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jueves, 25 de abril de 2024 15:33h.

Por qué decimos no al anteproyecto de Ley del Suelo - BEN MAGEC ecologistas  en acción

ben magecCon estas nuevas figuras se podrá construir cualquier cosa en cualquier suelo

Por qué decimos no al anteproyecto de Ley del Suelo - BEN MAGEC ecologistas  en acción

PORQUE PONE EL TERRITORIO AL SERVICIO DE LOS INTERESES ECONÓMICOS DEL TURISMO Y LA CONSTRUCCIÓN.- Indica en su preámbulo su intención de condicionar la sostenibilidad a los tiempos y necesidades actuales en un momento de crisis, dando un carácter temporal a una ley que debe ser concebida largo plazo, adecuando el desarrollo sostenible a la generación de riqueza, un caso que en nuestro país conocemos bien y que posibilitó la burbuja inmobiliaria

PORQUE SUPONE LA LEGALIZACIÓN DE LO ILEGAL.- El texto permitirá la legalización de construcciones ilegales a través de numerosas disposiciones que, además, suspenden la obligación de demolerlas.

También elimina figuras de fiscalización y control del cumplimiento de la  norma, como la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC), y rebaja el alcance y la capacidad reguladora de la normativa. Todo ello facilitará en gran manera la corrupción urbanística.

PORQUE DESPOJA A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE SU PRINCIPAL COMPETENCIA.-  La nueva Ley supondrá una ruptura de la concepción global del territorio de Canarias, al ceder el Gobierno Autónomo sus competencias a favor de los cabildos y, sobre todo, de los ayuntamientos. Éstos, además de redactarlos, evaluarán ambientalmente sus propios planes, quedando muy limitada o casi inexistente la i8ntervención de administraciones superiores.

Esta cesión de competencias es, además, especialmente grave dado que  muchos ayuntamientos no cuentan con recursos técnicos y económicos para asumir dichas competencias.

Por otro lado, es tremendamente imprudente la cesión de la principal  competencia del Gobierno Autónomo a la administración más susceptible de usar el urbanismo como un generador de recursos, al contar con limitadas fuentes fiscales para obtener ingresos. Esto ha quedado suficientemente demostrado durante los años de la burbuja inmobiliaria.

PORQUE CREA FIGURAS ESPECIALES QUE ABREN LA PUERTA A CASI CUALQUIER COSA AL MARGEN DEL PLANEAMIENTO.-  El texto incorpora figuras de excepción al margen del planeamiento, entre ellas proyectos de interés insular o autonómico, ordenanzas provisionales y municipales, suspensión de vigencias y actuaciones de interés público o social, reduciendo el control sobre dichas figuras a través de diferentes mecanismos: evaluaciones ambientales simplificadas, continuación de la tramitación del planeamiento, aunque no se hayan generado los informes pertinentes, etcétera.

Con estas nuevas figuras se podrá construir cualquier cosa en cualquier suelo.

 

 

 

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PORQUE AUMENTA LA PRESIÓN ESPECULATIVA SOBRE EL SUELO RÚSTICO.- El texto permite una gran variedad de usos ordinarios del suelo rústico (deportivos, ocio, eventos deportivos a motor, etc.), usos complementarios (cualquiera que genere una

renta complementaria a la actividad agraria, sin especificar tipo de actividad ni porcentaje de renta), e incluye ciertos usos no ordinarios potencialmente admisibles (industria, equipamientos, energía, turismo, etc.).

Todo ello deja la puerta abierta a casi cualquier tipo de actividad y aumentará  la presión especulativa sobre el suelo rústico en un contexto de casi completa dependencia alimentaria del exterior.

 

PORQUE PERMITE LA DEGRADACIÓN DE LA CALIDAD AMBIENTAL DEL ESPACIO URBANO.- La ley permite, en nuevas actuaciones urbanísticas, la compensación de zonas verdes con otras preexistentes cuando se cumpla con la dotación mínima. Sin embargo, no establece el mismo mecanismo a la inversa, cuando otorga la posibilidad de superar la densidad máxima atendiendo a la existente, aunque ésta supere el límite legal. Es decir, se pueden hacer menos zonas verdes si antes había demasiadas, pero no se obliga a hacer más si antes no había suficientes.

Este tipo de medidas consolidan las infracciones urbanísticas cometidas y  conllevan la degradación de la calidad del espacio urbano, al ignorar la gran importancia que tienen las zonas verdes en dicho espacio.

POQUE NO INCORPORA MECANISMOS QUE GARANTICEN LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES, LA MOVILIDAD SOSTENIBLE Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.-  A pesar de que la Ley cita que en los principios y criterios que rigen la misma se incorporan la igualdad entre hombres y mujeres y la movilidad sostenible, en el conjunto de su articulado no desarrolla ningún mecanismo para garantizar ninguno de dichos principios.

En el caso de la movilidad, no se exige ni se vincula  el planeamiento  urbanístico y otras implantaciones singulares que puedan generar un gran número de desplazamientos al cálculo de la movilidad generada. No se recogen medidas que impliquen un reparto modal a favor del transporte público, la bicicleta y el peatón. Y ello, siendo la ordenación territorial y el planeamiento los elementos que configuran por excelencia la movilidad y que más pueden afectar a la sostenibilidad de la misma.

En el caso de la igualdad entre hombres y mujeres, que además debe ser  incluido en cualquier política pública de acuerdo a la Ley de Igualdad, no se exige de manera vinculante un informa favorable de impacto de género para el desarrollo de planes territoriales o urbanísticos.

La participación ciudadana ha brillado por su ausencia en la redacción de la Ley  y se refleja también en el contenido de la misma. Limita la participación ciudadana a la exposición pública. Se basa en instrumentos telemáticos y no garantiza respuesta por par5te de la Administración a las observaciones que se planteen. No se considera ningún mecanismo, plan o programa para el desarrollo de procesos participativos en ningún de las figuras del planeamiento. La participación pasa de ser un principio obligatorio a una facultad sujeta a la voluntad política. La participación está considerada como un elemento básico por el Libro Blanco de la Sostenibilidad en el

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Planeamiento Urbanístico Español y cualquier guía nacional y europea la expone como mecanismo imprescindible, si se pretende alcanzar una mayor sostenibilidad en el ámbito de la planificación urbanística.

 La falta de establecimientos de mecanismo en tres cuestiones tan importantes como el género, la movilidad sostenible y la participación ciudadana en una Ley que establece las bases para la ordenación del principal recurso de nuestro archipiélago, el territorio, la muestra como retrógrada e ineficaz para afrontar los retos a los que se enfrenta nuestra sociedad en la actualidad, pretendiendo hacer frente a la crisis económica con fórmulas que ya se han demostrado fallidas y cuyas consecuencias a largo plazo han sido devastadoras en nuestra sociedad.

Finalmente, advertimos que la aprobación de esta Ley dará vía libre a un  urbanismo basado en las ocurrencias de políticos e inversores, sin planificación ni control y donde quien mandará será el mercado. Esto dejará fuera a la mayoría de la población, creando guetos en los que nadie querrá invertir, expulsando personas y modos tradicionales de vida de las zonas rurales y disminuyendo con mucho nuestra ya menguada soberanía alimentaria.

Además, nos quitará cualquier posibilidad de decidir qué futuro queremos para  nuestra tierra.