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jueves, 28 de marzo de 2024 08:39h.

Réplica al Debate sobre la PNL celebrada el 3 de febrero de 2.023,  en Comisión del Parlamento de Canarias PLATAFORMA POR EL MAR CANARIO

 

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Réplica al Debate sobre la PNL celebrada el 3 de febrero de 2.023,  en Comisión del Parlamento de Canarias PLATAFORMA POR EL MAR CANARIO

La PNL fue defendida por el diputado por la Agrupación Herreña Independiente A.H.I.– CC, D. Narvay Quintero, quien desarrolló la petición de un Estatuto de Plena Autonomía Interna para el archipiélago canario, con base en los artículos 46.b y 305.e del Tratado Internacional del Mar, que es parte del Ordenamiento Interno de España desde el 14 de febrero de 1997.

El Sr. Quintero hizo una exposición fiel al Derecho Internacional, reforzada con contestaciones a la pregunta que realizó el Grupo Plural en nombre de la Plataforma por el Mar Canario. La pregunta fue presentada el 23 de septiembre de 2022, sobre si Canarias es jurídicamente una isla o un archipiélago, a la que la secretaria del Congreso en Asuntos Exteriores y Constitucionales, respondió: En relación con la pregunta formulada cabe señalar que la Parte IV de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar, dedicada a los Estados archipelágicos define las nociones de “Estado archipelágico” y de “archipiélago” en su artículo 46 del siguiente modo.

“Para los efectos de esta Convención”:

  • Por “Estado archipelágico” se entiende un Estado constituido totalmente por uno o varios archipiélagos y que podrá incluir otras islas: (artículo 46.a)

  • Por “archipiélago” , se entiende un grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las conectan y otros elementos naturales, que estén tan estrechamente relacionados entre sí que tales islas, aguas y elementos naturales formen una entidad geográfica, económica y política intrínseca o que históricamente hayan sido considerados como tal. (artículo 46.b).

Señalando la secretaria de Asuntos Exteriores y Constitucionales, que no consta la existencia de motivos de incompatibilidad entre ninguna disposición de la Convención y la Constitución española.

El Sr. Quintero procedió a informar que la Plena Autonomía Interna fue apoyada por los 7 Cabildos y los 88 Ayuntamientos del archipiélago canario, sin distinción de ideologías. También fue apoyada por todas las representaciones políticas de la isla de El Hierro celebrado el 21 de noviembre de 2022, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Valverde.

El Sr. Quintero insiste que, de las dos opciones, que señala la secretaria de Asuntos Exteriores del Estado, y de acuerdo con el Derecho Internacional, señala la opción artículo 46.a “Estado archipelágico”, que es igual a Estado independiente y el artículo 46.b que son otros archipiélagos. El Sr. Quintero en ningún momento se refiere al artículo 46.a, el Sr. Quintero defiende esta PNL, con la aplicación del artículo 46.b, que en el caso de Canarias ofrece la posibilidad de ser un archipiélago de Estado, que lo es, dentro del Estado español, como así, otros archipiélagos gozan de tal figura jurídica, como pueden ser por su cercanía, los archipiélagos de Azores y Madeira, pero también otro archipiélago muy lejano de su Estado (Inglaterra), que también goza del artículo 305.e del Derecho Internacional

La Plataforma por el Mar Canario, agradece el voto favorable del grupo de Nueva Canarias, Unidas Podemos y AHI-PNC y CC. Por el contrario, votaron en contra, el Diputado por Ciudadanos del grupo mixto, (el Sr.Fernández Delapuente), ASG, Partido Popular y PSOE.

 En primer lugar, el grupo mixto, representado por el Sr. Fernández de Lapuente, manifestó un informe buceando por internet, encontrando un estudio de “Irene Báez”, sobre las “aguas marítimas de Canarias”. El Sr. De Lapuente debió de buscar fuentes serias que existen en diversas universidades españolas y no de quiénes hacen un trabajo de fin de Grado en Derecho, en el año 2020, Insistiendo en que Canarias no es un Estado archipelágico. Sabiendo que la PNL que defendía el Sr. Diputado Narvay Quintero por la Agrupación Herreña Independiente, para que Canarias pueda ser un archipiélago de Estado, como así recoge el artículo 46.b del Tratado Internacional del Mar. Siendo éste el que señala en el Derecho Internacional como el mejor Estatuto de Autonomía con aplicación internacional. la Plena Autonomía Interna.

