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viernes, 26 de abril de 2024 06:30h.

60 Catedráticos de Derecho Penal rechazan las Leyes Mordaza y piden su derogación

Los abajo firmantes, todos Catedráticos de Derecho Penal de treinta y cinco Universidades Públicas españolas, ante la grave situación que atraviesa la legislación sancionadora penal y administrativa en España, quieren poner de manifiesto y hacer públicas las siguientes consideraciones: 

Los abajo firmantes, todos Catedráticos de Derecho Penal de treinta y cinco Universidades Públicas españolas, ante la grave situación que atraviesa la legislación sancionadora penal y administrativa en España, quieren poner de manifiesto y hacer públicas las siguientes consideraciones:

1ª) El Gobierno, abusando de una mayoría absoluta obtenida legítimamente en las últimas elecciones, está impulsando unas reformas penales que padecen, al menos, de los siguientes defectos: a) En primer término evidencia una enorme pobreza técnica, lo que se ha puesto de relieve por los juristas que han informado ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados. Así, y paradójicamente, en unos tiempos en los que la calidad de la doctrina penal española está en uno de sus mejores momentos históricos, el Gobierno da a luz una pésima legislación de la mano de ignotos asesores. Lo anterior es lo que, seguramente, explica el que se hayan introducido en el texto de la reforma preceptos que superan la Constitución, pero no solamente por sus propuestas de fondo sino también por el deliberado y constante uso de términos ambiguos en la redacción de las normas, lo que compromete seriamente exigencias básicas del principio de legalidad penal; b) En la elaboración de las dichas reformas el Gobierno, además, ha prescindido de la tradición jurídica española, olvidando las esforzadas elaboraciones jurisprudenciales y doctrinales que han permitido en los últimos decenios superar problemas que nos perseguían desde hace siglos. Pues bien, cuando buena parte de las dificultades ya estaban solucionadas con las últimas reformas penales y las aportaciones de la doctrina y Jurisprudencia, el Gobierno vuelve a arrojarnos en los brazos de la inseguridad y de la incertidumbre; c) Las reformas propuestas, además, beben político criminalmente de las peores fuentes del siglo XX, de las corrientes más reaccionarias, más autoritarias, de aportaciones en suma que han sido por todos denostadas; d) Algunas de las iniciativas legislativas llevadas al texto de la reforma, profundizan en una línea dirigida conscientemente a alejar a los ciudadanos del servicio público de la Justicia, “privatizando” no pocas infracciones actualmente consideradas faltas y en las que se ven involucrados anualmente decenas de miles de ciudadanos: es el caso de los accidentes de tráfico. Esa privatización va a provocar que el ciudadano cargue con el pago de tasas, costas y peritajes, lo que le llevará en no pocas ocasiones a renunciar a reclamaciones para mayor beneficio de las compañías de seguros; e) Se produce un indeseado incremento de la gravedad de no pocas conductas, especialmente por la conversión de faltas en delitos, a lo que se suma el aumento de unas penas de prisión que ya son de por sí demasiado altas (pueden llegar hasta los cuarenta años) y a la previsión de una injustificable pena de cadena perpetua. Con todo ello el único efecto seguro va a ser el del aumento de una población penitenciaria ya suficientemente elevada, lo que por otra parte no se traducirá en una mayor seguridad ciudadana. e) Pero, quizá, lo más grave de esta iniciativa legislativa –por si lo anteriormente expuesto no fuera ya suficiente- es el claro abandono que se produce del principio de culpabilidad y su sustitución por criterios de peligrosidad: la dignidad humana va a resultar pisoteada en aras de un defensismo a ultranza, y los ciudadanos van a verse entregados no a la seguridad de la norma sino a la indeterminación de los criterios personales con los que se va a “administrar” la peligrosidad.

2ª) El Gobierno ha decidido privatizar, también, la seguridad, prescindiendo del modelo de seguridad pública que ha permitido mantener a España como uno de los países menos violentos del mundo. Para ello ha reducido drásticamente las plantillas de Guardia Civil y Policía Nacional y entregado a las empresas privadas ámbitos enteros de la seguridad –comenzando por las prisiones-, y habilitando a estas entidades para que mediante las oportunas comisiones provinciales, autonómicas y nacional decidan en cada momento el modelo de seguridad y las iniciativas a tomar a ese respecto. Este nuevo paradigma resulta reforzado por modificaciones como las contenidas en el Proyecto de reforma del Código Penal, mediante las que se equiparan, a efectos penales, los vigilantes privados de seguridad a los funcionarios públicos.

3ª) Mediante el Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana que en estos momentos se está tramitando en el Congreso, el Gobierno pretende restringir el derecho de reunión y manifestación. Para ello eleva a concepto de referencia no el de “orden público” entendido como normalidad en las manifestaciones colectivas de la vida ciudadana (que obviamente comprende las manifestaciones y reuniones y otro tipo de expresiones con las cuales se quiere poner de relevancia un cierto estado de opinión), sino el del mero “orden en las vías públicas” que en las opciones del Proyecto de Ley resulta siempre alterado por el ejercicio de derechos fundamentales. De ahí las fortísimas sanciones con las que se amenaza a los participantes en las manifestaciones y los exorbitantes poderes reconocidos a las fuerzas de seguridad (que podrán estar apoyadas, no se olvide, por miembros de las policías privadas). Se trata, en definitiva, de un intento de poner sordina a las protestas ciudadanas indignadas ante el constante recorte del Estado del Bienestar. Se trata de una ley claramente regresiva, con la que se pretende convertir en papel mojado buena parte de la declaración de derechos contenida en la Constitución.

