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viernes, 19 de abril de 2024 23:37h.

Acusan al Gobierno del genuflexo Clavijo de seguir rindiendo pleitesía al sector hotelero como lo hacía Paulino

SB-Noticias.- La Asociación Canaria del Alquiler Vacacional ha presentado públicamente un informe jurídico independiente, de más de 100 páginas, sobre las múltiples ilegalidades e irregularidades detectadas en el Decreto 113/2015 que aprueba el Reglamento de Viviendas Vacacionales de Canarias.

Acusan al Gobierno de Canarias de seguir rindiendo pleitesía al sector hotelero como lo hacía Paulino Rivero    
 

Presentan un Informe Jurídico que  confirma que el Reglamento aprobado por el Gobierno el pasado año es manifiestamente arbitrario y contiene numerosas ilegalidadese irregularidades

 

Entrevista a Javier Valentín

 

SB-Noticias.- La Asociación Canaria del Alquiler Vacacional ha presentado públicamente un informe jurídico independiente, de más de 100 páginas, sobre las múltiples ilegalidades e irregularidades detectadas en el Decreto 113/2015 que aprueba el Reglamento de Viviendas Vacacionales de Canarias.

ASCAV ha encargado a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria este informe, realizado por D. Manuel Sarmiento, profesor titular de Derecho Administrativo de La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y uno de los máximos expertos en la materia de Canarias, "dada la pasividad institucional y el incumplimiento por parte del Presidente del Gobierno para proceder a la modificación del Decreto y hacer caso omiso a la voluntad del Parlamento de Canarias". Y no consideran de recibo que el Gobierno siga justificando esta demora por la elaboración de informes.
 

Este informe sustenta la base jurídica del Recurso presentado por ASCAV ante TSJC, el cual,  no hace más que fundamentar las reivindicaciones de la Asociación.


La Asociación acusa al anterior ejecutivo de Paulino Rivero de promover el atropello a miles de familias que viven de esta modalidad de alquiler en Canarias. Y peor aún, acusan al actual gobierno de Fernando Clavijo de mantener esta situación.

El Vicepresidente y abogado de la Asociación Javier Valentín, afirma que "Las conclusiones son categóricas y confirman que el Reglamento aprobado por el Gobierno el pasado año es manifiestamente arbitrario y muchos de sus preceptos implican nulidad radical, pues son contrarios al ordenamiento jurídico". 

Como ejemplo, el jurista explica que el artículo 3 prohibe las viviendas en zonas turisticas porque excluyen la competencia. "es decir -afirma- el Gobierno Canario prohibe a las familias que se puedan beneficiar del turismo, favoreciendo a empresads turísticas, mayoritariamente extranjeras, que en la mayoría de los casos se llevan el dinero fuera de Canarias. O también prohibiendo el alquiler por habitaciones, una modalidad que cada vez se está extendiendo más en toda Europa y también en las islas ...".

Desde la Asociación acusan al Gobierno de Canarias de seguir rindiendo pleitesía al sector hotelero, especialmente ASHOTEL, tal como lo hacía el anterior ejecutivo "como si las políticas turisticas las dirigieran los empresarios turístios".

Las principales conclusiones se resumen en síntesis como sigue:  
 
CONCLUSIONES DEL INFORME JURÍDICO DEL PROF. TITULAR DE DERECHO ADMINISTRATIVO D. MANUEL SARMIENTO, DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SOBRE EL DECRETO 113/2015 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE VIVIENDAS VACACIONALES DE CANARIAS
 
El Reglamento de Viviendas Vacacionales es manifiestamente arbitrario, estando viciados algunos de sus artículos incluso de nulidad radical.
Algunas de las ilegalidades del Reglamento son:
 
1) Vulnera el art. 4.1 de la Ley de Economía Sostenible.
2) Se remitió de manera incompleta la documentación al Consejo Consultivo de Canarias.
3) No se recabaron determinados informes: Consejo Económico y Social, Cámaras de Comercio, Consejo de Turismo, Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.
4) No hay disposiciones transitorias ni dispensas para determinados requisitos.
5) Existe una desproporción y arbitrariedad por la falta de adecuación de los medios a los fines perseguidos.
6) Posible NULIDAD RADICAL del art. 3 que excluye las zonas turísticas ya que establece límites administrativos que excluyen la contratación; vulnera la libre competencia; impone una discriminación arbitraria por injustificada.
7) Los requisitos de los arts. 8 a 10 están viciados de nulidad por establecer barreras de acceso injustificadas a la actividad del alquiler vacacional.
8) El Preámbulo o Exposición de Motivos no justifica absolutamente nada.
9) La exigencia de la declaración responsable e inscripción en el Registro Turístico es un medio intervencionista que incumple la Directiva Bolkestein.
10) Se crea inseguridad jurídica al no prever la presentación telemática vulnerando el art. 71 bis Ley 30/92.
11) La prohibición del Bed & Breakfast o alquiler por habitaciones es una prohibición injustificada que atenta contra el principio de necesidad, proporcionalidad y no discriminación (art. 5 Ley 17/2009)
12) Vulnera el principio de congruencia: atenta contra el principio de seguridad jurídica la falta de regulación específica para las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma que tienen singularidades reconocidas expresamente por Ley.

http://www.sanborondon.info/content/view/71173/1/