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sábado, 04 de mayo de 2024 09:57h.

Guigou (Ciudadanos Santa Cruz) exige al pleno que prohiba a EMMASA los cortes de agua a vecinos con problemas económicos

El concejal de Ciudadanos de Santa Cruz en el Ayuntamiento capitalino, Guillermo Guigou, ha registrado una moción al Pleno del próximo 1 de abril para que el Ayuntamiento ordene a la empresa concesionaria de Emmasa, Sacyr Vallehermoso, que no le corte el agua a ninguna familia con problemas económicos. Guigou explica que, con los límites de ingresos previstos, las UTS deberán preparar un censo, que deberá actualizarse cada mes, para que Emmasa sepa a quiénes no les puede cortar el servicio y se comunicará a la ciudadanía esta política social para que puedan acogerse a ella.
Lean también el  MANIFIESTO ÉTICO DEL AGUA, suscrito por entidades y asociaciones en diciembre del 12

Guigou (Ciudadanos Santa Cruz) exige al pleno que prohiba a EMMASA los cortes de agua a vecinos con problemas económicos

 

“Hoy,  Día Mundial del Agua, hay que acordarse de los que no tienen acceso a ella y muchos están muy cerca, no lo podemos permitir”    

 

“Hoy, Día Mundial del Agua, hay que acordarse de los que no tienen acceso a ella y muchos están muy cerca, no lo podemos permitir”. Por eso, el concejal de Ciudadanos de Santa Cruz en el Ayuntamiento capitalino, Guillermo Guigou, ha registrado hoy una moción al Pleno del próximo 1 de abril para que el Ayuntamiento ordene a la empresa concesionaria de Emmasa, Sacyr Vallehermoso, que no le corte el agua a ninguna familia con problemas económicos. Guigou explica que, con los límites de ingresos previstos, las UTS deberán preparar un censo, que deberá actualizarse cada mes, para que Emmasa sepa a quiénes no les puede cortar el servicio y se comunicará a la ciudadanía esta política social para que puedan acogerse a ella.

 

La Alianza de Vecinos de Santa Cruz de Tenerife participará en el pleno para defender su Manifiesto ÉTICO del agoa como documento de trabajo junto a la Carta del Derecho al Agua de la ONU.  La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, ONU Habitat y la Organización Mundial de la Salud (OMS) en su carta del Derecho al Agua dejan meridianamente claro que “Ningún individuo o grupo debería verse privado del acceso a agua potable por no poder pagar” Por consiguiente”, continúa,  “los costos directos e indirectos del agua y el saneamien­to no deberían privar a nadie del acceso a estos servicios y no deberían comprometer la capacidad de disfrutar de otros derechos humanos, como el derecho a la alimentación, a la educación, a una vivienda adecuada o a la salud”. Para el Derecho Internacional “El requisito de la asequibilidad también pone de relieve que la recuperación de los costos no debe erigirse en un obstáculo al acceso al agua potable y el saneamiento, especialmente para los pobres. Por ejem­plo, el PNUD propone como punto de referencia un umbral del 3% del ingreso familiar”.

 

En general, “los hogares más pobres no deberían cargar con una parte des­proporcionadamente alta de los gastos en agua y saneamiento”, aclara el documento. a comunidad internacional subraya que “el acceso a agua para el uso personal y doméstico no debe verse amenazado por la necesidad de recuperar los costos” y deja claro que “el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de 2002 insiste en que los objetivos de recuperación de los costos no deben representar un obstáculo al acceso a agua potable por los pobres”. Además, el Derecho al Agua añade que “en el Programa 21 se señala que, por encima de las cantidades requeridas para satisfacer las necesidades básicas de agua potable, los usuarios deben pagar tarifas adecuadas”.

