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jueves, 04 de junio de 2026 00:14h.

El Cilindro de Ciro el Grande y los cinco precios del petróleo en el estrecho de Ormuz: petroyuán vs. petrodólar - por Alfredo Jalife-Rahme

fr ALF JR

El Cilindro de Ciro el Grande y los cinco precios del petróleo en el estrecho de Ormuz: petroyuán vs. petrodólar

Alfredo Jalife-Rahme

LA JORNADA

VOLTAIRE NET 

El presidente Trump no ha leído la Ciropedia de Jenofonte, ni el Cilindro de Ciro el Grande, ni probablemente la Biblia. Desconoce la grandeza del Imperio Persa, el primer imperio de la Antigüedad. Del mismo modo, desconoce la historia moderna del petróleo, desde Carlos, jefe de operaciones del Frente Popular para la Liberación de Palestina (FPLP), hasta nuestros días. Sin embargo, es la misma historia que se repite y que se repetirá hasta que el dólar colapse.

 

CARLOS (ILICH RAMÍREZ)
CARLOS (ILICH RAMÍREZ)

CIRO EL GRANDE
CIRO EL GRANDE

Ciro el Grande (siglo V a. C.). Conquistó las ciudades griegas de Jonia, luego Mesopotamia, Siria, las ciudades fenicias y Judea, estableciendo el primer gran imperio de la antigüedad.

El discurso de Trump resultó contraproducente cinco días después [1], al haber apostado a la escalada, cuando espetó una frase ominosa [2] que redundará por siglos al competir con el nihilismo escatológico del talmúdico Mileikowsky, alias Netanyahu, y su “Gran Israel” que nunca ha existido: «Les vamos a dar una buena paliza durante las próximas dos o tres semanas... Los vamos a enviar de vuelta a la Edad de Piedra, que es donde deben estar» [3].

Los bonos hipotecarios a 30 años de Estados Unidos se incrementaron por quinta semana consecutiva al enviar sus tasas de interés a 6,46% [4] cuando Trump solicita 500 000 millones de dólares adicionales (sic) al presupuesto de un billón del Pentágono [5].

Más allá del campo de batalla, donde Irán ha sufrido atroces bombardeos a sus instalaciones universitarias y a su infraestructura, el cierre del estrecho de Ormuz –donde la antigua Persia formula un protocolo de soberanía con Omán [6]– ha desencadenado el “aleteo de la mariposa”, según la teoría del caos, que ha provocado el huracán de una crisis energética global [7].

Trump está siendo malinformado sobre la situación en el campo de batalla. Pero, mucho peor, no ha sido instruido por sus sicofantes “historiadores” sobre la grandeza legendaria del imperio aqueménida persa y de su fundador dinástico, el rey Ciro II de Persia.

Ciro el Grande [8], venerado como el “padre de los persas”, fue descrito por el historiador griego Jenofonte en La Ciropedia [9] como «tolerante y monarca ideal» (que impactó la obra El Príncipe de Maquiavelo). En la Biblia es nombrado el «liberador de los judíos», que eran cautivos en Babilonia. Se refiere a los «judíos semitas» y no a los jázaros no semitas, en su mayoría de origen askenazi (90% de los judíos en el mundo) y que hoy gobiernan el “nuevo Israel”, según el historiador israelí Shlomo Sand [10].

El Cilindro de Ciro II enarbola «la justicia como tolerancia» y es considerado la «primera declaración de derechos humanos» de gobernanza incluyente en un imperio multiétnico; se encuentra en el Museo Británico y narra su conquista de Babilonia, cuna del Código de Hammurabi «para que el fuerte no oprima al débil».

En una visión de 55 años, la “crisis del petróleo” se inició con el desacoplamiento del dólar con el patrón oro en 1971 (4 años antes de la retirada de Estados Unidos de Vietnam), que epitomé hace 30 años (Guerras geoeconómicas y financieras: El petróleo del Golfo Pérsico al Golfo de México [11]), que me llevó a plantear hace 20 años Los cinco precios del petróleo [12], más vigentes que nunca como genuino “juego de poder” [13]:
1) el precio económico;
2) el financiero;
3) el especulativo;
4) el desinformativo, y
5) el geopolítico.

Hoy existe una clara discrepancia entre 3 variedades de crudo:
1) el WTI a 111,5 dólares;
2) el Brent, a 109 dólares; y
3) el Murban (de Emiratos Árabes Unidos y Omán) a 115 dólares [14].

El Financial Times expone la discrepancia del precio bursátil del “barril papel” (léase: el “precio especulativo”) cuando el «precio del crudo para entrega inmediata en barriles en el mundo real (sic) ha alcanzado su mayor nivel desde 2008: 141,36 dólares», justamente después de la espiral retórica de Trump [15].