La Sta. Mélodi Mendoza de la Agrupación Socialista de la Gomera, ASG, propone que se cambie el Derecho del Mar para que todos los archipiélagos tengamos los mismos derechos, porque Canarias no puede ser un Estado archipelágico. Recordarle a la Sta. Mélodi, que el 4 de abril de 2012 se debatió una Moción por la Plena Autonomía Interna por la coalición CCN-CC, presidiendo el Cabildo por el partido socialista, el Sr. Casimiro Curbelo, quien se mostró favorable a dicha petición, por lo que fue aprobada al igual que el resto de los Cabildos. A su vez la ASG, aprobó el pasado 25 de mayo de 2022, la PNL de la Plataforma por el Mar Canario, en el Pleno del Parlamento de Canarias, defendida también por el Diputado de la AHÍ, el Sr. Narvay Quintero. ¿A que fue debido este radical cambio? Favoreciendo los intereses de Marruecos y en perjuicio de los intereses de tierra. Nos preguntamos, si es para compartir sapos.

El Sr. Roque González por el grupo socialista PSOE, vota en contra, y basa su argumentación con una exposición sobre el artículo 305.e, exponiendo que dicho artículo es para los territorios que son colonia, añadiendo que Canarias nunca ha sido una colonia, para ello explica la lectura de la Resolución 1514 de las Naciones Unidas, dando una interpretación sesgada de la misma, y haciendo una exposición para no molestar a Marruecos, y tragando todos los sapos necesarios.

El Sr. Roque debe de confirmar si en el Estatuto de Autonomía de Canarias, en su artículo 4, está de acuerdo con esa delimitación archipelágica, o la interpretación de la Ley 44/2010 de Aguas Canarias, solo para los Estados archipelágicos. Eludiendo el Sr. Diputado Roque González del PSOE, que el Estatuto de Autonomía de Canarias aprobada en el año 2018, publicada en el Boletín Oficial del Estado, recoge literalmente que el Estatuto de Autonomía como la Ley 44/2010 de aguas canarias, carecen de valor jurídico alguno.

Que los partidos del Estado español desde la Transición, le niegan el derecho a los canarios a elegir libre y democráticamente la Autonomía que mejor considere a Canarias. Lo más indignante es la satisfacción de los socialistas con la XII Reunión de Alto Nivel, que después de vender por segunda vez al pueblo saharaui, quedó agradecido por la inversión española en Marruecos de 800 millones de euros para este año 2023, y 45.000 millones de euros para invertir en Marruecos hasta el año 2050. 

Por lo que ya sabemos el precio que los socialistas a valorado la venta de los espacios marítimos-aéreos de Canarias. ¿Cuántos millones por el archipiélago, Sr. Roque González?

La Resolución 1514, está diseñada para que todos los pueblos del mundo, decidan su relación con el Estado. Esto es importante para los canarios, porque no podemos consentir que el Estado priorice el desarrollo industrial del país vecino de Canarias, Marruecos, invirtiendo miles de millones de euros, en cada RAN, mientras Canarias cada día es más pobre. O España está con Canarias, o Canarias buscará en el Derecho Internacional para la mejor defensa para su futuro. (CANARIAS NO SE VENDE).

Por el grupo popular la Sra. Diputada, Australia Navarro, en la misma línea del Grupo socialista, vota en contra de la PNL, “porque Canarias no es un Estado archipelágico”. Todos los oponentes a la PNL presentada por el Sr. Quintero, coinciden en que votarán NO, porque Canarias no es ni puede ser un Archipiélago Estado, sin entrar en los planteamientos que ha hecho la secretaria General de Exteriores y Constitucional, emitido por los abogados del Estado, en consonancia y a petición por la Plataforma por el Mar Canario, a la pregunta del Grupo Plural, por su portavoz, Íñigo Rejón en el Congreso de España.  

