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sábado, 27 de abril de 2024 08:53h.

posible vulneración del artículo 38 de la Carta Europea de Los Derechos fundamentales

Denunciado en Europa el Cabildo de Gran Canaria. LOS VERDES

 

FRASE LOS VERDES

Denunciado en Europa el Cabildo de Gran Canaria. LOS VERDES

El Cabildo de Gran Canaria ha sido denunciado por Los Verdes ante la Comisión Europea por vulnerar los derechos de los consumidores europeos al subrogar a Red Eléctrica Española la ejecución y gestión de la obra hidráulica que se pretende realizar en las presas de Chira y Soria.

Los Verdes basa su denuncia en una posible vulneración del artículo 38 de la Carta Europea de Los Derechos fundamentales: Protección de los consumidores “ya que se produce una situación de oligopolio en el sector eléctrico de la isla de Gran Canaria entregando a una empresa que opera en distribución,  la generación de energía y además serán/somos los consumidores de electricidad los que pagaremos el coste del proyecto (400 millones de euros) y su funcionamiento, a dicha empresa en el recibo de la luz” según hacen constar en el texto de la misma.

Ramón González, portavoz de Los Verdes en Gran Canaria asegura que “el proyecto constituye un grave perjuicio a los derechos de los consumidores de electricidad, al conceder a REE la ejecución y gestión de unas instalaciones que va a controlar en régimen de oligopolio tanto la distribución como una parte significativa de la generación de electricidad”

Asegura el portavoz que “Los verdes europeos constituyen una fuerza política con presencia en todas las instituciones europeas y una de sus prioridades es la defensa de los derechos de los consumidores frente a los abusos como el que se está gestando en Gran Canaria, por lo que esta denuncia no va a caer en saco roto”

Insiste Ramón González en que la legislación europea prohíbe claramente qué un mismo operador controle la distribución y la generación de energía en un mismo mercado.

Los Verdes confían que está denuncia “va a prosperar puesto que la Comisión Europea es exigente en la aplicación de las directivas europeas que protegen a los consumidores frente a los oligopolios y marcan unas normas muy estrictas de competencia en el sector eléctrico” afirma González.

Para el Portavoz de Los Verdes es “una vergüenza que una corporación cabildicia teóricamente progresista; formada por Nueva Canarias, Podemos y PSOE; haya entregado a una empresa privada la soberanía energética de Gran Canaria”.

“A este abuso a los consumidores cabe añadir; la enorme destrucción que va significar este proyecto hidráulico en el espacio natural del barranco de Arguineguín para realizar una obra que todos los técnicos consultados coinciden en que se trata de un proyecto innecesario y obsoleto” concluyen Los Verdes en su comunicado.

 

TEXTO DE LA DENUNCIA

El artículo 38 de la Carta de Los Derechos fundamentales; Protección de los consumidores: ya que se produce una situación de oligopolio en el sector eléctrico de la isla de Gran Canaria entregando a una empresa que opera en distribución, la generación de energía y además somos los consumidores de electricidad los que pagaremos el coste del proyecto (400 millones de euros) y su funcionamiento, a dicha empresa en el recibo de la luz.

HECHOS

En la isla de Gran Canaria (ESPAÑA) hay 2 operadores en el sector eléctrico:

a) ENDESA que genera la casi totalidad de energía y transporte de baja tensión.

b) RED ELÉCTRICA de ESPAÑA responsable de la red de distribución de media y alta tensión.

Tras las obras que se denuncian a continuación REE tendría “secuestrado” mediante una concesión administrativa, el sistema eléctrico de la isla en régimen de oligopolio pues no sólo realiza el transporte sino también la generación desde la presa de Chira.

ANTECEDENTES.

La tramitación de la central hidroeléctrica reversible Chira-Soria, se inicia en el año 2011, que básicamente consiste en desalar agua del mar y bombear a una presa situada a 800 metros paragenerar energía mediante una turbina reversible.

Cuando se convoca el concurso público para la “Concesión Administrativa de las aguas embalsadas y vaso de la Presa de Chira con fines hidroeléctricos (Chira-Soria)”, actuando en calidad de promotor el Cabildo de Gran Canaria, mediante su Consejo Insular de Aguas.

Tras la adjudicación inicial a ENDESA, la Ley 17/2013, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extra /peninsulares, condiciona de manera significativa la Concesión Administrativa, por lo que decae la concesión a ENDESA que es la única generadora de energía en la isla.

Con este nuevo escenario, se produce la subrogación por parte de ENDESA a REE en 2015.

