Los ataques terroristas, cibernéticos y mediáticos de la extrema derecha contra el proceso electoral de Venezuela (1 de 3) - por Miguel Medina Fernández-Aceytuno
Los ataques terroristas, cibernéticos y mediáticos de la extrema derecha contra el proceso electoral de Venezuela (1 de 3)
Miguel Medina Fernández-Aceytuno
HOJAS DE DEBATE
Las ciudades y las calles de Venezuela han recuperado pronto la normalidad, alterada desde la noche electoral del pasado 28 de julio por numerosos actos violentos protagonizados por comanditos fascistas auspiciados por la extrema derecha, gracias a una eficiente y rápida actuación de las fuerzas militares y policiales, unida a amplias movilizaciones sociales en defensa del proceso revolucionario bolivariano que han apelado a la paz, al desarrollo económico y social del país, al respeto de su institucionalidad, así como para hacer frente a más de 900 sanciones económicas impuestas por el imperialismo.
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Venezuela el pasado 22 de agosto ha dictado sentencia definitiva convalidando el resultado electoral publicitado con anterioridad por el Consejo Nacional Electoral en procedimiento de recurso contencioso electoral.
Resulta indispensable conocer y analizar los hechos ocurridos al menos desde el pasado 28 de julio, fecha de la elección presidencial, y hasta el momento de la resolución judicial, para una mejor comprensión de esta etapa que ahora culmina en un proceso de intento de golpe de estado aún en desarrollo.
La oposición de extrema derecha en Venezuela, responsables de los ataques terroristas y cibernéticos contra el proceso electoral del 28 de julio pasado la encabezan Edmundo González Urrutia y María Corina Machado. Desde antes de las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio esta derecha extremista bajo la tutela del imperialismo junto a sus gobiernos satélites, planificaron, y luego han venido desarrollando, un golpe de estado mediante numerosos actos terroristas en la calle, ataques cibernéticos múltiples y la puesta en marcha de un engañoso relato mediático de fraude electoral a nivel internacional en el marco de una guerra cognitiva.
Las ciudades y las calles de Venezuela han recuperado pronto la normalidad, alterada desde la noche electoral del pasado 28 de julio por numerosos actos violentos protagonizados por comanditos fascistas auspiciados por la extrema derecha, gracias a una eficiente y rápida actuación de las fuerzas militares y policiales, unida a amplias movilizaciones sociales en defensa del proceso revolucionario bolivariano que han apelado a la paz, al desarrollo económico y social del país, al respeto de su institucionalidad, así como para hacer frente a más de 900 sanciones económicas impuestas por el imperialismo.
Sin embargo, este golpe de estado continúa vivo a impulsos del imperialismo y sus acólitos a través de permanentes ciberataques, denuncia de un supuesto fraude electoral y campañas agresivas mediáticas propias de una verdadera guerra cognitiva, como lo demuestra, por ejemplo, el comunicado fechado en 5 de agosto pasado suscrito por Edmundo González Urrutia, como “Presidente Electo de Venezuela” y por María Corina Machado, en su condición de “Líder de las fuerzas democráticas de Venezuela”.
En esta nota pública llaman al Ejército y a los cuerpos policiales a una insurrección militar y a subvertir el orden constitucional vigente, que ha sido rechazado de manera inmediata por los destinatarios mandos militares. Estas actuaciones se adentran de forma clara en el campo del derecho penal venezolano. [1]
Los actos de terrorismo urbano han provocado la muerte de dos miembros de la Guardia Nacional Bolivariana y más de una veintena de transeúntes por heridas de balas. Ningún miembro de los comanditos terroristas perdió la vida por disparos de las fuerzas y cuerpos de seguridad de Venezuela. Es más, alguno de estos simuló la comisión de un delito de asesinato como puede comprobarse en el video que reseñamos.
Entre los actos de terrorismo se incluyen, además, ataques a universidades, escuelas de educación, liceos, centros de diagnósticos integral, ambulatorios, centros de almacenamiento de alimentos y supermercados, metro de Caracas, autobuses, derribo de estatuas, sedes del Consejo Nacional Electoral, agresiones a veedores internacionales, ataque cibernético al CNE, así como a 25 dominios nacionales de diferentes instituciones del Estado, etc.
Esta situación creada por la oposición de extrema derecha, de naturaleza fascista, responsable de un golpe de estado aún en desarrollo, podría haber justificado la declaración del estado de excepción que regula el artículo 337 de la Constitución de Venezuela [2]. En lugar de esta severa medida, el Presidente Nicolás Maduro interpuso ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela un recurso contencioso electoral, quedando indemne los derechos y libertades democráticas que recoge el texto constitucional.