En el estrecho de Ormuz se libra una batalla multidimensional [16], que se desprende del alza del barril en la década de los 70 del siglo pasado, cuando con la revolución islámica de 1979, el precio se disparó ¡20 veces! (sic), al pasar de 2 a 39.

Hoy Irán maneja el peaje del petroyuán en detrimento del petrodólar.

El desenlace de la guerra de Israel y Estados Unidos contra Irán definirá el Nuevo Orden Mundial [17].

Gracias a Alfredo Jalife-Rahme, LA JORNADA, VOLTAIRE NET y a la colaboración de Federico Aguilera Klink

Anexo:  

El cilindro de Ciro

1. En el año 539 a.C., los ejércitos de Ciro el Grande (559 a 529 a.C.), el primer  rey de la Persia antigua, conquistaron la ciudad de Babilonia. Ciro liberó a los  esclavos, declaró que todas las personas tenían el derecho a escoger su propia  religión, estableció la igualdad racial, garantizó la paz, y permitió regresar a sus  tierras a los pueblos deportados de Babilonia. Éstos y otros decretos fueron  grabados en un cilindro de arcilla, en lenguaje acadio con escritura cuneiforme. 

Fue descubierto en 1879 por el arqueólogo asirio-británico Hormuz Rassam  durante la excavación del templo de Marduk en Babilonia. Consiste en dos  fragmentos, llamados "A" y "B". El primero mide alrededor 23 cm x 8 cm, y  permaneció en el Museo Británico desde su descubrimiento, mientras que el  segundo, que mide 8,6 cm x 5,6 cm, fue alojado en la Universidad de Yale hasta  su traslado al Museo Británico, donde se encuentra actualmente. El cilindro fue 

encontrado en los cimientos de la muralla de Babilonia donde fue depositado tras  la captura de la ciudad por Ciro. 

La Premio Nobel de la Paz iraní Shirin Ebadi ha destacado el valor humanístico  del Cilindro de Ciro; e incluso se lo ha llegado llamar "Primera Declaración de los  Derechos Humanos". En su discurso de aceptación del premio Nobel (2003),  Shirin Ebadi afirmó que el Cilindro "debería ser estudiado en la historia de los  derechos humanos”. 

Como se vio, conocido mundialmente como el Cilindro de Ciro, este documento  antiguo ha sido reconocido en la actualidad como el primer documento de los  derechos humanos en el mundo. Está traducido en los seis idiomas oficiales de  las Naciones Unidas y sus disposiciones son análogas a los primeros cuatro  artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. 

2. A partir de que la humanidad tomó conciencia de la necesidad de hacer justicia,  promover y proteger los derechos humanos, se los ha clasificado en cuatro  generaciones. Véase.

Primera generación son los derechos civiles y políticos, y son reconocidos recién  en la segunda mitad del siglo XVIII con la independencia de Estados Unidos en  1776 y la Revolución Francesa en 1789; por ejemplo, los derechos a la igualdad  ante la ley, a la libertad de pensamiento y conciencia, de religión, de circulación,  de expresión, de votar y de ser votado. 

Segunda generación son los derechos económicos, sociales y culturales que  posibilitan que la persona y su familia gocen de un nivel de vida adecuado. Se  reconocen a partir de las demandas obreras y los movimientos socialistas de  mediados del siglo XIX y hasta mediados del siglo XX. Entre ellos, el derecho a la  educación, a la salud, al trabajo, y a un sueldo justo. Muchos se reconocen con la  Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). 

Tercera generación son los derechos de los pueblos, es decir, derechos  colectivos, que comienzan a consecuencia de algunos sucesos acaecidos en la  segunda mitad del siglo XX, como fueron los movimientos de liberación nacional,  los conflictos internacionales, la contaminación de suelos, aire y agua. Y entonces  aparece el derecho a la paz, a la autodeterminación, al desarrollo y a un ambiente  ecológico sano. 

Cuarta generación son los derechos que se reconocen luego de los avances  tecnológicos y de las comunicaciones, para que la humanidad pueda acceder a la  información en condiciones de igualdad, es decir, el derecho a formarse en las  nuevas tecnologías en condiciones de igualdad y sin discriminación, el derecho a  la autodeterminación informativa y el derecho a la seguridad digital. 

