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viernes, 17 de mayo de 2024 13:00h.

Consideración humana en torno a la Justicia - por Nicolás Guerra Aguiar

Que la Sección Primera, Sala de lo Penal, Tribunal Supremo (TS), haya considerado la no procedencia de un indulto al señor Carromero –dirigente de Nuevas Generaciones del PP- es eso, un acto de justicia.

Consideración humana en torno a la Justicia - por Nicolás Guerra Aguiar

Que la Sección Primera, Sala de lo Penal, Tribunal Supremo (TS), haya considerado la no procedencia de un indulto al señor Carromero –dirigente de Nuevas Generaciones del PP- es eso, un acto de justicia. Y lo es en tanto que “los hechos objeto de condena” en Cuba (cuatro años de cárcel por homicidio involuntario), su no arrepentimiento y antecedentes de infracciones en la carretera no lo hacen merecedor del indulto. (Recordemos que el señor Carromero permaneció muy poco tiempo en la cárcel cubana toda vez que con acelerada aceleración el señor Rajoy consiguió su traslado a España: hoy goza de libertad condicional.)

  La Justicia española así se ha definido, aunque solo opina en cuanto que los indultos los decide el Ejecutivo. Por eso el señor Carromero confía “en el Gobierno de mi partido”. Perplejante potestad la del indulto, por otra parte, impropia  de un Estado de derecho y que con tanta prodigalidad (¡10.158 entre 1996 – 2013!) los Gobiernos españoles han concedido en actuaciones muchas veces impactantes (a los mossos d’escuadra condenados por torturas a un detenido), sorprendentes (en contra del informe del TS, al ex magistrado señor Gómez de Liaño, condenado por prevaricación) e inexplicables (el conductor que circulaba en dirección contraria y mató a un joven).

  Sin embargo, termina el verano y se añaden otros casos cuyos resultados, por sí mismos, pueden llamar la atención a quienes somos legos en la materia. Y no es que desconfíe de la Justicia, líbreme Alcorac: la profesionalidad y el rigor de los señores fiscales y jueces que han intervenido en los sumarios están, para mí, por encima de cualquier duda. Pero resulta que no son asuntos aislados en cuanto que en ellos están involucradas personas muy conocidas por sus vínculos con el poder, partidos políticos o actividades sociales.  Veamos.

  Cinco ex altos mandos de Unió Mallorquina (UM) ingresan en la cárcel. Cuatro, con sentencia firme ratificada por el TS: a cuatro años fueron condenados el primer consejero de Turismo de UM como malversador de caudales públicos; otro ex consejero de Turismo más un alto cargo, por “contrato malversado”, y el ex consejero del Territorio y secretario general del partido, vinculado a los “negocios” de la señora Munar, ex presidenta del Parlamento mallorquín y la quinta persona encarcelada, aunque está a la espera de su recurso (porque tiene capacidad económica). No obstante, cumple la condena en cuanto que se le impusieron once años de prisión por corrupción, amaño en contratos y ventas públicas.

  Por otra parte, el juzgado de Instrucción número tres de Las Palmas de GC sobresee provisionalmente la causa abierta contra el señor Cardona, alcalde capitalino, “por no quedar debidamente justificada la perpetuación del hecho delictivo” referido al caso Canódromo. No sé si la parte denunciante recurrió o, definitivamente, la cosa quedará así. Pero si la Justicia no vio consistentes motivos para la continuidad debía actuar tal como prescribe la propia esencia jurídica: ante la duda, a favor del reo. Y si nada hubo, de nada se puede acusar al señor alcalde, concejal capitalino de Urbanismo por aquellos años: “No ha quedado acreditado que los cambios introducidos en el Plan General […] lo fueran con la finalidad de favorecer a determinada persona". Aunque inicialmente impactado, su honor queda por encima de toda sospecha legal. Y como en la misma causa también estaban imputados doña Ppepa, ex alcaldesa y hoy digital senadora y el señor Jaber, su ex concejal de Urbanismo y parlamentario regional, sobre ambos también se dictó auto de sobreseimiento. Y más de lo mismo: si la Justicia tampoco vio en ellos causas para un procesamiento y condena posterior, la cosa queda clara para quien sobreseyó.

  Sin embargo, como apunté más arriba, hay casos que impactan. Así, cinco empresarios de la Cámara de Comercio fueron detenidos tras cuatro años de investigación y pasaron varios días entre rejas. Se les acusó de cohecho por intento de compra de un edificio por la propia Cámara. Y ahora, el señor fiscal pide el archivo de las imputaciones en cuanto que la Cámara es una corporación privada y, por tanto, sus componentes no son funcionarios públicos. En conclusión: no hay supuesto delito de cohecho (‘sobornar a un juez o a un funcionario en el ejercicio de sus funciones, o en la aceptación del soborno por parte de aquellos’). Y uno, en su absoluto desconocimiento de la maquinaria judicial, tiende a preguntarse que cómo es posible tal pasmoso desliz por parte de quienes tramitaron la documentación y, como resultado, cuatro inocentes permanecieron varios días en calabozos, que no son precisamente relajantes estancias.

  Más: la Audiencia Provincial de Baleares le impuso al señor Matas (ex presidente del Govern, ex ministro del señor Aznar) una condena de seis años por distintas irregularidades (fraude, malversación, falsedad en documentos oficiales y mercantiles, prevaricación), lo que significaba su enchironamiento inmediato. Sin embargo, el TS –en contra del señor fiscal del mismo estamento- rebaja la condena a nueve meses. Lo cual, de entrada, lo libra de la cárcel (pudo pagar el recurso). Obviamente, sus señorías habrán observado en los delitos del señor Matas niveles muy inferiores a los que detectó la Audiencia Provincial. Pero llama la atención tal contraste.

  El señor Blanco, ex ministro de Fomento del PSOE, vio archivada por el TS la causa abierta  por supuesto tráfico de influencias.  Esta decisión judicial, leo en Heraldo.es, “tiene muy pocos precedentes en el Supremo, que deniega la solicitud en ese sentido que hizo el instructor de la causa, el magistrado José Ramón Soriano”.

  En conclusión: los tribunales de Justicia están formados por humanos y, en consecuencia, sus decisiones no siempre son coincidentes, por eso existen las apelaciones a estamentos superiores (derecho reservado a quienes disponen de euros, claro. Entre ellos, los propios acusados de chanchullos). Aunque, bien es cierto, siempre sorprenden algunas respetables decisiones como la que reduce drásticamente la condena del señor  Matas.

 

También en:

http://www.canarias7.es/articulo.cfm?Id=311619

http://www.infonortedigital.com/portada/component/content/article/24998-consideracion-humana-en-torno-a-la-justicia