El 17 julio 2015 la Junta de Gobierno del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria (CIAGC) adoptó acuerdo por  el que  acepta  la subrogación  como concesionaria  de  REE  en  la Concesión Administrativa de las aguas embalsadas y vaso de las presas de Chira y Soria con fines hidroeléctricos. 

El 15 octubre 2015 se celebró el acto de firma de la cesión por parte de UNELCO a REE ante el CIAGC.

A continuación se inicia un intenso trabajo de adaptación del proyecto a las funciones de REE, siendo presentado el primer proyecto denominado “Reformado del Proyecto de Construcción de la Central Hidroeléctrica de Bombeo Chira-Soria”, en julio de 2016. 

Tras la información públicarealizada en el año 2016. y con el contenido de las alegaciones, se actualiza el proyecto, dando lugar al proyecto denominado “Central Hidroeléctrica de Bombeo Chira-Soria. Reformado del Proyecto de Construcción. Modificado I”, presentado en febrero de 2019.

Las alegaciones  presentadas dieron lugar al proyecto denominado “Central Hidroeléctrica de Bombeo Chira-Soria. Reformado del Proyecto de Construcción. ModificadoII”, presentado en julio de 2020, que es el que se piensa ejecutar permitiendo almacenar agua y generar posteriormente  los 200 MW de potencia instalada.

Los gestores de redes de distribución no poseerán, desarrollarán, gestionarán o explotarán, instalaciones de almacenamiento de energía.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Según el Artículo 36 de la DIRECTIVA (UE) 2019/944 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 5 de junio de 2019 sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE

Propiedad de las instalaciones de almacenamiento de energía por gestores de redes de distribución.


 

1.  Los gestores  de   redes   de   distribución   no   poseerán,   desarrollarán,  gestionarán  o   explotarán instalaciones de almacenamiento de energía.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, los Estados miembros podrán autorizar a los gestores de redes de transporte a poseer, desarrollar, gestionar o explotar instalaciones de almacenamiento de energía, cuando sean componentes de red plenamente integrados y la autoridad reguladora haya concedido su aprobación, o si se cumplen todas las condiciones siguientes:

a)  tras un procedimiento de licitación abierto, transparente y no discriminatorio, sujeto a la revisión y la aprobación de la autoridad reguladora, no se haya concedido a otras partes el derecho de poseer, desarrollar, gestionar o explotar dichas instalaciones, o no puedan prestar esos servicios a un coste razonable y en tiempo oportuno.

b)  dichas instalaciones sean necesarias para que los gestores de redes de distribución cumplan sus obligaciones en virtud de la presente Directiva con vistas a un funcionamiento eficiente, fiable y seguro de la red de distribución y dichas instalaciones no sean utilizadas para comprar o vender electricidad en los mercados de electricidad; y

c) la autoridad reguladora haya valorado la necesidad de dicha excepción y llevado a cabo una valoración   del   procedimiento   de   licitación,   incluidas   las   condiciones   del   procedimiento   de licitación, y haya concedido su aprobación.

La autoridad reguladora podrá elaborar orientaciones o cláusulas contractuales para ayudar a los gestores de redes de distribución a garantizar la equidad del procedimiento de licitación.

 

CONCLUSIÓN

El acuerdo del 17 julio 2015 de  la Junta de Gobierno del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria para la subrogación como concesionaria de REE en la Concesión Administrativa de las aguas

embalsadas y vaso de las presas de Chira y Soria con fines hidroeléctricos  constituye un acto contra la legislación europea ya que no se cumplieron las excepciones establecidas en  el Artículo 36 de la DIRECTIVA (YE) 2019/944 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 5 de junio de 2019 sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad (Todos los trámites se había hecho para otra empresa : ENDESA).

Esta subrogación se efectuó sin publicidad y sin permitir la concurrencia pública.

Este proyecto fue denunciado ante los Juzgados en 2019 por una representante del partido LOS VERDES quedando archivada la causa por la justicia española.

Se pide la actuación de la Unión Europea para frenar la tramitación y ejecución del mencionado proyecto por parte de REE  ya que cuestiona claramente la directiva UE 2019/944 ; al permitirse a REE mediante un simple procedimiento de subrogación controlar tanto la distribución como una parte significativa de la generación.

 

1-   https://www.europapress.es/islas-canarias/noticia-cabildo-ree-firman-subrogacion-central-chira-

soria-gran-pila-gran-canaria-20151016134305.html

 

los verdes canarias

 

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