Así entonces, puede afirmarse que si bien los derechos humanos le han sido  reconocidos al hombre desde antaño, no hay dudas que nacen a partir de su  libertad, del respeto que se deben unos a otros, de la tolerancia y con la finalidad  de crear un marco normativo que permita la resolución de conflictos de la manera  más pacífica posible. Y bajo este concepto, debe quedar claro que los derechos  humanos no dependen de nadie ni son propiedad de algunos, y tampoco  otorgados por beneplácito. En definitiva, son universales, indivisibles e integrales; 

y, en pocas líneas, se rigen por tres principios fundamentales: principio de  efectividad, principio de progresividad y principio pro homine.  

3. Sin embargo, bien enseña Eduardo Galeano que “Bienvenida sea la caída del  muro de Berlín, dice un diplomático peruano, Carlos Alzamora, en un artículo  reciente; pero dice que el otro muro, el que separa al mundo pobre del mundo  opulento, está más alto que nunca. Un apartheid, universal: los brotes de racismo,  intolerancia y discriminación, cada vez más frecuentes en Europa, castigan a los  intrusos que saltan ese alto muro, para meterse en la ciudadela de la prosperidad.  Y a la vista del mundo está. El muro de Berlín ha muerto, de buena muerte, pero  no alcanzó a cumplir treinta años de vida, mientras que el otro muro celebrará  muy pronto sus cinco de edad. El intercambio desigual, la extorsión financiera, la  sangría de capitales, el monopolio de la tecnología y de la información y la  alienación cultural son los ladrillos que día se agregan, a medida que crece el  drenaje de riquezas y soberanía desde el sur hacia el norte del mundo.” (“El  desprecio como destino”, pág. 109). 

Y así lo entiende la Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes  -DUDHE- (aprobada en el año 2007, Forum de Monterrey, México), al señalar en su  Marco General: valores y principios que “La Declaración de Derechos Humanos  Emergentes reconoce y se inspira en el espíritu y principios de la Declaración  Universal de Derechos Humanos de 1948 y en instrumentos internacionales y  regionales adoptados hasta hoy [pero] Mientras que la Declaración Universal de  Derechos Humanos surge de una Asamblea de Estados, la Declaración de  Derechos Humanos Emergentes se construye desde las diversas experiencias y  luchas de la sociedad civil global, recogiendo las reivindicaciones más perfiladas  de sus movimientos sociales. Asimismo, mientras que la Declaración Universal de  Derechos Humanos es una resolución adoptada solemnemente por las Naciones  Unidas, como documento fundador de una ética humanista del siglo XX y el „ideal 

común a alcanzar‟ desde una óptica individualista y liberal, la Declaración de  Derechos Humanos Emergentes surge desde la experiencia y las voces de la  sociedad civil global en los inicios del siglo XXI. Esta Declaración comprende una  nueva concepción de la participación ciudadana y concibe los derechos  emergentes como derechos ciudadanos. Se trata de superar el déficit político y la  impotencia entre los cambios deseados y las precarias condiciones actuales para  su realización … Emergen nuevos compromisos, necesidades, nuevos derechos  y, sobre todo, una toma de conciencia de las sociedades actuales que hacen  visibles a pueblos y grupos sociales que hoy aparecen con voz a través de la  emergencia de una sociedad civil internacional organizada. La Declaración de  Derechos Humanos Emergentes se inscribe como respuesta a los procesos de  globalización cuya naturaleza parcial y desigual excluye de sus beneficios a  amplias capas de la población mundial, en particular a los países  subdesarrollados, pero también en los desarrollados, diseñando como marco de  relación global un escenario de pobreza, violencia y exclusión.”. 

Y agrega que “La presente Declaración tiene por objeto fortalecer la  interdependencia e integridad de los derechos de hombres y mujeres, no pretende  reemplazar ningún instrumento existente, al contrario, los completa y refuerza. Se  trata de una Declaración que emana de la sociedad mundial global y debe de ser  considerada como parte de un proceso normativo consuetudinario, pero también  debe de ser considerada para los individuos y los Estados como un nuevo  imperativo ético del siglo XXI. … La Declaración de Derechos Humanos  Emergentes marca el paisaje de un mundo muchas veces tocado por la barbarie  para recordarle que en el peor de los riesgos y de los conflictos, la humanidad  siempre se levanta y encuentra en sí misma las energías para el progreso.”. 

