar los vehículos en los espacios públicos de las personas y sí, están previstas las señales legales y las sanciones a los infractores. En los referidos textos legales ni siquiera se menciona la palabra bolardo.