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viernes, 29 de marzo de 2024 00:12h.

Por la derogación íntegra de la reforma laboral, por el empleo con derechos, Laboralistas, sindicatos y colectivos de Gran Canaria

 

frase reforma laboral

 A pesar de la resistencia de la patronal en el estado español, con las puntales que tiene incrustadas en el gobierno, las eficaces Calviño y Montoro, la presión popular no ceja en la petición de que se cumpla la promesa de derogar la reforma laboral. Se trata de devover a las clases trabajadoras los derechos laborales y las herramientas jurídicas que les permiten defenderse de los abusos de las empresas. Esta vez, Arturo Borges y un insigne medio HOJAS DE DEBATE señalan este manifiesto de laboralistas, sindicatos y colectivos de Gran Canaria, que seguro que asumen y hace propio todas las clases pupalres.

Por la derogación íntegra de la reforma laboral, por el empleo con derechos - Laboralistas, sindicatos y colectivos de Gran Canaria

La exigencia de derogación de las reformas laborales acometidas por las mayorías de gobierno en su fecha es previa a la situación de emergencia sanitaria propia de la pandemia Covid-19. Fue alzada por la movilización de trabajadores, ya en 2014, contra las políticas de austericidio, de desigualdad, de cesión de soberanía estatal a la UE, contra el sacrificio salarial y destrucción de empleo, todas ellas coherentes con las tendencias propias de un sistema orientado al beneficio del capital. Tal aliento la hizo inexcusable en el programa de acceso al Estado del actual gobierno y, por tanto, justificación del apoyo social recibido.

Las catastróficas consecuencias y exigencias para la mayoría social que conforma el TRABAJO (quienes para vivir necesitan vender su fuerza de trabajo) no ha debilitado en lo más mínimo su respuesta colectiva a tal reto COVID19, evidenciando quién sustenta el día a día de la sociedad y señalando a los que viven de ella mientras entonan sus cantos sobre la libertad individual, el mercado y el sector privado. A estos últimos no les ha faltado tiempo para reclamar la intervención del Estado, que mantenemos todos, para la salvaguardia de sus intereses. La interesada fábula de que es el dinero el que crea dinero y ello sin mediar el trabajo de otros, se ha desvanecido.

La actual frustrada tentativa de restituir las normas laborales que quedaron sin efecto tras la demolición de derechos aprobada 2012 bajo el amparo de una mas de las crisis capitalistas, anticipa la voluntad de recuperación del beneficio privado a costa de nuevos y terribles sacrificios sobre la masa trabajadora. Si a ello se le suma el previsible rescate del Estado por las instituciones financieras internacionales y las exigencias de éstos de acometer reformas estructurales que afectarían a la calidad del empleo y al adelgazamiento del estado benefactor, obliga a redoblar la exigencia de priorizar frente a ellos medidas para lograr un empleo con Derechos.

Las sucesivas reformas de 2010 y 2012 han supuesto en la práctica el regreso salvaje a la Ley del Valor de la Fuerza del Trabajo, despojando a las condiciones laborales de todos los elementos progresivos que han ido modelando la brutal concepción, propia de la patronal del trabajo, como mercancía.

Tras una década desde la aplicación de tales medidas de desplazamiento de los costes de la crisis a los trabajadores, el escenario laboral en el Estado español se encuentra hoy caracterizado por un masivo desempleo estructural; trabajadores desprotegidos e inseguros ante despidos rápidos, sin causa y baratos; disminución exponencial del peso de las rentas del trabajo con respecto a los rendimientos del capital en la economía del Estado; el crecimiento de la temporalidad (la tasa más alta de la Unión Europea); la parcialidad y la realización de horas extraordinarias (sobreexplotación y subempleo); sustitución de la genuina figura del trabajador por la del autónomo y la debilidad de la negociación colectiva como contrapeso al autoritarismo empresarial. Al mismo tiempo y en clara conexión con lo anterior, nos hallamos con una protección social hundida como sistema público y sustituida por regímenes de beneficencia, extremo que queda agudizado mediante la aprobación de la necesaria Renta Mínima Vital.

Siendo cierta la complejidad de acometer una reforma del Estatuto de los Trabajadores, dada la heterogénea composición parlamentaria, no alcanza explicación suficiente que ésta no se enfrente de forma integral y se pretenda aplazarla "sine die" de la agenda política, extremo que no se llega a realizar con otros restantes temas de acuciante solución y con menor intensidad e influencia en la vida de la mayoría social.

No vamos a permitir que, una vez más, las disposiciones reformistas omitan la inmediata intervención para modificar la legislación que, de forma directa y cruel, ha afectado a las condiciones básicas de los trabajadores y al crecimiento de un desempleo sin prestaciones ni futuro.

Nuevamente hay que reivindicar el Derecho al Trabajo como eje vertebrador de cualquier actuación del gobierno y exigencia de legitimación de los poderes del Estado, máxime cuando ésta se proclama defensora de valores constitucionales y de la regeneración democrática.

Es por ello por lo que exigimos el urgente restablecimiento de las normas derogadas por una legislación de marcado corte neoliberal y antisocial:

Despidos: nulidad de los realizados sin causa, con causa manifiestamente burda, o como consecuencia del uso fraudulento de modalidades contractuales temporales.

Nulidad de los despidos que tengan por motivo real la situación de enfermedad –Incapacidad Temporal- de los trabajadores.

Abono, en ambos supuestos, de los salarios devengados desde la fecha del despido hasta la reincorporación efectiva del trabajador.

Limitación absoluta del período de prueba a un mes.

