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jueves, 25 de abril de 2024 14:08h.

U-XTF recuerda a la COTMAC que el actual PGO incumple el Plan Insular de Ordenación de Tenerife, lo que es manifiestamente ilegal



José M. Corrales señala que solamente por ese incumplimiento merece ser tumbado, porque no se puede autorizar la “ley de la selva”




 

U-XTF recuerda a la COTMAC que el actual PGO incumple el Plan Insular de Ordenación de Tenerife, lo que es manifiestamente ilegal

José M. Corrales señala que solamente por ese incumplimiento merece ser tumbado, porque no se puede autorizar la “ley de la selva”

 El concejal de Izquierda Unida- Por Tenerife- Verdes y portavoz del Grupo Mixto en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife José Manuel Corrales recuerda a la COTMAC (Comisión de Ordenación del Territorio y medio ambiente de Canarias) que el actual PGO incumple manifiestamente el Plan Insular de Ordenación de Tenerife, lo que es manifiestamente ilegal. 

El concejal de IU- XTF defiende clasificar como suelos rústicos las laderas, costas, barrancos, suelo agrícolas y bosques cumpliendo así escrupulosamente el PIOT.

 Para el concejal ecosocialista la Revisión del PGO debe garantizar el estricto cumplimiento del modelo de ordenación insular, respetando íntegramente las Áreas de Regulación Homogénea del PIOT por sentido común y escrupuloso encaje legal.

 José Manuel Corrales reitera su propuesta que dentro del Plan General de Ordenación se incorpore, de acuerdo con las directrices del PIOT, las siguientes clasificaciones en las áreas de regulación  homogénea:

  • Clasificar como RÚSTICOS, como protección paisajística y de entornos, las ARH de Protección Ambiental 1 “LADERAS” del PIOT que se proponen clasificar, en la Revisión del PGO, como Urbano Consolidado (SUC); Ej. El Suculum, Los Campitos… y como Urbano No Consolidado (SUNC); Ej. Las Teresitas.
  • Clasificar como RÚSTICOS, como suelo rústico de protección costera, las ARH de Protección Ambiental 1 “COSTERAS” del PIOT que se proponen clasificar, en la Revisión del PGO, como Urbano No Consolidado (SUNC); Ej. Las Teresitas (Edificio conocido como “Mamotreto” y el Cementerio).
  •  Clasificar como RÚSTICOS, en la categoría de suelo rústico de protección hidrológica, las ARH de Protección Ambiental 1 “BARRANCOS” del PIOT que se proponen clasificar, en la Revisión del PGO, como Urbano No Consolidado (SUNC); Ej. La Salud… y como Urbanizable Sectorizado No Ordenado (SUSNO); Ej. Costa Cardón, Draguillo Sur, Las Vistas – Los Lirios.
  • Clasificar como RÚSTICOS, en la categoría de suelo rústico de protección agrícola, las ARH de Protección Económica 1 “del PIOT que se proponen clasificar, en la Revisión del PGO, como Urbanizable Sectorizado No Ordenado (SUSNO); Ej. Ensanche Llano del Moro… ; como Urbano Consolidado (SUC); Ej. El Suculum, Ensanche Llano del Moro…; y como Urbano No Consolidado (SUNC); Ej. Las Barranqueras.
  • Clasificar como RÚSTICOS, en la categoría de suelo rústico de protección territorial, las ARH de Protección Territorial del PIOT que se proponen clasificar, en la Revisión del PGO, como Urbanizable Sectorizado No Ordenado (SUSNO) y Urbano Consolidado (SUC); Ej. Pista Los Valles…
  • Clasificar como RÚSTICOS, en la categoría de suelo rústico de protección forestal, las ARH de Protección Territorial Ambiental 2 “bosques potenciales” del PIOT; Ej.: Gran parte de Las Mesas.