4ª) El Gobierno burla continuamente los trámites legalmente establecidos para la tramitación de las leyes que afectan a derechos y libertades fundamentales. En efecto, y valga como ejemplo lo que está sucediendo con la reforma del Código Penal, tras presentar un determinado texto a informe de la Fiscalía General del Estado y del Consejo General del Poder Judicial, se termina llevando a las Cámaras Legislativas un nuevo Proyecto que incluye materias que no han sido objeto previamente de dictamen; e incluso, en el seno del trámite parlamentario se introducen -bajo la cobertura de enmiendas del Grupo Parlamentario que sostiene al Ejecutivo- nuevas regulaciones referidas a delitos que no habían sido sometidas tampoco a dictamen previo. Todo esto constituye un evidente fraude de ley del que ha advertido ya el Consejo de Estado y la misma Sala 3ª del Tribunal Supremo. De esta forma no sólo se conculca la legalidad vigente sino que al hacerlo se hurta a las leyes de los controles debidos: una forma, pues, de auténtica utilización arbitraria del poder, sólo que en el ámbito de la producción legislativa. Entendemos que nos encontramos ante un verdadero estado de necesidad política provocado por la deslealtad democrática del actual Gobierno, quien mediante las denunciadas iniciativas legislativas está elaborando una urdimbre jurídica extraordinariamente alejada de un sistema democrático atento a las libertades y derechos fundamentales, y mucho más próxima a un sistema autoritario que francamente creíamos ya olvidado.

Por todo lo anterior reclamamos a la mayoría parlamentaria que se constituya tras las próximas elecciones generales, que considere la necesidad de derogar, de raíz y sin excepciones, las leyes de seguridad privada, seguridad ciudadana y la nueva reforma penal; y que sólo posteriormente, y con el consenso más amplio posible y los mejores modos democráticos, pacten con los grupos parlamentarios las reformas penales, administrativas y procesales que verdaderamente resulten necesarias para el mejor gobierno de la nación y la tutela de todos los ciudadanos.

Álvarez García (Universidad Carlos III); Abel Souto (Santiago de Compostela); Acale Sánchez (Cádiz); Alonso Álamo (Valladolid); Arroyo Zapatero (Castilla-La Mancha); Benítez Ortuzar (Jaén); Berdugo Gómez de la Torre (Salamanca); Boldova Pasamar (Zaragoza); Cancio Meliá (Autónoma de Madrid); Carbonell Matéu (Valencia); Carmona Salgado (Granada); Carrasco Andrino (Alicante); Cervelló Donderis (Valencia); Corcoy Bidasolo (Barcelona); Cuerda Arnau (Jaume I); Cuerda Riezu (Rey Juan Carlos); De la Cuesta Aguado (Cantabria); De Vicente Martínez (Castilla-La Mancha); Demetrio Crespo (Castilla-La Mancha); Díaz y García Conlledo (León); Díez Ripollés (Málaga); Dopico Gómez-Aller (Carlos III); Doval País (Alicante); Hava García (Cádiz); Faraldo Cabana (Coruña); Fernández Teruelo (Oviedo); Ferré Olivé (Huelva); García Albero (Lérida); García Arán (Autónoma de Barcelona); García Pérez (Málaga); García Rivas (Castilla-La Mancha); Gimbernat Ordeig (Complutense); Gómez Rivero (Sevilla); González Cussac (Valencia); González Rus (Córdoba); Gracia Martín (Zaragoza); Guanarteme Sánchez-Lázaro (La Laguna); Iglesias Río (Burgos); Juanatey Dorado (Alicante); Lamarca Pérez (Carlos III); Laurenzo Copello (Málaga); Lorenzo Salgado (Santiago de Compostela); Maqueda Abreu (Granada); Martínez Buján (Coruña); Martínez Escamilla (Complutense); Miró Linares (Miguel Hernández); Morales Prats (Autónoma de Barcelona); Morillas Cueva (Granada); Muñagorri Laguia (Universidad del País Vasco); Muñoz Conde (Pablo de Olavide); Muñoz Sánchez (Málaga); Nieto Martín (Castilla-La Mancha); Nuñez Paz (Huelva); Orts Berenguer (Valencia); Otero González (Carlos III); Paredes Castañón (Oviedo); Peñarando Ramos (Autónoma de Madrid); Pérez Cepeda (Salamanca); Pérez Manzano (Autónoma de Madrid); Peris Riera (Murcia); Portilla Contreras (Jaén); Queralt Jiménez (Barcelona); Quintero Olivares (Rovira i Virgili); Rebollo Vargas (Autónoma de Barcelona); Robles Planas (Pompeu Fabra); Rodríguez Montañés (Alcalá de Henares); Rueda Martín (Zaragoza); Sola Reche (La Laguna); Terradillos Basoco (Cádiz); Zúñiga Rodríguez (Salamanca).