Este recurso tiene su amparo en lo establecido en el artículo 297 de la Constitución que dispone que la jurisdicción contencioso electoral será ejercida por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, con competencia, entre otras, [3] en la “organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos”, en “mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral” y, en su caso, en “declarar la nulidad total o parcial de las elecciones.”
Hay que resaltar que en Venezuela, a diferencia de España y de numerosos países, el poder electoral tiene la misma consideración que el resto de los cuatro poderes independientes que conforman su Estado, a saber: legislativo, ejecutivo, judicial y ciudadano. [4] El Consejo Nacional Electoral ha declarado que Nicolás Maduro obtuvo un 51,95% de los votos frente a un 43,18% del candidato opositor Edmundo González. La reelección de Nicolás Maduro ha ido acompañada por la aprobación de un ambicioso programa político, económico y social para los próximos años bajo la rúbrica de las Siete Transformaciones, que incluye, además, una legislación específica para combatir el fascismo.
La Sala Electoral ha admitido el recurso contencioso electoral y acordó la comparecencia de los diez excandidatos que se presentaron a las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio. Acudieron todos menos Edmundo González Urrutia, lo que constituye en el ámbito judicial un presunto acto de rebeldía con consecuencias en derecho, teniendo en cuenta que es el excandidato que de forma pública y notoria viene impugnando al margen de los cauces legales el escrutinio efectuado por el Consejo Nacional Electoral para crear así una matriz de opinión contraria al resultado electoral y promover, junto a María Corina Machado, ambos con numerosos antecedentes delincuenciales, un intento de golpe de estado en Venezuela que a la presente no ha sido desmantelado por completo.
En fechas posteriores, los diez excandidatos, incluido el Presidente electo, volvieron a ser citados por la Sala Electoral para que presentaran todos los instrumentos electorales que dispusieran al objeto de su cotejo con las actas de escrutinio y la documentación complementaria que previamente había entregado el Consejo Nacional Electoral (CNE) en sede judicial y respondieran a las preguntas del alto tribunal. Estas actas aportadas por el CNE están a disposición de los 10 excandidatos y de los representantes de los 38 partidos políticos que avalaron a estos en el proceso electoral. No están ocultas, sino a la vista de las personas y de las organizaciones políticas que han participado en el proceso electoral.
La totalidad de los excandidatos han comparecido y han entregado la documentación requerida que disponían, con la única salvedad del excandidato Edmundo González Urrutia. Siendo este el único que ha denunciado un hipotético fraude electoral por el Consejo Nacional Electoral y que invoca que el ganador de las elecciones ha sido él y no Nicolás Maduro, no se explica su desacato a la Sala Electoral desatendiendo la citación judicial, ni tampoco haya presentado los documentos electorales, ni él ni las organizaciones políticas de su coalición, pese a que dice disponer ellos y que, según afirma, le acreditan como vencedor de las elecciones.
Se da la circunstancia de que el grupo de partidos que conforman la Plataforma Unitaria que avalaba a Urrutia como candidato, ha comparecido mediante sus apoderados ante el TSJ, aunque no presentaron las actas electorales ni tampoco la documentación electoral que, según afirman, evidencian la victoria de González Urrutia. Uno de quienes postuló a éste y se presentó ante el TSJ fue Manuel Rosales, gobernador del Zulia, quien afirmó que es “el CNE” quien «debe publicar las actas finales del proceso electoral del 28 de julio en razón del valor del voto, y la gente exige respeto al voto del organismo constitucional».
La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Caryslia Rodríguez informó el sábado 10 de agosto que según los testimonios de los representantes de las organizaciones políticas que encabezan González Urrutia y Machado, es decir, Un Nuevo Tiempo (UNT) a cargo de Manuel Rosales, de la MUD de José Luis Cartaya y el Movimiento por Venezuela (MPV), de José Simón Calzadilla, «todo el proceso electoral por parte del extremismo opositor estuvo a cargo de la organización Súmate.»
Según detalló la magistrada Rodríguez, los representantes de los tres partidos políticos dijeron que tanto el resguardo de las «actas de escrutinio de las mesas electorales, listado de testigos, así como el traslado y material electoral» estuvo a cargo de Súmate que funge como asesor técnico de la alianza opositora.
En comparecencia de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia, la presidenta informó a los periodistas y al cuerpo diplomático que Manuel Rosales, José Luis Cartaya y José Simón Calzadilla, postulantes del excandidato González Urrutia, declararon en sus respectivas comparecencias que no poseen ningún tipo de documentación referida a este proceso electoral y que no tenían actas de escrutinio de los testigos de las mesas ni listados de testigos.
