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viernes, 26 de abril de 2024 22:20h.

Justicia y poder, ¿dos mundos separados? - por Nicolás Guerra Aguiar

El señor fiscal general del Estado –que lo es por decisión del presidente del Gobierno- acaba de llegar a una muy trascendental conclusión ante la Comisión de Justicia del Congreso de los diputados: está muy extendida en el país la idea de que la justicia no trata por igual a todos los españoles. Es decir, que hay cierta cortesía hacia los poderosos. Y esta no se manifiesta cuando el sujeto paciente es un anónimo ciudadano de los millones que no pueden soltarle al policía de turno “¡Usted no sabe con quién está hablando! ¡Deme su número de identificación, se va a enterar usted de quién soy!”. (ùsase también en inglés.)

Justicia y poder, ¿dos mundos separados? - por Nicolás Guerra Aguiar

  El señor fiscal general del Estado –que lo es por decisión del presidente del Gobierno- acaba de llegar a una muy trascendental conclusión ante la Comisión de Justicia del Congreso de los diputados: está muy extendida en el país la idea de que la justicia no trata por igual a todos los españoles. Es decir, que hay cierta cortesía hacia los poderosos. Y esta no se manifiesta cuando el sujeto paciente es un anónimo ciudadano de los millones que no pueden soltarle al policía de turno “¡Usted no sabe con quién está hablando! ¡Deme su número de identificación, se va a enterar usted de quién soy!”. (ùsase también en inglés.)

   Y como se piensa –erróneamente- que todos no somos iguales, tal confusión puede llevar a considerar como normal que uno mismo debe buscarse la vida en lo relacionado con los tributos, por ejemplo. Y se me ocurre qué pensará aquel honrado contribuyente al que multan por olvidarse de incluir en su declaración un ingreso extra tras saber sobre el perdón concedido por Hacienda a quienes guardaban en bancos extranjeros millones de euros de no demasiada pureza. Y que por declararlos y pagar el simbólico impuesto, su dinero negro fue legalizado.

   El señor fiscal achaca este desajuste a una legislación no solo insuficiente sino, además, desproporcionada ante hechos delictivos de extrema gravedad. Lo cual, dicho por tan importante autoridad resulta, como poco, perplejante: si tal es la realidad, ¿a qué espera para exigir al Gobierno la urgencia en la tramitación de penas mucho más severas, acordes con la importancia del delito? Y si hay fechorías que prescriben porque los tiempos legales se han consumido, ¿será tan complejo darles preferencia a aquellos expedientes que están a punto de archivo al paso de los años?

   Tengo la impresión de que no es difícil. Así, dos ejemplos: en octubre de 2013 un falso cura cometió varios delitos en una vivienda privada, ninguno de sangre.  Seis meses después (no seis años) se le juzga y condena. Y si uno no fuera consciente de que el comentario popular sobre distintos tratos no se ajusta a la realidad, podría presumirse ingenuamente que la celeridad dependió de un hecho muy importante: quién es el propietario de la vivienda asaltada.

   Algo parecido es el caso del señor Silva, magistrado, cuya causa fue también acelerada al máximo: cinco meses bastaron para la instrucción, comienzo y aplazamiento del juicio. Mismamente lo mismo: podría sospecharse –simple posibilidad- que, por ser vos quien sois, el encarcelamiento del señor Blesa (expresidente de Cajamadrid) por orden del juez Silva fue tenido en cuenta, lo cual es eso, potencialidad verbal. (¿Se refiere el señor fiscal general del Estado a casos como los que acabo de reseñar cuando afirma que también se sospecha de un “trato ideológico en función del acusado”?)

   Pero sí, sí es muy lenta la Justicia en España. En marzo de 2006, familiares de víctimas de homicidio y desapariciones forzadas entre 1936 y 1951 (114.266 españoles) presentaron una denuncia en la Audiencia Nacional. Más de dos años después, noviembre de 2008, aquella les contesta que declina su competencia sobre la querella y la traslada a juzgados territoriales. De 2003 es  el caso Faycán, de Telde (detenidos el exalcalde y la actual alcaldesa). Y el de Mogán, con detención incluida del señor alcalde, arranca en 2007.  

   Sin embargo, hay momentos en que la Justicia, por imperativo legal, se ve forzada a terribles impactos desestabilizadores en pocos meses. Así, lo que pasó con seis presuntos narcotraficantes de cuatrocientos cincuenta kilos de coca, abordados en aguas internacionales por la policía española en 2013. El señor don Tomás Martín, magistrado de Las Palmas, tuvo que dejarlos en libertad sin cargos pues debió aplicar la nueva ley aprobada por el Gobierno español: no se puede juzgar a detenidos fuera de la jurisdicción española. (El señor magistrado muestra su frustración. Yo, fiasco y perplejidad.) Y tampoco  la Justicia puede procesar (mucho menos extraditar) a supuestos verdugos de la dictadura franquista (algún excapitán de la Guardia Civil, algún miembro de la brigada político-social) porque sus barbaries interrogatorias ya están prescritas).

   Hay otros casos en los que, por contraste, son llamativas las penas impuestas. Y que pueden –vuelvo sobre las palabras del señor fiscal general- llevar a la falsa idea de que la Justicia no es igual para todos.  Así, por ejemplo, un hombre fue condenado en Barcelona a catorce años de cárcel por matar a puñaladas a su mujer ("de la acción se infiere inequívocamente el ánimo homicida”) y abandonar el cadáver en un bosque. Por asesinar a su pareja y esconder el cadáver en un doble tabique (tenía que desaparecer para que él pudiera casarse con su amante), otro fue condenado en Castellón a diecisiete años de cárcel. Y el último ejemplo: un vecino de Huelva cumplirá condena de nueve años de prisión por intentar electrocutar a su mujer y, luego, lanzarla a un barranco.

   Sin embargo, a los pocos meses de cometido el supuesto delito (23 de octubre de 2013), el falso cura que entró en la casa madrileña del extesorero muchimuchimillonario del PP y retuvo a tres personas acaba de ser condenado por la Audiencia Provincial de Madrid a veintidós años de prisión, condena superior a la que solicitó el fiscal, aunque próxima a la reclamada por la familia Bárcenas. Y por más que el tribunal considera que concurre en el condenado la atenuante analógica de alteración psíquica, se imponen las consideraciones en torno a la inviolabilidad domiciliaria, intimidad familiar de los titulares y moradores de la vivienda, la libertad y seguridad personal y la integridad física de las víctimas, así como la posesión de armas. O lo que es lo mismo, asesinar a la pareja con violencia recibe una condena menor que por poner en supuesto peligro la seguridad de los Bárcena.

   ¿Iguales? Por supuesto que sí: todos hemos de ir al retrete.