Indica, además, que la DUDHE se inspira en los siguientes valores  fundamentales: dignidad, vida, igualdad, solidaridad, convivencia, paz, libertad,  conocimiento. Y que tiene por Principios, los siguientes: principio de seguridad  humana, principio de no discriminación, principio de inclusión social, 

principio de coherencia, principio de horizontalidad, principio de  interdependencia y multiculturalidad (“reconoce en el mismo plano de igualdad  los derechos individuales y los derechos colectivos y busca rebasar el debate  entre estas categorías, así como entre los derechos individuales y los derechos  sociales; y, por tanto, reconoce tanto al individuo como a los pueblos y a las  comunidades como sujetos colectivos de derechos. No hay ninguna justificación  para mantener una bipartición clásica entre estos derechos. Todos los derechos  humanos son individuales y todos tienen a la vez una dimensión colectiva”),  principio de género, principio de participación política, principio de  responsabilidad solidaria (“promueve la solidaridad como una exigencia ética  con un carácter de corresponsabilidad entre todos los actores, pero ratifica a los  Estados y a la comunidad internacional como los garantes del respeto, promoción  y vigencia de los derechos humanos”), principio de exigibilidad (“siendo esta  Declaración un texto programático, en una primera etapa, comprende desde hoy  la búsqueda de adopción de mecanismos vinculantes por los Estados y postula el  desarrollo de mecanismos que favorezcan su exigibilidad. Ningún derecho puede  ser relegado por su naturaleza de „derecho programático‟ ni esto puede justificar  su inatención u omisión”). 

Y lo que hoy aparece como ajeno o lejano a toda discusión humana y, por tanto,  supuestamente, racional, la DUDHE reconoce, entre otros, como nuevos  derechos humanos, los siguientes: el derecho a una muerte digna, el derecho a  una renta básica, el derecho a migrar o a la movilidad universal, y el derecho a la  libre orientación sexual. Y amplía otros derechos cuyas necesidades y  reconocimiento no creo que generen un dilema para nadie: derecho a los  medicamentos y mejores tecnologías de salud, así como a disfrutar de un sistema  sanitario de prevención, vigilancia y asistencia personalizada, derecho a una  educación de calidad continuada e inclusiva, derecho a la seguridad vital (agua  potable y saneamiento, energía, alimentación básica adecuada, suministro 

eléctrico continuo y suficiente), derecho a la interculturalidad (garantizar el  conocimiento recíproco y el respeto mutuo entre personas y grupos de distintos  orígenes, lenguas, religiones y culturas), derecho a la tutela de todas las  manifestaciones de comunidad familiar (ya que existen en la actualidad y en  nuestra sociedad otros modelos de familia). 

Vale destacar que la DUDHE contiene sólo nueve (9) artículos y cada uno de ellos  lleva un título: 1. Derecho a la existencia en condiciones de dignidad; 2.  Derecho a la paz; 3. Derecho a habitar el planeta y al medio ambiente; 4.  Derecho a la igualdad de derechos plena y efectiva; 5. Derecho a la  democracia plural; 6. Derecho a la democracia paritaria; 7. Derecho a la  democracia participativa; 8. Derecho a la democracia solidaria; 9. Derecho a  la democracia garantista. 

4. Como preludio a lo dicho hasta aquí, me permito reflexionar del siguiente modo:  mucho se ha escrito y mucho más se habla acerca de la promoción de los  derechos humanos. Pero ¿qué es la promoción? 

Basado en las conclusiones del Comité de Revisión Interna de 2012 (IRP) de  Acción ONU en Sri Lanka, el plan de acción para la iniciativa “Human Rights Up  Front” incluye los siguientes seis puntos: 

Convertir los derechos humanos en algo vital … y que así entiendan el significado  de los mandatos y los compromisos de la ONU en su departamento, agencia,  fondo o programa, así como a nivel individual. 

Proveer a los países de información veraz en lo que respecta a las poblaciones  que están sometidas a violaciones de los derechos humanos o del derecho  humanitario, o que corren riesgo de estarlo en el futuro. 

Asegurar la existencia de estrategias de trabajo en el terreno y aprovechar de  forma coordinada las capacidades del sistema de la Naciones Unidas. Adoptar en la Sede un “Enfoque único de la ONU” para facilitar así la acción  coordinada y temprana.

Realizar mejores análisis que permitan conseguir un mayor impacto del trabajo de  la ONU en materia de protección de los derechos humanos. 

Respaldar todas estas actividades con la ayuda de un sistema de gestión de  información mejorado, que documente las violaciones graves de los derechos  humanos y del derecho humanitario. 