Despidos por causas económicas: extender las exigencias de acreditar los motivos en los términos previstos en la Ley Concursal para la declaración del concurso.

Salarios: fijación del Salario Mínimo Interprofesional en 1.200 euros mensuales (por catorce pagas al año).

Contratación: reforzar el principio de causa que justifique la contratación temporal y/o a tiempo parcial es una de las exigencias de mayor prioridad a la vista del abusivo uso empresarial de tales modalidades contractuales. Ello implica, de inmediato, endurecer la penalización del fraude.

Jornada laboral: establecimiento de la jornada laboral de 38 horas semanales.

Derecho de desconexión digital y control restrictivo de la jornada en teletrabajo, así como desplazamiento de gastos del mismo al empleador, en consonancia con el ahorro de costos de inmuebles por el mismo.

Limitación de la jornada irregular y de los turnos variables que implican una disponibilidad de 24 horas de los trabajadores e impiden la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.

Prohibición de los turnos variables y de la jornada irregular para los contratos a tiempo parcial, así como limitación y consolidación de las horas complementarias.

Horas extras: prohibición de las horas extraordinarias y perentorias.

Contratas y subcontratas: aprobación de legislación que establezca la igualdad en salarios y condiciones de trabajo entre los trabajadores de la empresa principal y los subcontratados que realicen igual trabajo.

Garantía de subrogación de los trabajadores, incluso cuando no haya concurrido transmisión de elementos patrimoniales entre la empresa saliente y la entrante.

Procesales: derecho al recurso contra las sentencias dictadas en materia de sanciones, clasificación profesional y modificación sustancial de las condiciones laborales.

Restablecer con todo su vigor el principio fundacional de en la duda a favor del trabajador y el de la carga de la prueba para quien tiene facilidad para disponer de ella.

En los juicios sobre derechos de protección frente al estado de necesidad de la incapacidad, el derecho del trabajador a valerse del médico forense sin que la utilización de este medio de prueba quede a discreción del juzgador.

Ampliación de la competencia del orden jurisdiccional social a los litigios entre el Personal Estatutario y la Administración Pública.

Negociación colectiva: restitución de la prevalencia del Convenio Colectivo sectorial o territorial sobre el Convenio Colectivo de empresa. Ultraactividad legal de los Convenios Colectivos hasta la aprobación del aquel que lo sustituya.

Reforzamiento de la libertad sindical.

Persecución penal: exigencia de una disposición proactiva de la Fiscalía desginada en la persecución de los delitos contra los trabajadores, ordenando y publicitando las vías de acceso y promoción de su actuación.

Veto a la persecución penal de las actuaciones sindicales y de los representantes de los trabajadores.

Protección administrativa: potenciación inmediata y notable del cuerpo de inspectores y controladores laborales.

Reforzamiento de los mecanismos de control de la discriminación de género en las relaciones de trabajo.
Brecha de género: reforzar la persecución y condena de la desigualdad retributiva en razón de género.

* Isabel Lecuona Fernández, José Ramón Pérez Meléndez, Amelia Serrano, Alejandro Pérez Peñate, Teresa Báez Martín, Rubén Alemán Sánchez, Mirla Aldeguer Martín, Miguel Ángel Redondo Barber, Carmen Castellano Caraballo, Isaías Gordillo, Carmen Rosa Lorenzo de Armas, José Manuel Díaz Pulido, María de los Ángeles Martín Blanco, Javier Armas, Helba Suárez Lecuona, Gustavo Tarajano Mesa, Sara Brisson Medina, Francisco Kabir Vaswani Reboso, Lourdes Ortega Quintana, Arcadio Morales Amado, Ana Sagaseta Cortadella, José Manuel Rivero Pérez, Yaiza Quesada, Javier Soto Castill, Laura Padrón, Francisco Álamo, Patricia Marín Pulido, Carlos Santana Santana, Alejandro Manuel Quintana Cozar, Tayri Danihagga Oliva Azor, Miguel Medina Fernández Aceytuno, Carmen Mendoza Mendoza, Eulogio Conde, Antonia María Santana Melián, Federico León Viéitez, Guacimara Castellano Cabello, Julio Vega López, Simón Concepción, Javier Estupiñán Ramírez, Juan Morales del Jesús, Carlos Santana Martínez, Armando Ortiz Ramírez, Francisco Perdomo Pérez, Vidal Aragonés Chicharro, Diego León Socorro, Comisiones Obreras (Unión Insular de Gran Canaria), Intersindical Canaria, Frente Sindical Obrero de Canarias (FSOC), CGT- Sindicato de Transporte de Las Palmas, Sindicalistas de Base, Asociación Sindical de Estibadores Portuarios, Sindicato Unificado de Guaguas, Sindicato de Trabajadores del Mar, unidas obreras, Sindicato Obrero de los Puertos Canarios (SOPC), Iniciativa Sindical Canaria, Sindicato de la Elevación, Iniciativa de Empleados Públicos, Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte (CATT), Sindicato Independiente de Sagulpa, Coordinadora Sindical Canarias/España de Apoyo al Pueblo Saharaui, comités de unidad obrera, Comité de Empresa de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Comité de Empresa de Elecnor en Las Palmas,Comité de Empresa de Kalise, Delegados de Personal del CEE La Casita, Comité de Empresa de Imes Appi en Las Palmas, Comité de Empresa de Zardoya Otis en Las Palmas, Comité de Empresa del Ayuntamiento de Ingenio, Comité de Empresa de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias en Las Palmas, Delegado de Personal en el Hospital Juan Carlos I de la empresa Acciona Services, Sección CGT Iberia Gran Canaria y Sección CGT Red Handling Spain

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