La Plataforma por el Mar Canario no ha planteado una PNL para que Canarias fuese un Estado archipelágico, porque no queremos la independencia. Queremos seguir ligados a España como lo están otros archipiélagos y territorios que en las mismas condiciones que Canarias, tienen una relaciones administrativas Plenas que no necesitan independizarse del Estado al que históricamente pertenece.

La Plataforma por el Mar Canario manifiesta que todos los llamados territorios ultraperiféricos tienen reconocido ejercer la repudiada Resolución 1514 de la Asamblea de Naciones Unidas, por los socialistas y populares, conocedores que España tiene que aceptar por ser miembro de las Naciones Unidas, aunque se niega a incluirlo en la Constitución española. España firma los Acuerdos Internacionales, y no los cumple. Cuando España hizo que el Tratado Internacional del mar fuese parte del Ordenamiento Jurídico español, tenía que cumplir con el artículo 95 de la Constitución, y adaptar aquellas estipulaciones contrarias al Derecho Internacional y Derogando las leyes marítimas internas, la Ley 15/1978 y el RD 2510/1977 que no son aceptados por el Derecho Internacional

Marruecos eleva una queja ante las Naciones con referencia NV/ATL/N/114/2015, tomando nota de la Notificación del secretario general de las Naciones Unidas, emitida el 17-12-2014 con referencia CLCS 77.2014, OLS. Marruecos destaca que la presentación que ha hecho el Gobierno español afecta a la Plataforma Continental, y España aún no han sido delimitados.

Por otra Parte, La Misión Permanente de España en las Naciones Unidas, Nº076 MP/bcm contesta que el Gobierno de España subraya que la  presentación parcial entregada ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental del 17 de diciembre de 2014 no constituye una delimitación unilateral de sus espacios marítimos.  El Gobierno de España respeta plenamente el Derecho internacional y en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. La presentación parcial sobre los límites de la Plataforma Continental de España, al Oeste de las Islas Canarias son las definidas en el RD 2510/1977, del 5 de agosto, como se afirma en el punto 7.9 de la presentación. Y la Ley 44/2010 de aguas canarias no define líneas de base y no ha sido en modo alguno empleada en la elaboración de la Presentación sobre los limites de la Plataforma Continental al Oeste de las islas canarias.  (Texto literal del Gobierno de España ante las Naciones Unidas). Una vez más la Plataforma por el Mar canaria comprueba y desmiente la aberración y desidia del estado español y la complicidad del PSOE-PP y quién les apoyo en el Parlamento de Canarias

La Plataforma por el Mar canario se reafirma bajo derecho que el estatuto de Autonomía de Canarias del año 2018 y la Ley de 44/2010 de aguas canarias, carecen de valor jurídico, tal como recoge y presenta ante las Naciones Unidas el Gobierno de España. Por lo tanto, la Plataforma por el Mar Canario exige la aplicación del Tratado Internacional del Mar, ratificado por España su adaptación al marco constitucional español y aplicar a las canarias la Parte Cuarta y el artículo 305.e de la CONVEMAR, sin menoscabar la soberanía del Estado español, una de las vías, que evita la venta de los espacios marítimos y aéreos a Marruecos.                                                                          

Las Naciones Unidas dice que el Derecho de los Pueblos a la Libre Autodeterminación, debe de ejercer la Soberanía Permanente sobre sus recursos naturales desde las perspectivas de los Derechos Humanos. La Plataforma por el Mar Canario no ha pedido ser una Estado Archipelágico, sino un archipiélago dentro del Estado español, por ejemplo; el archipiélago de las Malvinas, situada en la Plataforma Continental de Argentina, y es de soberanía de Inglaterra. Es más, Gibraltar es un Territorio No Autónomo, con derecho a elegir su “status”, y siendo una colonia inglesa en territorio español, tiene el derecho internacional de tener soberanía de Inglaterra.

En la Villa de Valverde, isla de El Hierro martes, 7 de febrero de 2023

Firmado: Miguel Ángel Casañas Padrón

Secretario General de la Plataforma por el Mar Canario

 

 

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