Queda claro que la tarea principal de la Subcomisión de Promoción y Protección  de los Derechos Humanos de Naciones Unidas “…es asistir a la Comisión en su  labor. Sus funciones consisten fundamentalmente en realizar estudios sobre  cuestiones de derechos humanos, hacer recomendaciones a la Comisión sobre la  prevención de la discriminación de cualquier tipo en relación con los derechos  humanos y las libertades fundamentales y la protección de las minorías raciales,  nacionales, religiosas y lingüísticas y llevar a cabo otras funciones que pueden  encomendarle el Consejo o la Comisión … Las principales cuestiones  actualmente en examen son: la cuestión de la violación de los derechos humanos  y las libertades fundamentales en todos los países; la administración de justicia, el  estado de derecho y la democracia, en particular la discriminación en la  administración de justicia, los derechos humanos y los estados de excepción, y la  pena de muerte; los derechos económicos, sociales y culturales, por ejemplo, el  derecho al agua potable y al saneamiento, el derecho al desarrollo y la lucha  contra la pobreza extrema; la prevención de la discriminación, incluidos el  racismo, la discriminación racial y la xenofobia, y la protección de los pueblos  indígenas y las minorías; otras cuestiones específicas de derechos humanos,  como la mujer y los derechos humanos, las formas contemporáneas de la  esclavitud, cuestiones relacionadas con los refugiados y las personas  desplazadas, las reservas a los tratados de derechos humanos, los derechos  humanos y la bioética, y nuevas prioridades, en particular el terrorismo y la lucha  contra el terrorismo.”.

Si bien no ignoro que la Subcomisión actúa como órgano sustantivo de  investigación, especialmente determinando los problemas de derechos humanos  y, verdaderamente, proponiendo soluciones, lo cierto es que se reúne sólo una  vez al año. 

Quiero significar con lo expuesto que no alcanza con la “promoción de los  derechos humanos” entendida como la divulgación de los derechos, así como  tampoco con el dictado de sendas recomendaciones anuales, estudios o  diagnósticos acerca del cumplimiento o quebrantamiento a nuestras garantías  fundamentales. En derechos humanos, las tareas de supervisión, concientización,  coordinación, investigación, o recolección de información que realiza Naciones  Unidas, en muchas ocasiones, resultan tardías.  

El mundo, la barbarie y la mal llamada “globalización” imponen a los institutos de  derechos humanos, de cada país o región, actuar sin más dilación para que, valga  la reiteración, de manera inmediata produzcan o provoquen el cese de aquellas violaciones.  

Es que la promoción de los derechos humanos, hoy, debe ser entendida como  algo más que la mera difusión de éstos, pues, no alcanza con planificar acciones  tendientes u orientadas hacia un mejor conocimiento de los derechos que  tenemos y que, por tanto, podemos ejercer en pos de un mayor bienestar. Según  el Diccionario de la lengua española (Rae), en su cuarta acepción, “promoción”  significa “Conjunto de actividades cuyo objetivo es dar a conocer algo”.  

Sin embargo, su tercera acepción nos indica que “promoción” es “Elevación o  mejora de las condiciones de vida, de productividad, intelectuales, etc.”. Y es en  esa dirección que creo que debe virar el sentido que corresponde darle a la  “promoción de los derechos humanos”, precisamente, con fundamento en los  “principios y valores” que señala la Declaración Universal de los Derechos  Humanos Emergentes.  

Me permito una mínima digresión: sin perjuicio de las Cartas Pueblas dictadas en  España en el Medioevo, la Carta Magna (1215) firmada en Inglaterra o, en 

Estados Unidos, la Constitución de Virginia (1776), fue recién, en Francia, con la  Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) que se  plasmaron los primeros derechos de las personas, y ella sirvió de inspiración para los instrumentos de derechos humanos promulgados posteriormente. Concretamente, en esa Declaración se reconocieron al “hombre” el derecho a la  libertad, igualdad, propiedad, seguridad, resistencia a la opresión, presunción de  inocencia, libertad de pensamiento y expresión, seguridad pública, derecho a  participar en la contribución pública y a pedir cuentas de su administración. Nadie,  seriamente, puede afirmar, siquiera una vez, que alguno de ellos se respeta en el  mundo … y tan sólo pasaron 226 años. 

Qué decir entonces del Cilindro de Ciro, que reconoció derechos hace 2554. A veces, sospecho que muchos organismos nacionales e internaciones están  más preocupados por difundir derechos que por protegerlos de manera eficaz e  inmediata. Y es ese adverbio “más” el que me preocupa, porque toda  Declaración, Convención o Tratado no sirve absolutamente para nada si no logra  o los Estados Parte no logran elevar o mejorar “las condiciones de vida” de sus  pueblos. 

Asesoría Legal y Técnica.

https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/04/05/columnas/bajo-la-lupa-83911

https://www.voltairenet.org/article224178.html

 

LA JORNADA Republicado por el alto interés del contenido, según criterios generales de Uso Justo
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VOLTAIRE CREATIVE En La casa de mi tía con licencia CREATIVE COMMONS
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