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viernes, 26 de abril de 2024 03:37h.

La Corte Penal Internacional carece de autoridad ante el presidente de Rusia - por Julio Yao Villalaz  / Comenta Jorge E. Macías Jaramill

 

 

FR J Y JEMJ

 

La Corte Penal Internacional carece de autoridad ante el presidente de Rusia - por Julio Yao Villalaz  / Comenta Jorge E. Macías Jaramillo (*)

A raíz del llamado de la Corte Penal Internacional (CPI) de arrestar al presidente de la Federación Rusa, Vladimir Putin, por presuntos crímenes de guerra, de lesa humanidad, agresión o genocidio cometidos por este mandatario, se han producido comentarios y análisis que requieren clarificación.

En primer lugar, la CPI, constituida sobre la base del Convenio de Roma (17 de julio de 1998), con asiento en La Haya, entró en vigencia el 1 de  julio de 2002.  La CPI, que no forma parte de la ONU, salvo en la  medida que la misma reconoce, no debe confundirse con la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, el órgano judicial por excelencia de la ONU, cuya competencia alcanza a los Estados que han aceptado su jurisdicción obligatoria.

La CPI  tiene competencia solamente sobre individuos, en tanto que la CIJ la tiene sobre los Estados que la reconocen.

Entre los Estados que no reconocen a la CPI, están Estados Unidos, Rusia, China, Israel, Irak, Cuba, Chile  e India.  El no reconocimiento de la CPI se debe a razones de orden interno por lo general.

En el caso de Panamá, que sí admite la competencia de la CPI, el gobierno de Estados Unidos obligó a nuestro país a no someter  a funcionarios de esa nacionalidad a su competencia, así como también  nos comprometió a no enviarlos a terceros países que pudieran tener esa intención.

En consecuencia, Panamá no tiene posibilidad de enjuiciar a Estados Unidos o a sus funcionarios, como el presidente George Bush o al Jefe de Estado Mayor, Colin Powell, por crímenes de guerra, agresión, genocidio o lesa humanidad, con motivo de la invasión del 20 de diciembre de 1989.

Esa obligación se la impuso Estados Unidos a Panamá mediante un canje de notas que forma parte de los llamados Acuerdos Salas-Becker, ya de por sí inconstitucionales, aparte de carecer de validez  ante el Derecho Internacional.

La violenta hostilidad y el rechazo de Estados Unidos a la CPI aparecen ostentosamente hoy en la negativa de Washington a otorgarle visa a una alta funcionaria de la CPI que pretende enjuiciar al hegemón por genocidio y crímenes de guerra durante su agresión y ocupación de Afganistán.

La Corte Penal Internacional carece de autoridad ante el presidente de Rusia, Vladimir Putin, que Rusia no es parte de la CPI.

 

Julio Yao

Agente de la República de Panamá ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya

Diplomático de Carrera, Analista Internacional, Agente de la República de Panamá ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, Asesor personal del Canciller Juan Antonio Tack (1972-1977). Vicepresidente Ejecutivo del Movimiento Continental de UNIDAD LATINOAMERICANA (1976-1994).

Redactor de la Declaración Tack-Kissinger de 1974; licenciatura de Relaciones Internacionales; Diploma de Relaciones Internacionales y Master of Social Sciences “Con Distinción” del Instituto de Estudios Sociales de la Haya de la Universidad Erasmus de Rotterdam, 1970; Miembro de la Academia de Derecho Internacional de La Haya; Diploma de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU, Ginebra, Suiza, 1974.

Embajador Adjunto de Panamá ante la ONU; Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Panamá ante la OEA, noviembre de 1989. Representó a Panamá y al canciller Juan Anonio Tack en los Países Bajos, Yugoslavia, Hungría, Portugal, China Popular, Nicaragua, RPD de Corea, Senegal, Kenya y Ghana. Representó al Rector de la Universidad de Panamá ante el Consejo Superior de Universidades Centroamericanas en San Salvador, El Salvador (1979).

La República Popular Democrática de Corea lo condecoró con su más alta Distinción, “La Bandera Nacional del Estado” (1981); Medalla XX Aniversario del PARLAMENTO CENTROAMERICANO, 2011.

Ha ganado concursos de Ensayo, Poesías y Décimas organizadas estas últimas por la Asociación Nacional de Poetas de la Décima (ANAPODE) y UNESCO. 