Adujeron, además, que no participaron en el proceso de traslado y resguardo de material alguno, desconociendo quiénes realizaron la carga de información de las presuntas actas de escrutinio en la página web la cual está siendo objeto de indagación de oficio por parte del Fiscal General de la República quien ordenó abrir una investigación de carácter penal para determinar las responsabilidades del caso ante la zozobra causada a la población por la presunta comisión de los delitos de usurpación de funciones, forjamiento de documentos, instigación a la desobediencia de las leyes, delitos informáticos, asociación para delinquir y conspiración. Puede accederse al texto escrito de la comunicación del TSJ pinchando aquí.
Algunos medios apuntan a que el traslado de las presuntas actas de escrutinio a la web indicada ha podido llevarse a cabo a través de la ONG Súmate, una organización fundada en 2002 por María Corina Machado, financiada por el imperialismo y con la finalidad de que Venezuela vuelva a ser una colonia de EEUU, haciendo uso, de manera sistemática, de todos los procesos electorales no con legítimos objetivos democráticos, sino para propiciar un golpe de estado que finiquite el carácter soberano de la República Bolivariana de Venezuela y permita al imperialismo apoderarse de sus inmensas riquezas naturales: petróleo, agua dulce, gas natural, hierro, oro, coltán, diamantes, carbón, aluminio, bauxita, cobre, níquel, torio, manganeso y feldespato, entre otras.
En lugar de presentar Urrutia y las organizaciones políticas que conforman la coalición Plataforma Unitaria esta documentación electoral en la sede de la Sala Electoral del Tribunal Supremo para dirimir con la práctica de la prueba del peritaje la invocada autenticidad de sus “actas” y el supuesto fraude del CNE que denuncian, Edmundo González Urrutia se ausenta y los representantes de las organizaciones políticas de su coalición electoral que sí comparecieron a la sede judicial, manifiestan desconocer quién o quiénes han podido trasladar las presuntas “actas” a los medios occidentales.
Diversa prensa occidental, entre otros El País, han publicado no las “actas” que aporta presuntamente Súmate, sino una aplicación en la que para poder acceder a la documentación es preciso disponer de los dígitos de las cedulas de identificación de los votantes lo que en la práctica impide a sus lectores el acceso a estas “actas” de la oposición.
Especialistas informáticos han detectado numerosas falsedades en los datos que han sido publicados en estos medios occidentales. Muchas personas difuntas aparecen como votantes sin que se haya depurado de forma previa las personas fallecidas desde el 2010 a la presente cuando el número de óbitos diarios en Venezuela es de aproximadamente 600, por lo que varios cientos de miles de venezolanos extintos ha sido computados en esas peculiares “actas” como votantes el 28 de julio último. El acta correspondiente al voto emitido por el candidato electo Nicolás Maduro, por ejemplo, no consta en esta publicación realizada al margen del CNE y en contra de la legislación electoral. Se aportaron actas correspondientes a procesos electorales anteriores y diferentes al del 28 de julio pasado y en las “actas” no aparece la firma del operador de la máquina electoral ni constan los testigos identificados en la “documentación electoral” de Urrutia. Se completan estas irregularidades con la presentación de numerosas actas cero que son las que se emiten antes del inicio de la votación electrónica, ausencia de datos de miembros de mesa, testigos y operadores de máquina, “actas” rotas, incompletas e ilegibles, y constan, por último, “actas” en las que no aparece las firmas de los miembros de las diferentes mesas electorales, así como numerosas firmas planas.
Una enorme falacia que nos retrotrae a aquella otra de las armas de destrucción masiva que se cobró la vida de varios centenares de miles de vidas humanas en Irak por la criminal actuación del imperialismo y sus adláteres.
Notas
⇧1 | El artículo 144 del Código Penal dispone que: «serán castigados con presidio de doce a veinticuatro años: 1.- Los que se alcen públicamente, en actitud hostil, contra el Gobierno legítimamente constituido o elegido, para deponerlo o impedirle tomar posesión del mando.» |
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⇧2 | art. 337: El Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros, podrá decretar los estados de excepción. Se califican expresamente como tales las circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico, que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones y de los ciudadanos y ciudadanas, a cuyo respecto resultan insuficientes las facultades de las cuales se disponen para hacer frente a tales hechos. En tal caso, podrán ser restringidas temporalmente las garantías consagradas en esta Constitución, salvo las referidas a los derechos a la vida, prohibición de incomunicación o tortura, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles.” |
⇧3 | art. 293 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. |
⇧4 | art. 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. |
* Gracias a Miguel Medina Fernández-Aceytuno y HOJAS DE DEBATE y a la colaboración de Arturo Borges Álamo