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“Para que el Ayuntamiento acuerde que, siguiendo adelante con la EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de fecha 15 de septiembre de 2009, tal y como expresamente se comprometió esta Corporación en su escrito al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, en el Procedimiento de EJECUCIÓN DEFINITIVA nº 10/20013, dejar sin efecto y anular la convocatoria realizada en su día del Concurso para decidir la selección del socio mayoritario de EMMASA, así como la posterior adjudicación a SACYR VALLEHERMOSO, mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Municipal de 29 de diciembre de 2005, (por ser ambos actos no solo nulos, sino jurídicamente inexistentes, al devenir de un acto anulado judicialmente), procediendo a su vez a convocar nuevo Concurso para decidir la selección del socio mayoritario de EMMASA, y ello de la forma y modo legalmente establecidos, dándose con ello por cumplimentada la Sentencia de cuya Ejecución se trata”.