El Derecho al Agua “significa que los servicios de abastecimiento de agua deben ser asequibles para todos y que nadie debe verse privado del acceso a ellos por no tener la capacidad de pagar. De por sí, el marco de los dere­chos humanos no establece el derecho a un suministro de agua gratuito. Sin embargo vaya chorrada, en determinadas circunstancias, el acceso a agua potable y servicios de saneamiento puede tener que ser gratuito, si la persona o la familia no pueden pagar. Es una obligación básica de la administración competente el velar por que se satisfagan por lo menos los niveles esenciales mínimos del derecho, lo que comprende el acceso a la cantidad mínima indispensable de agua”.  n la Observación general Nº 15 se destaca que, para garantizar que el agua sea asequible, las administraciones competentes deben “adoptar las medidas necesarias, que pueden incluir, en particular, la aplicación de políticas de precios ade­cuadas, por ejemplo el suministro de agua a título gratuito o a bajo costo”. Guigou destaca que “por todo lo anteriormente expuesto, más allá del más que discutible estado de privatización de la gestión agua, El Ayuntamiento de Santa Cruz, responsable último del servicio no puede permitir que la empresa concesionaria, Sacyr Vallehermoso, corte el agua a las familias que por motivos de la crisis económica esté en graves problemas económicos de insolvencia”.

Guigou recuerda al Gobierno municipal, y al alcalde en concreto, que su presidente insular, Fernando Clavijo  apoya esta cuestión como ha demostrado llevando a cabo esta protección del derecho del ciudadano en el Ayuntamiento que dirige, el de San Cristóbal de La Laguna.

 

Además, quiere dejar claro que “el IMAS no realiza este servicio ya que sólo interviene, en algunos casos, después de muchos meses de haberle cortado el agua”.

   MANIFIESTO ÉTICO DEL AGUA 

SANTA CRUZ DE TENERIFE-- DICIEMBRE DEL 2012

 

 

La Alianza de Vecinos de Santa Cruz de Tenerife haciéndonos eco de la grave situación y penuria económica que estamos padeciendo y el sufrimiento que supone para las familias el aumento del precio de los recibos de agua y basándonos en lo declarado y publicado sobre “El Derecho al Agua “ por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

 

 Hacemos el siguiente Manifiesto.

 

  • El agua es un DERECHO HUMANO que debe de tener un Precio Ético y un Uso Social.
  • El Programa de la Naciones Unidas Para el Desarrollo (PNUD) propone como punto de referencia para el pago, un umbral del 3% del ingreso familiar, en el caso personas desfavorecidas.
  • El precio del agua en Santa Cruz de Tenerife debe de reducirse alrededor de un 70% del precio actual.
  • En ninguna circunstancia debería de privarse a una persona del mínimo indispensable del agua.
  • Deben  de prohibirse los cortes de agua a grupos vulnerables como escuelas, hospitales, etc.
  • Los servicios del agua deben de ser asequibles para todos. Ningún individuo o grupo debería verse privado del acceso al agua potable por no poder pagar.

 

La normativa internacional de derechos humanos no indica si los servicios de abastecimiento de agua deben ser prestados por proveedores públicos o privados o por una combinación de ambos. Sin embargo, el marco de derechos humanos exige, que los gobiernos  velen por que, independientemente de quien lo preste, este servicio garantice el acceso en pie de igualdad a recursos de agua potable asequible en precio, suficiente, saludable y aceptable.

 

Las Naciones Unidas, El consejo de Europa y el Comisionado por los Derechos Humanos ha afirmado que toda persona tiene derecho a una cantidad suficiente de agua para satisfacer sus necesidades básicas.

 

Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales destacan la importancia fundamental del acceso al agua potable y al saneamiento para la salud.

 

El derecho Internacional Humanitario y el Derecho Ambiental también protegen el acceso al agua potable y al agua destinado a la higiene y saneamiento.

 

El agua es un derecho de todos y tenemos que disponer de ella en cantidad suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible en precio para el uso personal y doméstico.

 

Promover precios a los grupos marginales y vulnerables así como a las familias con problemas económicos.