 

 

* Gracias a Julio Yao. Publicado originalmente en EL PERIÓDICO DE PANAMA

https://www.elperiodicodepanama.com/la-corte-penal-internacional-carece-de-autoridad-ante-el-presidente-de-rusia/

JULIO YAO
JULIO YAO

 

EL PERIÓDICO DE PANAMÁ
EL PERIÓDICO DE PANAMÁ

 

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Comentario  de Jorge E. Macías Jaramillo. (*) 

Agradezco al Profesor e Internacionalista Julio Yao por mantenernos informados,  actualizando en el interesante y no fácil tema de Las Relaciones de Panamá y Estados Unidos.  En el Tema de Hoy: Los Estados Unidos Panamá y la Corte Penal  Internacional 

I  ¿Para qué?   Estados Unidos, Rusia, China, Israel, Irak, Cuba, Chile  e India no reconocen  la Corte Penal Internacional:  Para evitar el que sean denunciados, enjuiciados ante este Organismo  de Justicia Internacional y  para evitar los Castigos, penas,  el tener que resarcir a las víctimas por sus crímenes de aguerra y/o de Lesa Humanidad.   En pocas palabras para evitar la acción de la Justicia que aplica la Corte Penal Internacional.   De esta manera sus crímenes de Guerra y de Lesa humanidad quedarán impunes y sin resarcir los daños. 

II  En el Caso “Panamá, que sí admite la competencia de la CPI, el gobierno de Estados Unidos obligó a nuestro país a no someter  a funcionarios de esa nacionalidad a su competencia, así como también  nos comprometió a no enviarlos a terceros países que pudieran tener esa intención”.(Julio Yao en el actual documento). 

Cuando Estados Unidos obligó a Panamá a no someter a funcionarios de EE.UU a la competencia de la Corte Penal  Internacional,  que según interpreto  Panamá es obligada por EE.UU. a no llevar a ningún funcionario ni ex funcionario de EEUU. A la Corte Penal  Internacional  por los crímenes  de Lesa Humanidad cometidos contra Panameños durante la  invasión de EE.UU a Panamá el 20 de Diciembre 1989.   Lo que representa  una flagrante violación de EEUU.  Al Derecho  internacional  Público.   Sobre todo porque  el General Manuel Antonio Noriega se hacía llevar por su chofer a la Zona del Canal donde Noriega se paseaba bajo la sombra de un frondoso árbol de mango  allí era lugar propicio para apresar a Noriega y los altos mandos militares  del ejército de EEUU. acantonados en la Zona del Canal no lo quisieron apresar .  Esto nos  dice que  lo pudieron apresar sin necesidad de invadir  a Panamá y no lo  quisieron apresar por lo que toda la injustificada invasión a  Panamá  fue un gran crimen de guerra  y/o Crimen de Lesa Humanidad p r e v e n i b l e.  Pero no lo quisieron prevenir.  

Agradezco al Profesor e  Internacionalista Julio Yao  su opinión me corrija  si cometo  algún (os) error (es) en mis  anteriores afirmaciones.  Y  ¿que procede que hagamos  los Panameños en caso que nos asista  el Derecho Internacional  público?.  Si podemos o no denunciar a los Funcionarios de EE.UU.  Su Presidente,   El o Los  Responsables de la Política Exterior y Jefes Militares a cargo de la Invasión a Panamá el 20 de Diciembre de 1989 y los crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad cometidos a  la población civil panameña durante esta invasión.

III “Rusia, EEUU, Ucrania no han ratificado su adhesión a la Corte Penal Internacional para no acatar sus resoluciones que les obliguen a resarcir daños, penas de cárcel,  etc. porque estos países han cometido crímenes de guerra y/ o de Lesa Humanidad  por los que pueden  ser denunciados  y jugados.   De no tener estos antecedentes y temores,  que firmen su ratificación  y sobre todo que cesen  las guerras  las invasiones y con toda seguridad  con ello  van a prevenir el que sus tropas  y jefes militares cometan  estos crímenes contra la población de países que invaden  y a los que llevan el  terror la masacre y crímenes de  guerra.  La Humanidad que padece invasiones y los miles de millones de ciudadanos pacifistas pedimos r4speto y que nos permitan ejercer disfrutar  nuestro  derecho  a vivir en Paz”. 

Fuente: El Pentágono se opone a que el Gobierno de Biden comparta pruebas de probables crímenes de guerra rusos con la Corte Penal Internacional  DEMOCRACY NOW https://www.democracynow.org/es/2023/3/9/titulares/nyt_pentagon_blocking_biden_admin_from_sharing_likely_russian_war_crimes_evidence_with_icc

 

/ Comenta Jorge E. Macías Jaramillo En la casa de mi tía 12 de marzo 2023 

Leer el documento completo en: https://www.lacasademitia.es/articulo/politica/pentagono-opone-que-gobierno-biden-comparta-pruebas-probables-crimenes-guerra-rusos-corte-penal-internacional-democracy-now-comenta-jorge-macias-jaramillo/20230312230733136425.html

 

(*) Ciudadano Panameño. Pacifista. Humanista. Ecologista.  Diplomado en Desarrollo Humano Integral.  Médico Pediatra  Especialidad Medicina de Adolescentes. 

 

 

 

mancheta ene 23