 

La falta de acceso al agua potable y servicios de saneamiento por motivos económicos es una violación de los derechos a la vida.

 

Los hogares pobres o con muchas dificultades económicas no deberían de cargar una parte desproporcionadamente alta de los gastos en agua y saneamiento.

 

Este derecho al agua es un elemento fundamental de la dignidad humana y la vida privada.

 

Los costes directos e indirectos del agua no deberían privar a nadie del acceso a este servicio.

 

Este derecho al agua está asociado indisolublemente al derecho a la salud, a la vivienda, a una alimentación adecuada, a la vida, al trabajo, a la educación y a la vida cultural.

 

Este suministro de agua para cada persona debe de ser continuado y suficiente para cubrir sus usos personales y domésticos que comprendan el consumo, el lavado de la ropa, la preparación de alimentos y la higiene personal y domestica.

 

Según la OMS se requiere entre 50 y 100 litros de agua por persona y día para cubrir la mayoría de las necesidades básicas y evitar la mayor parte de los problemas de la salud.

 

El agua para el uso personal y domestico debe de ser soluble y aceptable. Debe de estar exenta de parásitos y microbios, de sustancias químicas y radiológicas que puedan constituir  una amenaza para la salud de las personas. El agua debe de tener un color, un olor y un sabor aceptable.

 

Desde la perspectiva de los Derechos Humanos el abastecimiento de agua potable deja de ser una obra de beneficencia, para convertirse en un derecho legal, con el ser humano como elemento central.

 

La salud de los niños depende de que tengan acceso al agua potable, para obtener la salud, el adelanto educativo y el bienestar general.

 

Debe de velar por el uso correcto del agua y los servicios de saneamiento y los métodos para reducir al mínimo el desperdicio.

 

Favorecer una mayor participación de la población en la gestión de los recursos hídricos y promover el dialogo con los consumidores. Los derechos no mejoraran de una manera significativa sin la participación directa de una sociedad civil robusta, libre e independiente.

 

 

 

 Por todo esto los vecinos abajo firmantes, Asociaciones, Colegios Profesionales y Entidades Sociales aprobamos y apoyamos este manifiesto y pasamos copia a  la:

 

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

Palais des Nations, 8-14 avenue de la Paix, CH-121 Ginebra 10, Suiza

 

 

 

 

 

 

 

RELACIÓN DE AA.VV., COLEGIOS PROFESIONALES Y ENTES EDUCATIVOS, SOCIALES Y CULTURALES QUE FIRMAN ESTE MANIFIESTO.

 

INSTITUTO CANARIO DE CIENCIAS HUMANITARIAS

GESTORA DE VECINOS TOSCAL SANTA CRUZ 

GESTORA DE USUARIOS DEL PARQUE GARCÍA SANÁBRIA

INTERSINDICAL CANARIA

AA.VV. INDEPENDIENTES DISTRITO DE LA GALLEGA

AA.VV. LA UNIÓN DE LA GALLEGA

AA.VV. GUACIMARA DE LA GALLEGA

FEDERACIÓN DE AA.VV. DE LOS DISTRITOS 11 Y 12 

                     ( Que lo componen las siguintes AA.VV.    / Alisios II, El Drago, El Humilladero, El Tablero, 8 de Marzo, 7 Islas  Sobradillo, La Era y el Trigo, La Cruz de Tincer).

 

COLEGIO DE ARQUITECTOS DE TENERIFE

COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS, DE TENERIFE

COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

EDUARDO DOMENECH (Rector de la Universidad de La laguna)

CÁRITAS DIOCESANA

UGT DE TENERIFE

SINDICATO DE TRABAJADORES CANARIOS Y DE SUS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

COF-2000 SERVICIO ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN A LA FAMILIA

INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA FAMILIA

JUAN PEDRO RIVERO DIRECTOR DEL ISTIC-SEMINARIO

PLATAFORMA CIUDADANA PRO-PARQUES Y JARDINES DE TENERIFE.